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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G38/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 30 de abril de 2005 VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1. DE LOS PROCEDIMIENTOS DE INVESTIGA- CIÓN 6.1.1. RECEPCIÓN DE LA DENUNCIA - La denuncia o reclamo será presentado a la Mesa de Partes de la Oficina de Trámite Documentario o la quehaga sus veces. - La Oficina de Trámite Documentario, o la que haga sus veces, remitirá el expediente a la Coordinación del CADER en el día. - El Coordinador del CADER, distribuye y procesa la denuncia o reclamo al especialista según corres-ponda, el que calificará y evaluará de acuerdo al nu-meral 5.2 si existe o no mérito para procesarla. Deencontrar mérito para procesarla, lo hará con la prio- ridad que amerite. En el segundo caso, se pondrá en conocimiento del interesado, a través del Titular de laEntidad. - En los casos en que la denuncie se presente vía correo electrónico, fax o correo, se procederá de acuer-do a lo señalado en el punto anterior, siempre que cum- pla con los requisitos mínimos establecidos, de acuerdo con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administra-tivo General. 6.1.2. DE LA VERIFICACIÓN El especialista, de ser necesario y previa autoriza- ción del Coordinador, deberá portar su documento de identificación cuando se presente en la Institución o Pro-grama Educativo u Órgano de la Entidad y constatará insitu los hechos materia de la denuncia, recabando infor-mación y tomando conocimiento directo, real e imparcialde los mismos, lo que será recogido en un Acta de Veri- ficación. 6.1.3. DEL CONTENIDO DEL ACTA DE VERIFICA- CIÓN En el Acta de Verificación se consignará: a) Lugar, fecha y hora. b) Motivo de la denuncia.c) Nombres y apellidos de quienes intervienen, con indicación del cargo. d) Síntesis de la situación encontrada.e) Hechos o circunstancias referidas a los extremos de la denuncia, cuya evaluación motivará la realización de la investigación. Si careciera de sustento dicha de-nuncia, se procederá al archivo. f) Firma de los participantes. 6.1.4. OTRAS DILIGENCIAS Y ACOPIO DE INFOR- MACIÓN El especialista encargado de la investigación, en caso de establecer indicios razonables de responsabilidad du-rante el proceso de investigación podrá: a) Citar a las personas que tengan relación directa o indirecta con los hechos denunciados para una entre- vista personal. b) Solicitar por escrito la información y/o documenta- ción sustentatoria que sea necesario y que guarde rela-ción con el proceso de investigación. 6.1.5. ASUNTOS MATERIA DE CONCILIACIÓN El especialista encargado de la investigación, con conocimiento y autorización del Coordinador del CADER,podrá suscribir un Acta de Conciliación entre las partesen conflicto, sólo cuando el asunto materia de reclamo odenuncia reúna las siguientes condiciones: a) No amerite Proceso Administrativo. b) No exista responsabilidad penal y/o civil.c) Cuando se trate de asuntos sobre relaciones hu- manas por inadecuada comunicación. 6.1.6 COMUNICACIÓN DE LOS CARGOS FOR- MULADOS . Las personas comprendidas en la investigación, serán comunicadas por escrito de los hechos de-nunciados, para que en un plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente que reci-be la comunicación, presenten sus descargos co-rrespondientes. 6.1.7 ORGANIZACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS Terminada la investigación, el especialista organiza- rá y evaluará los documentos recogidos durante el pro-ceso, todo lo cual instrumentará en un legajo debida-mente foliado, quedando el caso expedito para la elabo-ración del Informe. 6.1.8 DE LA ESTRUCTURA Y ELABORACION DEL INFORME El informe tendrá el siguiente esquema: INFORME Nº -2005-DRELM o UGEL/CADER A: ( Titular de la Entidad) De : (Especialista) Asunto : (Caso investigado) Referencia : (Expediente de denuncia o reclamo) Fecha : I. ANTECEDENTES En este rubro se considera lo siguiente:- Breve referencia de los documentos relacionados con la denuncia o reclamo. - Se debe consignar las entrevistas personales sos- tenidas, actas suscritas, las personas a quienes se lescursaron pliegos de cargo y si éstos cumplieron conformular sus descargos. II. ANÁLISIS En este rubro se consignan los hechos significativos en la determinación de las responsabilidades e identifi-cación de los investigados y se establecen las faltasdisciplinarias o los indicios razonables de responsabili-dad civil o penal, con la respectiva fundamentación legal. III. CONCLUSIONES Contiene los resultados de la investigación.IV. RECOMENDACIONES En este rubro se sugiere al Titular de la Entidad, las medidas a adoptarse como resultado de la investiga-ción, para encaminar la aplicación de sanciones y/o su-perar los hechos denunciados. Si como resultado del proceso investigatorio se evi- dencian indicios razonables de: - Comisión de Delito y/o Responsabilidad Civil , en cautela de los intereses del Estado, se recomendarála remisión de lo actuado a la Procuraduría Pública en- cargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Edu- cación. - Comisión de Faltas Administrativas Pasibles de Sanción , se recomendará remitir lo actuado a la Comisión de Procesos Administrativos correspon-diente. - Comisión de Faltas Leves, se recomendará la aplicación de sanciones señaladas en el Reglamento dela Ley del Profesorado y en el Reglamento de la Ley dela Carrera Administrativa. - Inexistencia de Delitos o Faltas , se recomendará su archivo. - Acción Meritoria o Actuación Excepcional en Beneficio del Servicio Educativo , en este caso se podrá sugerir el reconocimiento de los logros y/o méri-tos que pudieran haberse observado a raíz de la denun-cia o reclamo.