Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2005 (30/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2005

Que, de conformidad con el literal c) del articulo 19º, el articulo 20º y el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, asi como del articulo 141º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el 7 de enero de 2005 se emitio la Resolucion Ministerial Nº 0008-2005-ED, aprobando la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica por causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente para la contratacion, a traves de acciones inmediatas, del Servicio de Almacen y de montacargas para la recepcion y custodia de Textos de Educacion Primaria del 2005, para el Ministerio de Educacion, hasta por la suma de Ciento Cincuenta y Cinco Mil Trescientos Setenta y Nueve y 51/100 (S/. 155,379.51) Nuevos Soles al Ministerio de Educacion. Que, el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del Articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, la mencionada Resolucion Ministerial Nº 00082005-ED fue debidamente comunicada a traves del SEACE y, adicionalmente, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 15 de enero del 2005; Que, a la fecha, se ha identificado un error material en la emision y publicacion de la Resolucion Ministerial Nº 0008-2005-ED, al no haber consignado en la parte resolutiva de dicho instrumento el tiempo de duracion de la contratacion exonerada, segun lo dispuesto en el numeral 6.5 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 001-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Que, resulta aplicable, en lo que fuera pertinente, el articulo 201º y el numeral 1) del Articulo II de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en lo referido a la rectificacion de los errores materiales con efectos retroactivos; Que, como fundamento para proceder a la rectificacion de la Resolucion Ministerial Nº 0008-2005-ED, se tiene que dicha resolucion se sustento en el Informe Nº 262-2004-ME/SG-OA-UA, el mismo que precisaba en el numeral 4) del apartado II el tiempo de duracion de la contratacion exonerada; asimismo, se debe tener en cuenta que el contrato originado de dicha declaratoria de exoneracion se sujeto al plazo especificado en el citado Informe Nº 262-2004-ME/ SG-OA-UA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 083-2004-PCM, 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 0008-2005-ED, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica por causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente, y autoricese a contratar a traves de acciones inmediatas el Servicio de Almacen y de montacargas para la recepcion y custodia de Textos de Educacion Primaria del 2005, para el Ministerio de Educacion, hasta por la suma de Ciento Cincuenta y Cinco Mil Trescientos Setenta y Nueve y 51/100 (S/. 155,379.51) Nuevos Soles al Ministerio de Educacion. El plazo de duracion de la contratacion del Servicio de Almacen es de tres (3) meses y el de montacargas es de cuarenta (40) dias calendario". Articulo 2º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y a traves del

SEACE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo 3º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 08208

Aprueban Directiva "Normas para la Tramitacion e Investigacion de Denuncias y Reclamos"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 010-2005-ED MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, dentro de las principales acciones que sustentan el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado, el literal d) del articulo 5º de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se encuentra la mayor eficiencia en la utilizacion de los recursos del Estado; por tanto, se elimina la duplicidad o superposicion de competencias, funciones y atribuciones entre otros sectores y entidades o entre funcionarios o servidores; Que, los literales b) y c) del articulo 6º del dispositivo legal MORDAZA mencionado senalan que las dependencias, entidades, organismos e instancias de la Administracion Publica no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes, y que en el diseno de la estructura organica publica prevalece el MORDAZA de especialidad, debiendose integrar las funciones y competencias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 074-2005-ED, de fecha 7 de febrero de 2005, se creo la Comision de Atencion de Denuncias y Reclamos - CADER, encargada de recibir, verificar, investigar y procesar denuncias y reclamos que competen a la entidad administrativa y cuya atencion no corresponde a la Oficina de Control Institucional; Que, la Oficina de Apoyo a la Administracion a la Educacion, en cumplimiento del articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 074-2005-ED, ha elaborado la Directiva que establece el procedimiento interno para la tramitacion e investigacion de denuncias y reclamos, complementando las funciones basicas detalladas en el Anexo 01 de la citada Resolucion; siendo necesario aprobar dicha Directiva; Con lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 606-2005-SG/ME-OAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por Ley Nº 26510 y Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2005ME-VMGI-OAAE "Nor mas para la Tramitacion e Investigacion de Denuncias y Reclamos", la cual forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion velar por el cumplimiento de la referida Directiva. Registrese, comuniquese y publiquese. HELENN MORDAZA MORDAZA Viceministra de Gestion Institucional

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