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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (30/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G38/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 30 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal c) del artículo 19º, el artículo 20º y el artículo 21º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, así como del artículo 141º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el7 de enero de 2005 se emitió la Resolución Ministerial Nº 0008-2005-ED, aprobando la exoneración del pro- ceso de selección de Adjudicación Directa Pública porcausal de Situación de Desabastecimiento Inminente para la contratación, a través de acciones inmediatas, del Servicio de Almacén y de montacargas para la re-cepción y custodia de Textos de Educación Primaria del 2005, para el Ministerio de Educación, hasta por la suma de Ciento Cincuenta y Cinco Mil Trescientos Se-tenta y Nueve y 51/100 (S/. 155,379.51) Nuevos Soles al Ministerio de Educación. Que, el artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de selección, salvolas previstas en los incisos b) y d) del Artículo 19º de la Ley, serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a suemisión o adopción, según corresponda y adicional- mente, deberán publicarse a través del SEACE; Que, la mencionada Resolución Ministerial Nº 0008- 2005-ED fue debidamente comunicada a través del SEACE y, adicionalmente, publicada en el Diario Ofi- cial El Peruano el día 15 de enero del 2005; Que, a la fecha, se ha identificado un error material en la emisión y publicación de la Resolución Ministe- rial Nº 0008-2005-ED, al no haber consignado en laparte resolutiva de dicho instrumento el tiempo de du- ración de la contratación exonerada, según lo dispues- to en el numeral 6.5 de las Disposiciones Específicasde la Directiva Nº 001-2001-CONSUCODE/PRE, apro- bada mediante Resolución Nº 118-2001-CONSUCO- DE/PRE; Que, resulta aplicable, en lo que fuera pertinente, el artículo 201º y el numeral 1) del Artículo II de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Ge-neral, en lo referido a la rectificación de los errores materiales con efectos retroactivos; Que, como fundamento para proceder a la rectifi- cación de la Resolución Ministerial Nº 0008-2005-ED, se tiene que dicha resolución se sustentó en el Infor- me Nº 262-2004-ME/SG-OA-UA, el mismo que preci-saba en el numeral 4) del apartado II el tiempo de duración de la contratación exonerada; asimismo, se debe tener en cuenta que el contrato originado de di-cha declaratoria de exoneración se sujetó al plazo especificado en el citado Informe Nº 262-2004-ME/ SG-OA-UA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 083-2004-PCM,084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 0008-2005-ED, el cual quedará redactadode la siguiente manera: “Artículo 1º.- Exonérese al Ministerio de Educación del proceso de selección de Adjudicación Directa Públi- ca por causal de Situación de Desabastecimiento Inminente, y autorícese a contratar a través de accio-nes inmediatas el Servicio de Almacén y de montacargas para la recepción y custodia de Textos de Educación Primaria del 2005, para el Ministerio de Educación, hastapor la suma de Ciento Cincuenta y Cinco Mil Trescientos Setenta y Nueve y 51/100 (S/. 155,379.51) Nuevos So- les al Ministerio de Educación. El plazo de duración de la contratación del Servicio de Almacén es de tres (3) meses y el de montacargas es de cuarenta (40) días calendario”. Artículo 2º.- La presente Resolución debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y a través delSEACE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Artículo 3º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidos a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 08208 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G22/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G54/G72/G61/G6D/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G6E/G75/G6E/G2D/G63/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G52/G65/G63/G6C/G61/G6D/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 010-2005-ED Lima, 22 de abril de 2005 CONSIDERANDO:Que, dentro de las principales acciones que susten- tan el proceso de modernización de la gestión del Esta-do, el literal d) del artículo 5º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se encuentra la mayor eficiencia en la utilización de los re-cursos del Estado; por tanto, se elimina la duplicidad o superposición de competencias, funciones y atribucio- nes entre otros sectores y entidades o entre funciona-rios o servidores; Que, los literales b) y c) del artículo 6º del dispositivo legal antes mencionado señalan que las dependencias,entidades, organismos e instancias de la Administración Pública no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes, y que en eldiseño de la estructura orgánica pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar las fun- ciones y competencias; Que, por Resolución Ministerial Nº 074-2005-ED, de fecha 7 de febrero de 2005, se creó la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos - CADER, encarga-da de recibir, verificar, investigar y procesar denuncias y reclamos que competen a la entidad administrativa y cuya atención no corresponde a la Oficina de ControlInstitucional; Que, la Oficina de Apoyo a la Administración a la Educación, en cumplimiento del artículo 7º de la Resolu-ción Ministerial Nº 074-2005-ED, ha elaborado la Directi- va que establece el procedimiento interno para la trami- tación e investigación de denuncias y reclamos, com-plementando las funciones básicas detalladas en el Anexo 01 de la citada Resolución; siendo necesario aprobar dicha Directiva; Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 606-2005-SG/ME-OAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510 y Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2005- ME-VMGI-OAAE "Normas para la Tramitación e Investigación de Denuncias y Reclamos", la cual formaparte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación velar por el cumplimien-to de la referida Directiva. Regístrese, comuníquese y publíquese.HELENN CHÁVEZ DEPAZ Viceministra de Gestión Institucional