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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G31/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de agosto de 2005 nes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamen- to, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 174-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre deocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bó- veda) para Servicio Público de Electricidad Nº 7737,ubicada en la vereda (proyectada) del Pasaje Yungay, Mz V, frente al Lote 13, AA.HH. Virgen de Lourdes, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departa-mento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Descripción de la Á rea de Propietario Tipo de servidumbre servidumbre terreno 31171905 Subestación de Distribución Suelo: Propiedad Urbano Eléctrica Nº 7737. 11,00 m2del Estado Ubicación: distrito de Villa subsuelo (vía pública) María del Triunfo, provincia y aires y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 291 465,824 8 654 388,659 B 291 467,672 8 654 387,466 C 291 464,962 8 654 383,265 D 291 463,113 8 654 384,457 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidum- bre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, que-dando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons- trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 13588 INTERIOR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G6F/G6C/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G61 /G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G2C/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G79/G20/G41/G6C/G65/G6D/G61/G6E/G69/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G2D/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0430-2005-IN/PNP Lima, 5 de agosto de 2005 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 02-2005-DGP- NP/INTERPOL-EM, del 23JUL2005, que opina se autorice al Cap. PNP Nilo Arturo FERNANDEZ MARCELO y al SOS PNP Leopoldo Javier MALLQUI CHECA, para que viajenen comisión del servicio, a la ciudad de Bogotá, Colombia, del 8AGO05 al 12AGO05.CONSIDERANDO: Que con NI. Nº 81-05-DGPNP/INTERPOL-DIVITID del 15JUL05 y el Ofc. Nº 7615-05-DGPNP/INTERPOL-DIVI-TID del 15JUL05 el Director Ejecutivo de la Oficina Central Nacional INTERPOL-LIMA, informó al señor General de Policía, Director General de la PNP, que procedente de laOficina de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores, se recepcionó el Facsímil (DGL-CJE) Nº 185 del 5JUL05, con el cual informaron que nuestra Embaja-da en la República de Colombia recibió el Oficio DFGN 3474, del Fiscal General de la Nación, mediante el cual informa que el Gobierno de Colombia mediante Resolu-ción Ejecutiva Nº 986 del 4 de mayo de 2005, concedió la Extradición Activa al Perú del ciudadano israelí Zevv CHEN o Izthak MUALEM o Izhak MUALEM; solicitando además,conocer los nombres de los funcionarios peruanos y el plan de desplazamiento para la recepción del extradita- ble en la ciudad de Bogotá, Colombia y su traslado a laRepública del Perú; por tal motivo, se ha designado al Cap. PNP Nilo Arturo FERNANDO MARCELO y al SOS PNP Leopoldo Javier MALLQUI CHECA para que viajenen comisión del servicio a la ciudad de Bogotá-Colombia del 8AGO05 al 12AGO05, solicitando la autorización de viaje respectiva; Que, los gastos por concepto de pasajes, impuestos e indemnización de gastos de viaje serán sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del 007, Ministerio del Interior; Que, lo solicitado por la OCN-INTERPOL-Lima, está de conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autoriza- ción de viajes al exterior de Funcionarios y Servidores Pú- blicos que irroguen gasto al Tesoro Público; con lo estable-cido en el Artículo 1º del D.S. Nº 047-2002-PCM, del 5JU- NIO2002, en concordancia con lo previsto en el artículo 2º del D.U. Nº 015-2004, del 31DIC04, que exceptúa la prohi-bición de viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o represen- tantes del Poder Ejecutivo, durante el ejercicio fiscal 2005,contenida en el Artículo 1º del precitado Decreto de Urgen- cia y lo dispuesto en el Artículo 28º del D. Leg. Nº 745, Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional delPerú; Estando a lo propuesto por el Director Ejecutivo de la OCN-INTERPOL-LIMA; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Cap. PNP Nilo Arturo FERNANDEZ MARCELO y al SOS PNP Leopoldo Javier MALLQUI CHECA, para que viajen en comisión del servi- cio, a la ciudad de Bogotá-Colombia, del 8AGO05 al12AGO05, para los fines expuestos en la parte considera- tiva de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007, Ministerio del Interiorde acuerdo al siguiente detalle: Cap. PNP Nilo Arturo FERNANDEZ MARCELOPasajes Lima-Bogotá/Colombia-Lima US$ 294.65 Impuesto CORPAC US$ 28.24 Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)5 x 200 US$ 1,000.00 --------------------- TOTAL US$ 1,322.89 SOS PNP Leopoldo Javier MALLQUI CHECA Pasaje Lima-Bogotá/Colombia-Lima US$ 294.65 Impuesto CORPAC US$ 28.24 Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 5 x 200 US$ 1,000.00 ----------------------- TOTAL US$ 1,322.89 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje deberán presentar ante el Ministerio del Interior un informe detallado describiendo las accionesrealizadas y los resultados obtenidos; así como la rendi- ción de cuentas debidamente documentada por los viáti- cos entregados.