TEXTO PAGINA: 26
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G31/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de agosto de 2005 ción, operación y mantenimiento de los servicios de sanea- miento, la reposición de equipos y la rehabilitación de la infraestructura. 8) Cuota familiar : Retribución que hacen los usuarios de los servicios de saneamiento de una localidad del ámbi- to rural. Esa cuota debe cubrir como mínimo los costos de administración, operación y mantenimiento de los serviciosde saneamiento, la reposición de equipos y la rehabilita- ción de la infraestructura. 9) Derecho de explotación: Es la facultad de una EPS pública, municipal, privada o mixta, para prestar en forma total o parcial uno o más servicios de saneamiento en un determinado ámbito geográfico, que se otorga de acuerdoa lo dispuesto por la Ley General y el presente reglamento. 10) Entidad Prestadora de Servicios : La EPS pública, municipal, privada o mixta constituida con el exclusivo pro-pósito de brindar servicios de saneamiento. 11) Entidad Prestadora Pública : La EPS que se en- cuentra en el ámbito de la Actividad Empresarial del Esta-do. 12) Entidad Prestadora Municipal : La EPS pública de derecho privado, que presta servicios en el ámbito de unao más provincias y cuyo capital está suscrito en su totali- dad por las municipalidades de los distritos que integran esa o esas provincias. 13) Entidad Prestadora Privada: La EPS cuyo capital está suscrito íntegramente por personas naturales o jurídi- cas privadas o que presta el servicio como resultado de unproceso de promoción de la inversión privada. 14) Entidad Prestadora Mixta: La EPS cuya participa- ción accionaria está suscrita en un sesenta y seis por cien-to (66%) o más por personas naturales o jurídicas privadas. 15) Estructura tarifaria : Establece las tarifas a cobrar a los usuarios de los servicios de agua potable y alcantarilla-do. La estructura tarifaria incluye también las asignaciones de consumo imputables a aquellos usuarios cuyas conexio- nes no cuentan con medidor. En la estructura tarifaria,ninguna tarifa será menor que la tarifa social. 16) Ley General : Ley Nº 26338, Ley General de Servi- cios de Saneamiento. 17) Operador especializado : Organización privada con personería jurídica y carácter empresarial que una vez de- sarrollado el proceso de selección, negociación y suscrip-ción del contrato con la municipalidad, se hace cargo de la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito de las pequeñas ciudades. 18) Organización Comunal : Las Juntas Administrado- ras de Servicios de Saneamiento, Asociación, Comité u otra forma de organización, elegidas voluntariamente porla comunidad, constituidas con el propósito de administrar, operar y mantener los servicios de saneamiento en uno o más centros poblados del ámbito rural. 19) Plan Maestro Optimizado: Es una herramienta de planeamiento de largo plazo, con un horizonte de treinta (30) años que contiene la programación de las inversionesen condiciones de eficiencia y las proyecciones económico financieras del desarrollo igualmente eficiente de las ope- raciones de la EPS. 20) Plan Nacional del Sector Saneamiento : Documento elaborado por el Ente Rector del Sector Saneamiento, que contiene los objetivos, estrategias, metas y políticas parael desarrollo de dicho Sector, a corto, mediano y largo plazo, así como los programas, inversiones y fuentes de financiamiento consiguientes. El Plan Nacional del SectorSaneamiento es un marco de orientación para integrar y armonizar las acciones de los diversos agentes que de una u otra forma intervienen en el desarrollo del Sector Sanea-miento. 21) Precios: Montos regulados que se cobran a los usuarios por conexiones, reconexiones, instalación demedidores, y otros conceptos colaterales, o prestaciones no regulares. 22) Régimen tarifario: Comprende las tarifas, estructu- ra tarifaria y precios por la prestación de los servicios de saneamiento y colaterales. 23) Servicios de saneamiento : Servicio de abasteci- miento de agua potable, servicio de alcantarillado sanitario y pluvial y servicio de disposición sanitaria de excretas. 24) Servicios colaterales: Prestaciones ocasiona- les directamente relacionadas con los servicios de abas- tecimiento de agua potable, alcantarillado y disposición sanitaria de excretas, que sólo pueden ser efectuadaspor quienes prestan los servicios de saneamiento, salvo que bajo su responsabilidad sean encargados a terce- ros.25) Sistemas: a) De abastecimiento de agua potable: Conjunto de instalaciones, infraestructura, maquinaria y equipos utiliza-dos para la captación, almacenamiento y conducción de agua cruda; y para el tratamiento, almacenamiento, con- ducción y distribución de agua potable. Se consideran partede la distribución las conexiones domiciliarias y las piletas públicas, con sus respectivos medidores de consumo, y otros medios de distribución que pudieran utilizarse en con-diciones sanitarias. b) De alcantarillado sanitario : Conjunto de instalacio- nes, infraestructura, maquinarias y equipos utilizados parala recolección, tratamiento y disposición final de las aguas residuales en condiciones sanitarias. c) De disposición sanitaria de excretas : Conjunto de instalaciones, infraestructura, maquinarias y equipos utili- zados para la construcción, limpieza y mantenimiento de letrinas, tanques sépticos, módulos sanitarios o cualquierotro medio para la disposición sanitaria domiciliaria o comu- nal de las excretas, distinto a los sistemas de alcantarilla- do. d) De alcantarillado pluvial: Conjunto de instalacio- nes, infraestructura, maquinarias y equipos utilizados para la recolección y evacuación de las aguas de lluvia. Las características de los sistemas deberán tomar en cuenta las condiciones culturales, socioeconómicas y am-bientales de cada una de ellas. 26) Superintendencia : Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS 27) Tarifa: Precio unitario que cobran las EPS como contraprestación por los servicios de saneamiento que pres- tan. 28) Usuario: la persona natural o jurídica a la que se presta los servicios de saneamiento. Artículo 5º.- Corresponde a la Municipalidad Provin- cial, en cumplimiento de lo establecido en la Ley General: c) El otorgamiento del derecho de explotación de los servicios de saneamiento a la EPS municipal, privada o mixta, así como la supervisión del cumplimiento del contra-to de explotación o concesión, según corresponda. Artículo 7º.- Las Municipalidades Provinciales y el Go- bierno Nacional, según corresponda, otorgan el derecho de explotación a las EPS municipales y EPS públicas, mediante contratos de explotación. Las características ycondiciones básicas del derecho de explotación se rigen por el presente reglamento y por las normas específicas que emita el Ente Rector en coordinación con la Superin-tendencia. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y el Gobier- no Nacional, según corresponda, otorgarán el derecho deexplotación a las EPS privadas y mixtas mediante contra- tos de concesión, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM Texto Único Ordenado de lasnormas con rango de Ley que regulan la entrega en con- cesión al sector privado de las obras públicas de infraes- tructura y de servicios públicos y normas modificatorias. Artículo 8º.- Dos o más municipalidades provinciales podrán otorgar el derecho de explotación de los serviciosde saneamiento de su jurisdicción a la misma EPS, para lo cual suscribirán el contrato de explotación o de concesión, según corresponda, con la referida EPS, en los casos ycondiciones establecidas en el presente reglamento. Artículo 10º.- Son nulos los contratos de explotación de servicios de saneamiento, que no contengan cuando menos estipulaciones relativas a: g) El compromiso de cumplir con los Planes Maestros Optimizados. j) Las metas de gestión contenidas en los Planes Maes- tros Optimizados. TÍTULO II DEL ENTE RECTOR, ENTE REGULADOR Y LOS GOBIERNOS REGIONALES Artículo 11º.- Corresponde al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como Ente Rector del Esta-