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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G31/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de agosto de 2005 las mismas que efectuarán las operaciones de pesca se- gún subáreas, conforme a lo establecido en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 2º.- Publicar la relación de embarcaciones arras- treras de mayor escala (industrial) y menor escala con per- miso de pesca vigente y en estado operativo, selecciona- das para participar en la Operación Merluza VII, las mismasque se encuentran autorizadas a desarrollar operaciones de pesca en el subárea que se indica en la relación y que forma parte integrante de la presente resolución. Cuando por causa de problemas técnicos la embarca- ción pesquera no pueda participar en la presente opera- ción, deberá comunicar al IMARPE dicho inconveniente,de manera que esta Institución adopte las acciones del caso. Artículo 3º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras seleccionadas a participar en la Operación Mer- luza VII, deberán cubrir en su totalidad los gastos que demande dicha operación, el cual ha sido fijado en seis-cientos siete y 50/100 Nuevos Soles (S/. 607.50) por em- barcación, monto que debe pagarse al IMARPE a través de la Cuenta Corriente Nº 0000-281654 del Banco de laNación. Artículo 4º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras que participen en la Operación Merluza VII, seencuentran obligados a cumplir las indicaciones y directi- vas que dicte el IMARPE en el marco de la referida opera- ción. Artículo 5º.- La Operación Merluza VII autorizada en el artículo 1º de la presente resolución deberá sujetarse a las siguientes medidas: a) La actividad extractiva deberá desarrollarse fuera de las cinco (5) millas marinas de la línea de costa y fuera delárea circundante a la Isla Lobos de Tierra, determinada por el radio de ocho (8) millas náuticas medida desde el faro. Para tal efecto, las embarcaciones pesqueras deberándesplazarse directamente desde los puertos base, hacia la zona de operación designada y viceversa, así como man- tener rumbo y velocidad de navegación constante; b) Las embarcaciones pesqueras deberán contar a bordo con las plataformas / balizas del Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT) operativas, las que deben emitir señalesde posicionamiento GPS (Global Positioning System); c) Los armadores de las embarcaciones pesqueras embar- carán a requerimiento del IMARPE, un técnico científico deinvestigación; debiendo en tal caso, brindar las facilidades necesarias para el cumplimiento de las labores asignadas, así como cumplir las indicaciones que dicte durante las ope-raciones de pesca. El personal científico designado deberá estar debidamente acreditado como inspector a bordo; y, d) Disponer de un sistema de preservación a bordo debidamente operativo y/o cajas con hielo en cantidad adecuada para la preservación del recurso. Artículo 6º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras o sus representantes instruirán a los respecti- vos capitanes o patrones de pesca acerca del cumplimientode las pautas que dicte el IMARPE en el marco de la presente Operación Merluza VII. Artículo 7º.- Precísese que el volumen del recurso merlu- za extraído por cada una de las embarcaciones que parti- cipen en la Operación Merluza VII, deberá ser considerado como parte de la cuota individual de pesca asignada acada armador o empresa pesquera conforme a lo estable- cido en la Resolución Directoral Nº 029-2005-PRODUCE/ DNEPP. Artículo 8º.- Los recursos hidrobiológicos extraídos de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución, podrán ser procesados en los establecimientos industriales pes-queros que cuenten con licencia de operación vigente para la elaboración de productos de consumo humano directo, y que hayan suscrito el convenio a que se refiere el literalb.1) del artículo 13º de la Resolución Ministerial Nº 011- 2005-PRODUCE. Artículo 9º.- Las embarcaciones pesqueras que incum- plan las obligaciones previstas en las disposiciones conte- nidas en la presente resolución, serán excluidas de la Ope- ración Merluza VII autorizada en el artículo 1º, así como deposteriores actividades científicas (Operaciones Merluza) durante el período de un año. Para cuyo efecto, el IMARPE informará a la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero el nom- bre de la embarcación pesquera incursa en lo señalado en el párrafo precedente.Artículo 10º.- El IMARPE presentará a la Dirección Nacio- nal de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción el informe final de los resultados obtenidos en la presente evaluación del recurso merluza, asimismo in-formará diariamente los volúmenes de desembarque de la flota arrastrera y otros indicadores biológicos-pesqueros que permitan efectuar el seguimiento de dicha pesquería. Artículo 11º.- La Dirección General de Capitanías y Guar- dacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Pro-ducción y las Direcciones Regionales de Producción de Tum- bes, Piura y Lambayeque, dentro del ámbito de sus respec- tivas competencias y jurisdicciones, velarán por el estrictocumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 202-2005-PRODUCE RELACIÓN DE EMBARCACIONES PESQUERAS QUE PARTICIPARÁN EN LA OPERACIÓN MERLUZA VII ZONA AMPLITUD EMBARCACIÓN MATRÍ CULA ARMADOR O EMPRESA A 03°30' S a 04°00' S Santa Mónica IV (*) PT-6322-CM IND. PESQ. SANTA MONICA S.A. B1 04°00' S a 04°20' S (*) B2 04°20' S a 04°40' S ———————- B3 04°40' S a 05°00' S Santa M ónica III PT- 17479-PM IND. PESQ. SANTA MONICA S.A. C1 05°00' S a 05°20' S Martín Pescador CO -6180-CM PESQ. PERLA NEGRA S.A. C2 05°20' S a 05°40' S Anico I P T-6282-CM ARCOPA S.A. C3 05°40' S a 06°00' S Dos Hermanos PT-3881-CM PESQ. HAYDUK S.A. D1 06°00' S a 06°20' S Ondina PT- 3809-CM CONSORCIO CORPESCA - DEXIM S.R.L. D2 06°20' S a 06°40' S A nico II PT -6283-CM ARCOPA S.A. D3 06°40' S a 07°00' S Inca 3 PT- 4613-PM CORP. PESQ. INCA S.A. Nota: (*) La embarcación Santa Mónica IV, asignada a la Zona A, además efectuará calas en la Zona B1. —- No se asigna embarcación pesquera. 13803 RELACIONES EXTERIORES FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 054-2005-RE Mediante Oficio Nº 323-2005-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 054-2005-RE, publicado en nuestraedición del día 2 de agosto de 2005. DICE:Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de julio del año dos mil cinco. DEBE DECIR: Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinue- ve días del mes de julio del año dos mil cinco. 13761 SALUD /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G47/G72/G75/G70/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G78/G70/G65/G72/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G49/G43/G41/G44 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2005-SA Lima, 5 de agosto del 2005