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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (06/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G31/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de agosto de 2005 Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otor-gada al Perú por la Organización de Aviación Civil Interna- cional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución deinspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Con- venio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional; Que, la empresa Taca Perú S.A., con Carta GO-414/ 05, del 18 de julio de 2005, en el marco del ProcedimientoNº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos técni-cos en simulador de vuelo del equipo Airbus 319/320, en el Centro de Entrenamiento CAE de la ciudad de Miami, a su personal aeronáutico propuesto, durante los días 8, 9, 10,11, 12, 13 y 16 de agosto de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 2065, 2066, 4464, 5298, 18898, 20448, 20450 y20451, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Teso-rería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 1415-2005-MTC/12.04-SDO designando al Ins- pector Adolfo Alberto Mecklenburg Raschio, para realizarlos chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Airbus 319/320, en el Centro de Entrenamiento CAE, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Taca PerúS.A., en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 7 al 17 de agosto de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1415-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Adolfo Alberto Mecklenburg Raschio, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comu- nicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos deAmérica, durante los días 7 al 17 de agosto de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Taca Perú S.A. a través de los Recibos de Acota-ción Nºs. 2065, 2066, 4464, 5298, 18898, 20448, 20450 y 20451, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asigna-ciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aero- puerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 2,420.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector men- cionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Minis-terial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Des- pacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Admi-nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obte- nidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación.Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 13791 VIVIENDA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20 /G65/G78/G70/G65/G64/G69/G74/G6F/G20 /G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20 /G64/G65 /G64/G61/G6D/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G50/G72/G65/G73/G61/G20/G50/G61/G73/G74/G6F/G20/G47/G72/G61/G6E/G64/G65/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G20/G72/G65/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G65/G6E/G20/G6F/G74/G72/G61/G73/G20/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G61/G67/G72/G6F/G70/G65/G63/G75/G61/G72/G69/G61/G73 DECRETO SUPREMO Nº 015-2005-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, con la ejecución de las obras de construcción de la Represa Pasto Grande a cargo del Proyecto EspecialPasto Grande, creado por Decreto Supremo Nº 024-87- MIPPRE (18.11.87), como órgano desconcentrado del Ins- tituto Nacional de Desarrollo - INADE, se produjo un embal-se en la zona de las aguas nacientes del río Vizcachas en el sector denominado Pampa Pasto Grande, afectándose a diversos ganaderos, con la inundación de sus tierras eincluso sus propias viviendas; Que, el Artículo 38º del Decreto Legislativo Nº 653 - Ley de Promoción de las Inversiones (1.8.91), establece que sien la ejecución de Proyectos de Irrigación resultaran com- prendidos predios de propiedad privada o poseídos por otros agricultores, los afectados tienen derecho preferen-cial a la reubicación en las nuevas tierras; Que, el Proyecto Especial Pasto Grande, efectuó el resarcimiento económico respecto a la vivienda, ganado ypastos de los afectados por el embalse de la Represa Pasto Grande, suscribiendo durante los años 1989 - 1991 Convenios Compensatorios por la afectación producida ensus tierras, comprometiéndose el Proyecto Especial Pasto Grande a reservar tierras irrigadas a favor de los afecta- dos, efectuando la reserva de 162 hectáreas de áreasnetas habilitadas en la zona denominada Pampas Jaguay Rinconada; Que, conforme a lo indicado en el considerando prece- dente, los afectados por el embalse de la Presa Pasto Grande en el año 1989, cuentan con convenios de com- pensación de tierras suscritos con el Proyecto EspecialPasto Grande a efectos de ser reubicados en tierras habi- litadas por el Proyecto Especial, no implicando un desem- bolso económico por parte del Proyecto Especial, los mis-mos que no han sido implementados en razón de que dicho Proyecto Especial no cuenta con facultad legal para actos de disposición de este carácter; Que, con Decreto Supremo Nº 033-2003-VIVIENDA (14.12.03) se transfirió el Proyecto Especial Pasto Grande del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE al GobiernoRegional Moquegua, habiendo el Consejo Directivo del citado Proyecto Especial ratificado mediante Acta de Se- sión de Directorio de fecha 16 de setiembre del 2004, elacuerdo de compensación con las 162 has. reservadas, celebrado por el referido Proyecto Especial, con los afecta- dos por el embalse de la Represa Pasto Grande durantelos años 1989 - 1991, importando ello un reconocimiento del derecho de los damnificados afectados cuya imple- mentación es de competencia del Gobierno Regional ensu calidad de titular y responsable de la dirección de sus órganos ejecutivos, mediante los actos de administración que correspondan; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y lo dis- puesto por el Decreto Legislativo Nº 653; DECRETA: Artículo 1º.- Derecho de reubicación de los damnifi- cados Declarar expedito el derecho de los afectados por la ejecución de la Presa Pasto Grande, durante los años 1989-1991, para ser reubicados en unidades agropecua-