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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (21/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G39/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de agosto de 2005 motivo del Aniversario de la creación del distrito, a llevarse a cabo el día 22 de octubre del 2005, a horas 11 a.m., en el frontis de la Municipalidad. Artículo Segundo.- ESTABLECER el cierre de inscripciones hasta el día 14 de octubre del presente. Artículo Tercero.- DISPONER la exoneración de plazos legales para la referida celebración. Artículo Cuarto.- DISPONER como pago único la suma de cincuenta y tres y 13/100 N.S. (S/. 53.13) debiendo los interesados presentar los siguientesdocumentos: - Partidas de nacimiento originales (no más de tres meses de antigüedad). - D.N.I. o Carné de Identificación Personal (CIP) solo en caso de militares, el mismo que debe constar enfotocopia debidamente autenticada por el Fedatario de la Municipalidad. - Certificado de Salud Prenupcial, análisis que debe hacerse obligatoriamente en el Centro Médico Municipal de este distrito. - Certificado domiciliario expedido por la Policía Nacional del Perú (PNP). - Declaración Jurada de soltería en formato expedido por la Subgerencia de Registro Civil. - Hoja de envío cuyo pago en caja es de cinco y 15/100 N.S. ( S/. 5.15). - Dos testigos con documentos de identidad personal (DNI) (no familiares). Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General a través de la Subgerencia de Registro Civil, Gerencia de Administración y a la Gerencia de Imagen Institucional el cumplimiento del presente Decreto en loque le corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 14571 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F /G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G4D/G61/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G61/G72 ORDENANZA Nº 65-MDSMM EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Santa María del Mar, en Sesión Ordinaria de fecha 4 de agosto del 2005, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN INTEGRAL DE DESARROLLO DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR Artículo 1º.- APRUÉBASE el Plan Integral de Desarrollo del distrito de Santa María del Mar. POR TANTO:La promulgo en Santa María del Mar a los 15 días del mes de agosto del año 2005 y mando que se publique ycumpla. ANGEL RAUL ABUGATTAS NAZAL Alcalde 14543MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G70/G61/G67/G61/G72/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G75/G74/G6F/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61 /G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G61/G63/G6F/G6A/G61/G6E /G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G48/G61/G62/G69/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G22/G54/G65/G63/G68/G6F/G50/G72/G6F/G70/G69/G6F/G22 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 139 Santa Rosa, 28 de abril de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Santa Rosa, en Sesión Ordinaria Pública de la fecha, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, ha aprobadopor unanimidad, la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- EXONÉRASE la parte correspondiente a los dos tercios del monto establecido en el Ítem 09 referente a la Unidad Orgánica División de Desarrollo Urbano, que es el equivalente a la suma de S/. 100.00 (Cien NuevosSoles), respecto al pago por concepto de derecho de trámite para obtener Licencia de Obra para autoconstrucción (Ley Nº 27157), establecido en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos en la suma de S/. 150.00 por concepto de dicho derecho, para todos aquellos propietarios de predios que se ubican en el distrito de Santa Rosa, que se acojan alPrograma Habitacional denominado "Techo Propio" para la autoconstrucción de sus viviendas. Artículo 2º.- En consecuencia los interesados que soliciten obtener Licencia de Obra para autoconstrucción, que previamente se hayan acogido al Programa "Techo Propio", deberán abonar por dicho concepto sólo la sumade S/. 50.00 (Cincuenta Nuevos Soles). Artículo 3º.- DÉJASE sin efecto toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. LUIS GARCÍA VILLACORTA Alcalde 14572 /G46/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/GED/G61/G20/G61 /G72/G65/G62/G61/G6A/G61/G72/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G75/G6C/G74/G61/G73/G20/G69/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73/G20/G61/G70/G65/G71/G75/G65/GF1/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G79/G2F/G6F/G20/G76/G65/G63/G69/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G63/G6F/G6E/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G63/G69/G6F/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G61/G20/G68/G75/G6D/G69/G6C/G64/G65/G20/G71/G75/G65/G63/G75/G65/G6E/G74/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G75/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G6F/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 140 Santa Rosa, 28 de abril de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito de Santa Rosa, en Sesión Ordinaria Pública de la fecha, con dispensa deltrámite de lectura y aprobación de Acta, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- FACÚLTASE al Despacho de Alcaldía, para que en uso de sus atribuciones, aplicando para cada caso el buen y sano criterio de conciencia, pueda resolver directamente rebajando hasta el noventa por ciento (90%) del monto total dela multa impuesta a los pequeños contribuyentes y/o vecinos