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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G39/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de agosto de 2005 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61 /G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G73/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 188 Villa María del Triunfo, 18 de julio del 2005 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de julio del 2005, bajo la presidencia del señor Alcalde,Dr. Washington Ipenza Pacheco y con la asistenciade los señores Regidores, Dr. Emiliano YrribarrenChamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. Eudaldo Viches Silva,Sr. David Romero Ríos, Dr. Donato Izarra Palomino,Sr. Moisés Féliz Olazábal, Dr. Elías Vara Franco, Sr.José Guerra Velásquez, Sr. Wilfredo Bazán Ramírezy Sr. Carlos Mejía Escajadillo; se trató sobre proyecto de Ordenanza que regula el Procedimiento Administrativo de Habilitaciones Urbanas en el distritode Villa María del Triunfo; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los artículos 194º, numeral 5) y 195º de la Constitución Política del Perú, lasMunicipalidades Provinciales y Distritales son órganosde gobierno local. Tienen autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia; y les corresponde planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programascorrespondientes; Que, mediante Ley Nº 26878 - General de Habilitaciones Urbanas y su modificatoria Ley Nº 27135,se faculta a las Municipalidades Distritales dentro del ámbito de su jurisdicción territorial, conocer y aprobarlas solicitudes de habilitaciones urbanas que a partir dela vigencia de la citada ley presenten las personasnaturales o jurídicas, las asociaciones de vivienda, pro vivienda, las cooperativas de vivienda o cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda, incluyendo loscasos de regularización de habilitaciones pendientes oen trámite; Que, el nuevo Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA regula los procedimientos de carácter distrital en materia dehabilitación Urbana; Que, la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 79º, inciso 3.6.1, comocompetencias exclusivas de las municipalidades distritales, normar y regular sobre las Habilitaciones Urbanas de su jurisdicción, supervisando y controlando el uso de las tierras dentro de su jurisdicción, control quese ejerce en forma integral considerando los diferentesusos que constituyen el entorno urbanístico; Que, la constitucionalidad del Art. 3º de la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, se encuentra ratificada mediante Sentencia del 23 de mayodel 2002, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 dejulio del 2002, expedida por el Tribunal Constitucional; Que, en ese sentido, la competencia de las Municipalidades Distritales en lo que respecta al control urbano de la ciudad debe hacerse efectiva en forma integral incluyendo los diferentes usos de sueloestablecidos en los Planes de Desarrollo Distrital; Que, mediante Ordenanza Nº 273-2000-MML se aprueban las normas urbanísticas metropolitanas enmateria de Habilitaciones Urbanas para la provincia de Lima, la misma que otorga facultades delegadas a los Municipios Distritales para la aprobación y regularizaciónde las Habilitaciones Urbanas en sus jurisdicciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2005- VIVIENDA se modifica el Reglamento de la Ley Nº 27157- de Regularización de Edificaciones y en su Décimo Sétima Disposición Transitoria dispone la Habilitación Urbana de Oficio como competencia distrital a través dela Resolución de Alcaldía correspondiente; De conformidad con los Arts. 9º, Inc. 5) y 40º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, con elDictamen favorable de la Comisión de Desarrollo Urbano;FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 020-2005-ALC/MVES Mediante Oficio Nº 049-2005-SG/MVES, la Municipalidad de Villa El Salvador solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía Nº 020-2005-ALC/MVES, publicado en nuestra edición del día 14 de agosto de 2005. DICE: (ARTÍCULO 1º) Nº DENOMINACIÓN REQUISITOS DERECHO A CALIFICACIÓN INICIO AUTORIDAD RESUELVE DEL PAGAR % AUTOM SAP SIN Nº DE QUE REC. ADM. PROCEDIMIENTO UIT REG. TRÁMITE APRUEBA 1 DECLARATORIA DE FÁBRICA - Solicitud s/ formato AL AMPARO DE LA ORDENAZA - Copia DNINº 099-MVES - Copia de Certificado de: Parámetro U.T.D. GERENCIA GERENCIA - Copia de Documento de Propiedad DESARROLLO MUNICIPAL - Pago por Derecho Administrat. 0.033 0 0 30 URBANO DEBE DECIR: (ARTÍCULO 1º) Nº DENOMINACIÓN REQUISITOS DERECHO A CALIFICACIÓN INICIO AUTORIDAD RESUELVE DEL PAGAR % AUTOM SAP SIN Nº DE QUE REC. ADM. PROCEDIMIENTO UIT REG. TRÁMITE APRUEBA 1 DECLARATORIA DE FÁBRICA - Solicitud s/ formato AL AMPARO DE LA ORDENANZA - Copia DNINº 099-MVES - Copia de Certificado de: Parámetro U.T.D. GERENCIA GERENCIA - Copia de Documento de Propiedad DESARROLLO MUNICIPAL - Pago por Derecho Administrat. 3.30 0 0 30 URBANO 14594