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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G33/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 29 de agosto de 2005 Servicio Público de Electricidad Nº 1439, ubicada en la berma lateral de la Calle Flamenco (Puerta Nº 2) de laHabilitación Vacacional Las Lagunas de Puerto Viejo,Carretera Panamericana Sur, altura del Km. 71, distritode San Antonio, provincia de Cañete, departamento deLima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 15,05 metros cuadrados, de propiedadde la Junta de Propietarios de la Habilitación UrbanaLas Lagunas de Puerto Viejo, para la subestación dedistribución eléctrica convencional de tipo superficiepara Servicio Público de Electricidad Nº 1439, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 14 de abril de 2005, cuya copia obra en elExpediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el DecretoSupremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionariosque acrediten la existencia de servidumbre convencionalpara el desarrollo de las actividades eléctricas, puedensolicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas enla Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y enlas normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Leyde Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido conlos requisitos legales y procedimientos correspondientes,ha emitido el Informe Nº 167-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º. - RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del SurS.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobreel bien de la Junta de Propietarios de la HabilitaciónUrbana Las Lagunas de Puerto Viejo, para la instalaciónde la subestación de distribución eléctrica convencional de tipo superficie para Servicio Público de Electricidad Nº 1439, ubicada en la berma lateral de la Calle Flamenco(Puerta Nº 2) de la Habilitación Vacacional Las Lagunasde Puerto Viejo, Carretera Panamericana Sur, altura delKm. 71, distrito de San Antonio, provincia de Cañete,departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 14 de abril de 2005, en los términos y condiciones estipulados en el mismo,de acuerdo a la documentación técnica y los planosproporcionados por la empresa, conforme al siguientecuadro: Expe- Descripción de la Área de Propietario Tipo de diente servidumbre servidumbre terreno 31170605 Subestación de Distribución Suelo: Junta de Urbano Eléctrica Nº 1439 15,05 m² Propietarios y sus aires. de la Habili- Ubicación: distrito de San Antonio, tación Ur- provincia de Cañete, departamento bana Las de Lima Lagunas de Puerto Viejo Coordenadas UTM: Vértice Norte Este A 8 609 460,0000 315 227,0000 B 8 609 457,5708 315 223,4519 C 8 609 460,4587 315 221,4746 D 8 609 462,8880 315 225,0227 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas deseguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes.Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 14957 JUSTICIA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G64/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G49/G4E/G50/G45/G20/G79 /G64/G65/G6D/GE1/G73/G20/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G67/G75/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G54/G72/G61/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G50/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 334-2005-JUS Lima, 24 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 187-2003- JUS de fecha 19 de mayo del 2003, se aprobó el PlanNacional de Tratamiento Penitenciario de alcancemultisectorial; Que, mediante Resolución Suprema Nº 062-2005-JUS de fecha 18 de febrero del 2005, se designó una ComisiónEspecial encargada de impulsar y efectuar el seguimientode las recomendaciones del Plan Nacional de TratamientoPenitenciario, la misma que ha cumplido con presentar el informe final; Que, las recomendaciones del referido Plan contemplan la ejecución de acciones a corto, mediano ylargo plazo, por lo que es necesario que se efectué unseguimiento permanente para los fines de su adecuada implementación; Que, siendo una de las finalidades del Ministerio de Justicia asegurar una adecuada política en el SistemaNacional Penitenciario, resulta necesario designar a unprofesional con experiencia en asuntos penitenciarios, que se encargue de apoyar y coordinar con el Instituto Nacional Penitenciario y con las demás entidadesvinculadas con el Plan Nacional de TratamientoPenitenciario, el seguimiento de la implementación delreferido Plan; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo- y el DecretoLey Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Desígnase al señor abogado VÍCTOR GILBERT PÉREZ LIENDO, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia, como Coordinadorcon el Instituto Nacional Penitenciario y demás entidadescompetentes del Sector Público, para el seguimiento dela implementación del Plan Nacional de TratamientoPenitenciario aprobado por Resolución Ministerial Nº 187- 2003-JUS. Artículo Segundo.- El funcionario designado dará cuenta al Despacho Ministerial sobre el cumplimiento del encargo efectuado por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 14973