Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2005 (29/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, lunes 29 de agosto de 2005
3.6.1. Liquidacion de contratos BOOT 3.6.1.1. 3.6.1.2. 3.6.1.3. 3.6.1.4.

NORMAS LEGALES

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1. MORDAZA DE REGULACION TARIFARIA El MORDAZA de Fijacion de Tarifas en MORDAZA se realizo de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. El OSINERG, en aplicacion de la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, incluyo, dentro del MORDAZA de regulacion de las tarifas de generacion, transmision y distribucion, la prepublicacion del proyecto de resolucion que fija la tarifa asi como la realizacion de audiencias publicas. En el siguiente esquema se resume la secuencia de actividades del MORDAZA para la Fijacion de las Tarifas en Barra. Las fechas indicadas corresponden a la fijacion de tarifas de MORDAZA de 2005. El esquema ilustrado, que obedece a las disposiciones legales vigentes, establece un ambiente abierto de participacion donde pueden expresarse las opiniones de la ciudadania, y de los interesados en general, a fin de que estas MORDAZA consideradas por el regulador MORDAZA que adopte su decision sobre la fijacion de las Tarifas en Barra.

Liquidacion de TransMantaro Liquidacion Anual de Redesur Liquidacion de ISA Liquidacion de REP

3.6.2. Determinacion y Asignacion de la RAG 3.6.3. Determinacion del Peaje por Conexion 4. TARIFAS EN MORDAZA EN SUBESTACIONES BASE 4.1. TARIFAS TEORICAS 4.2. COMPARACION DE LOS PRECIOS TEORICOS CON EL PRECIO PROMEDIO PONDERADO DE LOS CLIENTES LIBRES 4.3. TARIFAS EN MORDAZA 5. ACTUALIZACION DE PRECIOS 5.1. ACTUALIZACION DEL PRECIO DE LA ENERGIA 5.2. ACTUALIZACION DEL PRECIO DE LA POTENCIA 6. SISTEMAS AISLADOS 6.1. TARIFAS EN MORDAZA Y FACTORES DE REAJUSTE EN SISTEMAS AISLADOS 7. REFERENCIAS

Esquema Nº 1.1

1.1. Propuesta del COES-SINAC Los titulares de las centrales de generacion y de sistemas de transmision, cuyas instalaciones se encuentren interconectadas, conforman un organismo tecnico denominado Comite de Operacion Economica del Sistema Interconectado Nacional 7 con la finalidad de coordinar su operacion al minimo costo, garantizando la seguridad del abastecimiento de energia electrica y el mejor aprovechamiento de los recursos energeticos. De acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 119º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas8, y por el Procedimiento para la Fijacion de Tarifas en MORDAZA aprobado mediante la Resolucion OSINERG Nº 0001-2003OS/CD y sus modificatorias, el MORDAZA de regulacion

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Articulo 119º.- MORDAZA del 15 de enero de cada ano, cada COES debera presentar a la Comision el estudio tecnico-economico de determinacion de precios de potencia y energia en barras, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Articulos 47º a 50º inclusive, de la Ley, en forma detallada para explicitar y justificar, entre otros aspectos, los siguientes: a) La demanda de potencia y energia para el periodo de estudio establecido en el Articulo 47º de la Ley; b) El programa de obras de generacion y transmision para el periodo de estudio establecido en el Articulo 47º de la Ley; c) Los costos de combustibles, Costo de Racionamiento considerado y otros costos variables de operacion pertinentes; d) La Tasa de Actualizacion utilizada en los calculos; e) Los Costos Marginales de Corto Plazo de energia determinados para el periodo de estudio establecido en el Articulo 47º de la Ley; f) Los Precios Basicos de la Potencia de punta y de la energia; g) Los factores de perdidas marginales de potencia y de energia; h) El Costo Total de Transmision, discriminando los costos de inversion y los de operacion y mantenimiento tanto para el Sistema Principal como para los Sistemas Secundarios de Transmision; i) Los valores resultantes para los Precios en Barra; j) La formula de reajuste propuesta; y, k) Calculo del Ingreso Tarifario esperado en los Sistema Principal y Secundarios de Transmision, para la fijacion del Peaje por Conexion y del Peaje Secundario.

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En el presente informe los terminos Sistema Interconectado Nacional (SINAC) o Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN) se refieren a lo mismo y se utilizan de manera indistinta. Por razones historicas, MORDAZA denominaciones se han utilizado por las entidades del sector electrico para referirse al sistema de generacion y a la red de alta y muy alta tension que interconecta a las principales ciudades de todo el MORDAZA a partir de octubre del ano 2000.

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