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PÆg. 305594 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de diciembre de 2005 Alcalde ejecutar los acuerdos del concejo municipal, de conformidad al artículo 20º, numeral 3 de la LOMNº 27972; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor, PEDRO FELIX SALGUERO DULANTO, Alcalde deldistrito de Aucallama; al hermano del país de ESPAÑAdesde el día 5 al 22 de diciembre del presente año a lasciudades de: Madrid, Navarra, Castilla, Murcia, Bilbao,Cataluña, Barcelona y Lerida. Artículo Segundo.- ENCARGAR el despacho de Alcaldía al Primer Regidor Lic. Roberto VillanuevaMartínez, mientras dure la ausencia con las facultades yatribuciones inherentes a dicho cargo. Artículo Tercero.- APROBAR el otorgamiento de $ 4,000.00 (Cuatro Mil y 00/100 Dólares Americanos), para cubrir en su totalidad, los gastos de alojamiento, estancia, alimentación, movilidad nacional y extranjera,tasas de embarque internacional y otros gastos diversos derivados de la exposición a los Proyectos de Invasióne Infraestructura Social a favor del distrito de Aucallama. Artículo Cuarto.- El presente acuerdo no dará derechos de exoneraciones o liberaciones de impuestoso derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo Quinto.- DISPONER que el presente acuerdo se publique en el Diario Oficial El Peruano, deacuerdo a Ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Gerencia Administrativa, Presupuesto y Contabilidad y áreas pertinentes el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO F. SALGUERO DULANTO Alcalde 20594 PROYECTO OSINERG Proyecto de modificación de la norma "Formularios, Plazos y Medios para el Suministro de Información de la Operación del Sistema ElØctrico Interconectado Nacional" RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 438-2005-OS/CD Lima, 29 de noviembre de 2005CONSIDERANDO Que, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (en adelante “OSINERG”), mediante ResoluciónOSINERG Nº 235-2005-OS/CD aprobó la norma“Formularios, Plazos y Medios para el Suministro deInformación de la Operación del Sistema EléctricoInterconectado Nacional”, en cuyo Anexo C se presenta los cuadros de códigos a utilizar en el envío de información; asimismo, en los numerales 4.5 y 4.7 delArtículo 4º, se establece los medios de envío deinformación y el procedimiento de actualización de loscódigos, respectivamente; Que, en la implementación de las tablas de equivalencia entre los códigos de la Norma (Anexo C) y los del sistema de información del Comité de OperaciónEconómica del Sistema (en adelante “COES”), seobservó la necesidad de modificar y precisar dicho Anexoa fin de facilitar el cumplimiento de la Norma aladministrado; Que, la modificación en los cuadros de códigos del Anexo C de la Norma, origina a la vez la modificación delos cuadros en el anexo B y de la descripcióncorrespondiente en el anexo A; Que, asimismo, se ha visto por conveniente mejorar la precisiones de los numerales 4.5 y 4.7 del Artículo 4º de la Norma, referido a los medios de envío de información y al procedimiento de actualización decódigos, para evitar que éstos sean rígidos en el tiempoy permitir al OSINERG y al COES coordinar losmecanismos y procedimientos adecuados para mejorary automatizar el procedimiento de la información de acuerdo con los avances tecnológicos. Esta mejora conlleva a modificar los numerales 4.6 del Artículo 4º y5.1 del Artículo 5º al estar relacionados con los mediosde envío de información; Que, las modificaciones indicadas, determinan la necesidad de ampliar el plazo de entrada en vigencia de la Resolución OSINERG Nº 235-2005-OS/CD, a efectos que el administrado cuente con un plazo razonable parala adaptación de formatos, tablas y demás aspectos queinvolucran la modificación normativa;Que, en consecuencia, según el Artículo 3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladoresde la Inversión Privada en Servicios Públicos y los Artículos 1º, 25º y 52º, literal n), del Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, es necesario prepublicar el proyecto demodificación de la norma “Formularios, Plazos y Mediospara el Suministro de Información de la Operación delSistema Eléctrico Interconectado Nacional” para que los interesados presenten sus opiniones y sugerencias, sin que esto tenga carácter vinculante ni de lugar aprocedimiento administrativo; Que, finalmente con relación a la modificación de la norma, se ha expedido los informes OSINERG-GART/DGT-091-2005 y OSINERGGART-AL-2005-182, de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG, los cuales complementan la motivación que sustenta ladecisión del OSINERG, cumpliendo de esta manera conel requisito de validez de los actos administrativos a quese refiere e Articulo 3º, Numeral 4 de la Ley deProcedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de losProcedimientos Regulatorios de Tarifas; en la LeyNº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladoresde la Inversión Privada en los Servicios Públicos, y suReglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 042- 2005-PCM; en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG,aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; enel Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas,y su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 009-93-EM; y en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la Prepublicación en el Diario Oficial El Peruano y en la Página WEB del OSINERG: www.osinerg.gob .pe, del proyecto de modificación de la norma “Formularios, Plazos y Medios para el Suministrode Información de la Operación del Sistema EléctricoInterconectado Nacional”, aprobada mediante laResolución OSINERG Nº 235-2005-OS/CD, conjun- tamente con su exposición de motivos. Artículo 2º.- Incorpórese el Informe OSINERG- GART/DGT-091-2005 como parte integrante de lapresente resolución.