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PÆg. 305580 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de diciembre de 2005 extranjero, antes de viajar a asumir su cargo será sujeto de la ceremonia de Despacho, que se realizará en elsalón de Embajadores del Palacio de Torre Tagle y estarápresidida por el Ministro de Relaciones Exteriores.Participarán en ella la Alta Dirección de la Cancillería, elSecretario de Política Exterior, el Secretario de Administración, los Subsecretarios, los Directores Nacionales, Ejecutivos y Generales, los Directores, ytodos los funcionarios diplomáticos que presten serviciosen el área a cargo de las relaciones con el destino delnuevo Embajador. Se invitará, asimismo, a los miembrosde la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, de la embajada o representación del país de destino o del organismo internacional concernido, y a los familiarese invitados del Embajador nombrado. Artículo 37º: Se impondrá la condecoración de la Orden “Al Mérito por Servicios Distinguidos” en el Gradode “Gran Cruz” al Embajador nombrado, perteneciente al Servicio Diplomático de la República, que no la posea. Artículo 38º: En el curso de la ceremonia se observarán los siguientes momentos: a) Lectura de la Resolución Suprema que nombra al Embajador a prestar servicios a nombre de la Nación en el exterior; b) Entrega del Pliego de Instrucciones y Despacho por parte del Ministro de Relaciones Exteriores; c) Lectura de Resolución de Condecoración de ser el caso; d) Imposición de la Condecoración; e) Palabras del Ministro de Relaciones Exteriores; f) Palabras del Embajador;g) Foto de estilo. Artículo 39º: Antes de viajar a tomar posesión de su cargo, la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado gestionará una audiencia del Embajador nombrado con el Presidente de la República, quienestaría acompañado por el Ministro de RelacionesExteriores. X DEL DÍA DEL DIPLOMÁTICO Y CREACIÓN DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Artículo 40º: Con ocasión del “Día del Diplomático y la creación del Ministerio de Relaciones Exteriores” tendrán lugar diversos actos institucionales con asistencia de los funcionarios diplomáticos yadministrativos que se encuentren en Lima: a) Romería al cementerio para rendir homenaje a un destacado miembro del Servicio Diplomático de la República. b) Acto central en el patio del Palacio de Torre Tagle: - Palabras del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; - Lectura del Saludo del Presidente de la República; - Imposición de la condecoración con la Orden “Al Mérito del Servicio Diplomático del Perú José GregorioPaz Soldán” a quienes se hayan hecho merecedores dedicha distinción; - Discurso del Ministro de Relaciones Exteriores. De ser el caso se realizará una Clase Magistral. c) Saludo al Ministro de Relaciones Exteriores y al Viceministro Secretario General de RelacionesExteriores; d) Pisco de Honor. El programa por el “Día del Diplomático”, en el que participarán los miembros del Servicio Diplomático, seráorganizado por la Asociación de Funcionarios delServicio Diplomático del Perú y tendrá los siguientesactos, de acuerdo a la tradición: ofrenda floral Sánchez Carrión, Misa en la Iglesia de San Pedro y fotografía de estilo. Asimismo, de ser posible, organizará un actosocial con los miembros del Servicio Diplomático de laRepública.XI DE LOS DEBERES DE CONDUCTA, DE REPRESENTACIÓN Y DE LA OBSERVACIÓN DE LAS NORMAS DEL DERECHO DIPLOMÁTICO. Artículo 41º: Los funcionarios del Servicio Diplomático de la República que se encuentren prestando serviciosen el exterior seguirán además, las normas deCeremonial y Protocolo del país en el que se encuentrenacreditados, dentro del marco establecido por lostratados y convenciones internacionales. Los locales que sirvan de residencia y los automóviles de los diferentes funcionarios miembros de la Misión,deberán guardar armonía con el nivel de representación,la categoría y cargo que ellos ostentan. DE LAS VISITAS DE CORTESÍA Artículo 42º: Los funcionarios del Servicio Diplomático de la República, al asumir y concluir sus cargos en elexterior, respetando el protocolo de cada país, deberánefectuar las visitas de cortesía correspondientes. DE LA ASISTENCIA A CEREMONIAS NACIONALES O EXTRANJERAS Artículo 43º: Los funcionarios del Servicio Diplomático de la República deberán asistir a lasceremonias oficiales nacionales o extranjeras a las que sean invitados, con la indumentaria adecuada y con la debida puntualidad. DE LAS ATENCIONES OFICIALES Y RECEPCIONES Artículo 44º: Los funcionarios del Servicio Diplomático de la República, deberán seguir las normas protocolarespertinentes, en las atenciones oficiales y recepcionespropias de su función de representación. DE LAS NORMAS PROTOCOLARES AL ASUMIR O CESAR EN UN CARGO EN EL EXTERIOR. Artículo 45º Al ser nombrado al exterior, el funcionario del Servicio Diplomático de la República debe dirigir alJefe de Misión una comunicación de presentación. Artículo 46º: Al asumir su nuevo puesto, el funcionario del Servicio Diplomático de la República presentará su saludo a cónyuge del Jefe de Misión, acompañado de sucónyuge en el caso de ser casado. Artículo 47º: Luego de haberse instalado en su domicilio, el funcionario del Servicio Diplomático de laRepública debería efectuar una invitación de cortesía al Jefe de Misión, observando para tal efecto las normas y usos. Artículo 48º: A la llegada de un nuevo Jefe de Misión, los funcionarios del Servicio Diplomático dela República deberán recibirlo conjuntamente,acompañados de sus cónyuges de ser el caso. Asimismo, deberían efectuar una invitación al Jefe de Misión en su domicilio. Artículo 49: El Jefe de Misión ofrecerá una recepción de bienvenida al funcionario que se incorpora a la Misióncon la asistencia de todos los integrantes de la misma,funcionarios de la Cancillería local, y miembros del Cuerpo Diplomático conforme a la categoría del funcionario recién incorporado. Del mismo modo realizará una recepciónde despedida cuando un funcionario diplomático seatrasladado. DE LA RECEPCION A LAS AUTORIDADES NACIONALES Artículo 50º: Cuando el Ministro de Relaciones Exteriores o el Viceministro Secretario General, realicenuna visita oficial a las sedes diplomáticas en el exterior oestén de tránsito, es obligación del Jefe de Misión o en su defecto del encargado de negocios ad - interim, recibirlos y despedirlos. Similar obligación se tiene enrelación con las altas autoridades nacionales siempre ycuando se trate de visitas oficiales.