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PÆg. 305585 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de diciembre de 2005 máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para lasuscripción deberá cumplir previamente con el pago porderecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20568 Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Civil a EE.UU. y Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 905-2005-MTC/02 Lima, 30 de noviembre de 2005CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizacionesde viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y sus normas modificatorias disponen que los viajes al exterior queirroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidorespúblicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que serefieren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la LeyNº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como laDirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional– INTERPOL de la Policía Nacional del Perú del Ministeriodel Interior, en cuyos casos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre AviaciónCivil y poder mantener la calificación de Categoría – I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual devigilancia sobre la seguridad operacional a través de laejecución de inspecciones técnicas a los explotadoresaéreos en el país, basado en las disposiciones establecidasen el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Cielos del Perú S.A., con Carta GOP- 518-2005-CDP, del 16 de noviembre de 2005, en el marcodel Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente ala Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeostécnicos en ruta en el equipo DC-10, entre las ciudadesde Miami y Bogotá, a su personal aeronáutico propuesto, durante los días 6, 7, 8 y 9 de diciembre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 28155, 30537, 31566 y 31901, lasolicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que serefiere el considerando anterior, ante la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 2218-2005-MTC/12.04-SDO designando al Inspector Ricardo Rafael Pazos Raygada, para realizar los chequeos técnicos en ruta en el equipo DC-10, alpersonal aeronáutico propuesto por la empresa Cielosdel Perú S.A., en las ciudades de Miami, Estados Unidosde América y Bogotá, República de Colombia, durantelos días 6 al 9 de diciembre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar los chequeos técnicos a que se contraela Orden de Inspección Nº 2218-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, el Decreto deUrgencia Nº 025-2005 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ricardo Rafael Pazos Raygada, Inspector de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a las ciudades de Miami, EstadosUnidos de América y Bogotá, República de Colombia, durante los días 6 al 9 de diciembre de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Cielos del Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 28155, 30537, 31566 y 31901, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, incluyendo las asignaciones porconcepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, deacuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 800.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20578 Otorgan permiso de operación a Grupo Masada S.R.L. para prestar servicio detransporte fluvial comercial RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 137-2005-MTC/13 Lima, 23 de noviembre de 2005