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PÆg. 306452 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de diciembre de 2005 ordenamiento territorial las estipuladas en la Ley Nº 27867, artículo 53º, incisos a) y b) que señala "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamientoterritorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales" e "Implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con las Comisionesambientales regionales", en concordancia con el Decreto de Consejo Directivo Nº 001-2003-CD/CONAM – Marco Estructural de Gestión Ambiental Regional"; Que, en mérito a la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Artículos 15º numeral a) y 38º; y, estandoal Dictamen Nº 03/2003 favorable de la Comisión de Ecología, Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional y a lo acordado en Sesión Ordinaria de fecha28.04.04; HA APROBADO:Artículo Primero.- Aprobar por necesidad social e interés regional la política ambiental regional de Arequipa,como lineamiento para la ejecución de instrumentos de gestión regional en materia ambiental. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, la ejecución de la presente Ordenanza, debiéndose difundir la Política Ambiental Regional, el Plan de Acción Ambiental y Agenda Ambiental Regional en elámbito de la Región Arequipa. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. Arequipa, a los veintiocho días del mes de abril del dos mil cuatro. JESUS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente del Consejo Regional Arequipa POR TANTO:Mando se publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintinueve días del mes de abril del dos mil cuatro. JESUS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente del Gobierno Regional Arequipa 21253 Declaran de necesidad y utilidad pœblica regional la construcción delTerminal Portuario de Pesca Artesanaly Turística de Mollendo ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2004-CR/AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, señala que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar, el desarrollo Regional Integral y Sostenible,promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes; Que, el artículo 52º, inciso f) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, señala que las funciones específicas que ejercen tales organismos, lesfaculta a promover, controlar y administrar el uso de los servicios de infraestructura como el desembarque y procesamiento pesquero de su competencia en armoníacon las políticas y normas del sector, en todas las etapas de las actividades pesqueras; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada - LeyNº 28059, es función del Gobierno Regional formular y promover proyectos de ámbito regional para la participación de la inversión privada, garantizando una pronta inversión privada acorde con las necesidadesde desarrollo; Estando al Dictamen Nº 03/2004 favorable de la Comisión de Desarrollo Económico del Consejo Regionaly a lo acordado en Sesión Ordinaria de fecha 28.04.04; HA APROBADO:Artículo Primero.- Declarar de necesidad y utilidad pública regional la construcción del Terminal Portuariode Pesca Artesanal y Turística de Mollendo, con carácter prioritario dentro del plan de desarrollo concertado y participativo del año 2004 de la provinciade Islay. Artículo Segundo.- Autorizar a la Presidencia del Gobierno Regional de Arequipa para que a través de laGerencia de Infraestructura tome las acciones necesarias tendientes a concretar la ejecución del terminal a que se refiere el artículo anterior. Artículo Tercero.- Recomendar al Concejo Provincial de Islay el declarar en estado de emergencia la vía de acceso al parque acuático deMollendo, en el tramo de intersección con la vía de acceso de entrada y salida al muelle de Mollendo durante la construcción del terminal portuarioefectuando las coordinaciones con las autoridades policiales de Mollendo a efecto de dotar de las medidas de seguridad vial pertinentes. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. Arequipa, a los veintiocho días del mes de abril del dos mil cuatro. JESUS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente del Consejo Regional Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintinueve días del mes de abril del dos mil cuatro. JESUS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente del Gobierno Regional Arequipa 21254 Derogan Ordenanza N” 001-2004-CR/ AREQUIPA que aprobó el reglamento sobre la inversión descentralizada en el Æmbito regional ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2004-CR/AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA;Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional de Arequipa, con fecha 14 de enero expidió la Ordenanza Regional Nº 001-2004-CR/AREQUIPA, que aprobó el Reglamento que norma la Inversión Descentralizada, dentro su ámbito regional, ante el vacío legal que significaba hasta esa fecha la noreglamentación de la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada; Que, con fecha 29 de febrero del presente año, el Gobierno Nacional a través de la Presidencia del Consejo de Ministros ha expedido el Decreto Supremo Nº 015- 2004-PCM, por el cual se aprueba el Reglamento de laLey Nº 28059 - Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada; instrumento legal que en forma integral viene a llenar el vacío normativo que se originó al noreglamentarse la Ley Nº 28059, por lo que resulta