TEXTO PAGINA: 105
PÆg. 306455 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de diciembre de 2005 Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Arequipa. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veintitrés días del mes de julio del dos mil cinco. DANIEL ERNESTO VERA BALLÓN Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veinticinco días del mes de julio del dos mil cinco. DANIEL ERNESTO VERA BALLÓN Presidente del Gobierno Regional de Arequipa 21267 Aprueban Texto Único de Proce- dimientos Administrativos de laDirección Regional de Salud deArequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2005-GRAREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, a tenor de lo establecido en el artículo 38.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se desprende que el TUPA debe ser aprobado por norma delmáximo nivel de las autoridades regionales; Que, en ese contexto es necesario aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de laDirección Regional de Salud; En mérito a las facultades de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por laLey Nº 27902, Ley Nº 27444 y demás normas pertinentes; Estando al Dictamen Nº 008-2005-CPP/GRA de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto y a lo acordadoen Sesión Ordinaria del nueve de septiembre del año dos mil cinco; HA APROBADO: Artículo Primero.- Aprobar, en vía de regularización el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Dirección Regional de Salud de Arequipa, compuesto por ciento dieciocho (118) procedimientos administrativos, lo que formaparte integrante de la presente ordenanza. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los nueve días del mes de septiembre del dos mil cinco. JESÚS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente del Consejo Regional (e) - Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los nueve días del mes de septiembre del dos mil cinco. JESÚS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente del Gobierno Regional (e) - Arequipa 21271GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Exoneran de proceso de selección la ejecución de obras de reparación del Canal Derivación Daniel Escobar ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 319-2005/GRP-CR Piura, 9 de diciembre de 2005VISTOS: El Informe Técnico Nº 001/2005-GRP-PECHP- 406007, de fecha 27 de octubre de 2005, de la Dirección de Operación y Mantenimiento del Proyecto EspecialChira Piura, sobre Desabastecimiento Inminente para la Ejecución de la Obra “Reparación de Canal Derivación Daniel Escobar Km. 7+826-Km. 7+915.35”; El Informe Legal Nº 054/2005-GRP-PECHP-406003, de fecha 9 de noviembre del 2005, de la Oficina de Asesoría Jurídica del Proyecto Especial Chira Piura. El Oficio Nº 078/2005-CDPECHP, de fecha 15 de noviembre del 2005, sobre Exoneración del proceso de ADS por desabastecimiento inminente para lacontratación de la ejecución de la obra “Reparación del Canal Derivación Daniel Escobar Km. 7+826-Km. 7+915.35” El Informe Nº 1097-2005/GRP-460000, de fecha 22 de noviembre de 2005, de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emitiendo opinión legal sobre la exoneración deProceso de Selección para la Ejecución de la Obra “Reparación de Canal Derivación Daniel Escobar Km. 7+826.46 - Km. 7+915.35”. La Resolución Gerencial Nº 092/2005-GRP-PECHP- 406000, de fecha 30 de noviembre del 2005, que modifica la Resolución Gerencial Nº 085/2005-GRP-PECHP-460000. El Oficio Nº 086/2005-CDPECHP, de fecha 30 de noviembre del 2005, sobre Exoneración del proceso deADS por desabastecimiento inminente para la contratación de la ejecución de la obra “Reparación del Canal Derivación Daniel Escobar Km. 7+826-Km.7+915.35” El Informe Nº 1173-2005/GRP-460000, de fecha 7 de diciembre del 2005, de la Oficina Regional de AsesoríaJurídica, que remite documentación complementaria respecto a la exoneración de Proceso de Selección para la ejecución de la obra “Reparación del Canal DerivaciónDaniel Escobar Km. 7+826.46 - Km. 7+915.35” CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de ReformaConstitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobarsu organización interna y su presupuesto; Que, el inciso a. del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por LeyNº 27902, señala como atribución del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia yfunciones del Gobierno Regional; Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado - Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, exonera de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación dedesabastecimiento inminente declaradas de conformidad con dicha norma legal, contrataciones que en virtud del artículo 20º de la citada norma se realizarán medianteacciones inmediatas, requiriendo un informe técnico - legal previo; Que, el artículo 21º de la referida Ley, establece que la situación de desabastecimiento inminente se produce ante una situación extraordinaria e imprevisible, en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obracompromete en forma directa la continuidad de las