Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2005 (17/12/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, sabado 17 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 306411

de Atencion al Ciudadano y a los fedatarios institucionales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en atencion a las necesidades institucionales, se requiere designar un fedatario adicional a los ya existentes, asi como facultar a los fedatarios de la Direccion General de Circulacion Terrestre a autenticar las hojas de ruta, de conformidad con el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes; De conformidad con lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181; el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al senor MORDAZA Morocho MORDAZA como fedatario titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adicionalmente a los fedatarios designados mediante Resolucion Ministerial Nº 194-2005-MTC/01. Articulo Segundo.- Autorizar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fedatarios institucionales titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, las funciones de autenticacion de hojas de ruta, segun lo establecido en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 21337

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra el Gobierno Regional de San MORDAZA a fin de cobrar saldo resultante de liquidacion final de obra realizada en la carretera Tarapoto Yurimaguas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 939-2005-MTC/02 MORDAZA, 14 de diciembre de 2005 VISTO: La Nota de Elevacion Nº 947-2005-MTC/20 del Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de octubre de 2002, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL y la empresa Petroleos del Peru PETROPERU S. A., con la intervencion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Consejo Transitorio de Administracion Regional de San MORDAZA - CTAR SAN MORDAZA, suscribieron el "Convenio de Cooperacion Interinstitucional PROVIAS NACIONAL - PETROPERU CTAR SAN MARTIN", para la ejecucion de trabajos de rehabilitacion, mantenimiento rutinario, periodico y de emergencia de la Carretera Tarapoto - Yurimaguas, ubicada en el departamento de San MORDAZA, estableciendo las condiciones y terminos para el apoyo por parte de las instituciones comprometidas para mantener la adecuada operatividad y transitabilidad de la citada via; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 391-2003MTC/20, de fecha 20 de agosto de 2003, modificada por Resoluciones Directorales Nº 470-2003-MTC/20, Nº 4862003-MTC/20 y Nº 130-2004-MTC/20, de PROVIAS NACIONAL, se aprobo designar la Comision de Recepcion y Liquidacion de la Obra de Rehabilitacion, Mantenimiento Rutinario, Periodico y de Emergencia de

la Carretera Tarapoto - Yurimaguas, ubicada en el departamento de San Martin; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 720-2004MTC/20, de fecha 3 de noviembre de 2004, se encargo a los integrantes de la Comision MORDAZA referida, efectuar la Valorizacion de la Obra de Rehabilitacion, Mantenimiento Rutinario, Periodico y de Emergencia de la Carretera Tarapoto - Yurimaguas, ubicada en el departamento de San MORDAZA, de acuerdo a las condiciones reales de su ejecucion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 679-2005MTC/20, de fecha 19 de MORDAZA de 2005, se dejo sin efecto la Resolucion Directoral Nº 720-2004-MTC/20, dandose por concluida las labores de los miembros de la Comision de Recepcion y Liquidacion de la Obra; y se aprobo la Liquidacion Final de la misma, estableciendo un desembolso efectuado de S/. 2 080 667.81 (Dos millones ochenta mil seiscientos sesenta y siete y 81/100 Nuevos Soles), un gasto ejecutado de S/. 1 707 144.77 (Un millon setecientos siete mil ciento cuarenta y cuatro y 77/100 Nuevos Soles) y un saldo a devolver por parte del Gobierno Regional de San MORDAZA ascendente a la suma de S/. 373 523,04 (Trescientos setenta y tres mil quinientos veintitres y 04/100 Nuevos Soles). Asimismo, se dispuso encargar a la Gerencia de Administracion de PROVIAS NACIONAL, realizar las acciones correspondientes destinadas a recuperar el saldo por devolver; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolucion Directoral Nº 679-2005-MTC/20, la Gerencia de Administracion de PROVIAS NACIONAL, mediante Oficio Nº 677-2005-MTC/20.2, de fecha 18 de agosto de 2005, solicito al Presidente Ejecutivo del Gobierno Regional de San MORDAZA la restitucion del saldo a devolver al Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones - PROVIAS NACIONAL ascendente a la suma de S/. 373 523,04 (Trescientos setenta y tres mil quinientos veintitres y 04/100 Nuevos Soles); Que, con Oficio Nº 393-2005-GRSM/GGR, el Gobierno Regional de San MORDAZA manifesto haber dispuesto que el Organo Regional de Control Institucional establezca la veracidad de los montos determinados en la liquidacion practicada por la Comision de Recepcion y Liquidacion de la Obra de Rehabilitacion, Mantenimiento Rutinario, Periodico y de Emergencia de la Carretera Tarapoto - Yurimaguas, ubicada en el departamento de San Martin; Que, mediante Informe Nº 140-2005-MTC-20.3.MSL, de fecha 20 de octubre de 2005, la Gerencia de Asuntos Legales de PROVIAS NACIONAL concluye que el incumplimiento de la obligacion contraida por parte del Gobierno Regional de San MORDAZA como resultado de la liquidacion practicada por la ejecucion de la Obra, amerita proceder a la autorizacion del Procurador Publico Ad Hoc, a fin de iniciar las acciones legales correspondientes; Que, de la documentacion que obra en el expediente se puede determinar que PROVIAS NACIONAL cumplio con requerir al Gobierno Regional de San MORDAZA el pago de la diferencia del saldo de la Liquidacion Final, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolucion Directoral Nº 679-2005-MTC/20, sin que a la fecha, el Gobierno Regional de San MORDAZA MORDAZA cumplido con cancelar dicho monto, siendo necesario iniciar las acciones legales correspondientes a fin de exigir el cumplimiento de pago de la suma de S/. 373 523,04 (Trescientos setenta y tres mil quinientos veintitres y 04/100 Nuevos Soles), resultante de la Liquidacion Final de la Obra aludida; Que, la viabilidad de dichas acciones, se dan en el MORDAZA del articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, que senalan que la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos; Que, el articulo 2º del Decreto Ley citado, senala que los Procuradores Publicos tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el Articulo Unico del Decreto Ley Nº 17667, publicado el 28 de MORDAZA de 1969, establece que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado es necesario la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.