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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (17/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 68

PÆg. 306418 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de diciembre de 2005 VISTO el recurso de apelación interpuesto por don Angel Wilfredo Loli Pacheco, Regidor de la Municipalidad Distrital de Caleta de Carquín, provincia de Huaura, departamento de Lima, contra el Acuerdo Nº 05-2005-MDCC de fecha 5 de julio de 2005, mediante el cual se declaró su vacancia en el cargo de Regidor por la causal establecida en el artículo 11º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972; CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo Nº 05-2005-MDCC, el Concejo Distrital de Caleta de Carquín declaró lavacancia del cargo de Regidor que ejercía don Angel Wilfredo Loli Pacheco por considerar que ha ejercido, indebidamente, funciones administrativas al haberremitido un informe al Presidente de la Comisión de Procesos Administrativos de la citada Municipalidad, haciendo de esa manera un ejercicio indebido de susfunciones que sólo se limitan al campo normativo y de fiscalización, contraviniendo el artículo 11º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que precisaque los regidores no pueden ejercer funciones administrativas, sean de carrera o de confianza, ni ocupar cargos de directorio, gerente u otro en la mismamunicipalidad y que la infracción de esta prohibición es causal de vacancia en el cargo de Regidor; Que, el impedimento establecido en el artículo 11º de la Ley antes indicada, de que un regidor no puede ejercer funciones administrativas, se encuentra referido al desempeño de actividades administrativaspermanentes en un determinado cargo, ya que la misma norma precisa: sea esta función administrativa de carrera -auxiliar, técnico o profesional, en sus diversosniveles-; o sea, en un cargo de confianza -en el cual debe mediar una resolución u otro documento administrativo para su designación-; caso en los cuales,en aplicación de la ley, ameritaría la vacancia por ser incompatible con la función de un regidor; teniéndose en cuenta además que el sentido de la norma esestablecer parámetros entre ciertos cargos y los de regidores; Que, en ese orden de ideas, la emisión del Informe Nº 007-RMDCC-2005 de fojas 7 por parte del Regidor apelante no implica el haber asumido funciones incompatibles con el acotado dispositivo legal, razonespor las cuales el Acuerdo edil materia de cuestionamiento resulta un exceso que debe dejarse sin efecto; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por Angel Wilfredo Loli Pachecocontra el Acuerdo de Consejo Nº 05-2005-MDCC de la Municipalidad de Caleta de Carquín y en consecuencia nulo dicho acuerdo. Artículo Segundo.- Declarar que Angel Wilfredo Loli Pacheco continúe ejerciendo sus funciones como Regidor en la referida Municipalidad, por el período degobierno municipal 2003 - 2006. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZPEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA Secretario General 21336 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 389-2005-JNE Mediante Oficio Nº 3571-2005-SG/JNE, el Jurado Nacional de Elecciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 389-2005-JNE, publicada en nuestra edición del día 12 de diciembre de 2005.En el Artículo Primero DICE: 21.SANTIAGO DE SANTIAGO DE CHUCO, BOLÍ- CHUCO V AR, PATÁZ y SÁNCHEZ CA- HUAMACHUCO RRIÓN. DEBE DECIR: 21.Sánchez Carrión Santiago de Chuco, Bolívar, Pataz y Sánchez Carrión Huamachuco 21290 RECTIFICACIÓN SUMARIO DE LA EDICIÓN DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2005 La sumilla que aparece en el Sumario de la edición del 16 de diciembre de 2005, correspondiente a la Resolución Nº 128-2005-P/JNE, debe ser rectificada enlos términos siguientes: "Designan representantes del JNE ante el Comité de Coordinación Electoral correspondiente al Proceso de Elecciones Generales 2006" 21462 MINISTERIO PÚBLICO Designan fiscales adjuntos en Despa- chos de la Fiscalía Provincial Mixta dePalpa y la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2215-2005-MP-FN Lima, 16 de diciembre del 2005.VISTA: La solicitud de fecha 7 de diciembre de 2005, presentada por el doctor Carlos Irenión Ramírez Alfaro, Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Sexta Fiscalía Provincial Penal deArequipa, Distrito Judicial de Arequipa y, por la doctora Katerine Salazar Calderón Samalvides, Fiscal Adjunta Provincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixta de Palpa,Distrito Judicial de Ica, mediante el cual solicitan permuta por las razones que fundamentan su petición; y, CONSIDERANDO: Que, por los motivos expuestos por los magistrados antes citados, la permuta solicitada resulta ser atendida,de conformidad a lo dispuesto en el artículo sexto del Reglamento de Traslado de Fiscales Titulares, aprobado por la Resolución de Junta de Fiscales SupremosNº 003-2001-MP-FN-JFS, de fecha 29 de enero de 2001; Que, de conformidad con el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la permuta definitiva entre los doctores Carlos Irenión Ramírez Alfaro, Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixtade Islay, Distrito Judicial de Arequipa, designado a la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Arequipa y, Katerine Salazar Calderón Samalvides, Fiscal Adjunta ProvincialTitular Mixta de Palpa, Distrito Judicial de Ica, designada a la Fiscalía Provincial Mixta de Palpa. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor Carlos Irenión Ramírez Alfaro, Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixta de Islay, Distrito Judicial de Arequipa, en el Despacho de la Sexta