Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2005 (17/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de diciembre de 2005

Procurador Publico Ad Hoc para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse relacionados al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; Que, asimismo, mediante Resolucion Suprema Nº 126-2003-JUS se ampliaron las facultades conferidas al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que en su calidad de Procurador Publico Ad Hoc, asuma la representacion y defensa del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, en los procesos y procedimientos en que se ventilen sus derechos e intereses; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 050-2004JUS se ampliaron las facultades conferidas al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que en su calidad de Procurador Publico Ad Hoc de PROVIAS NACIONAL asuma adicionalmente la representacion y defensa del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL en los procesos y procedimientos en que se ventilen sus derechos e intereses; Que, en virtud de los hechos expuestos resulta necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc encargado de los asuntos judiciales de PROVIAS NACIONAL, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie, impulse y culmine las acciones legales que correspondan contra el Gobierno Regional de San Martin; De conformidad con lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y la Resolucion Suprema Nº 0812003-JUS y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transpor te Nacional - PROVIAS NACIONAL, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie, impulse y culmine las acciones legales que correspondan contra el Gobierno Regional de San MORDAZA, a fin de obtener el pago del saldo resultante de la liquidacion Final de la Obra de Rehabilitacion, Mantenimiento Rutinario, Periodico y de Emergencia de la Carretera Tarapoto - Yurimaguas, ubicada en el departamento de San MORDAZA, aprobado por Resolucion Directoral Nº 679-2005-MTC/20 de fecha 19 de MORDAZA de 2005; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Ad Hoc, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 21331

empresa HELIAMERICA S.A.C. Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial, segun el inciso b) del Articulo 155º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, por un plazo de cuatro (4) anos contados a partir del 12 de diciembre del 2001, el cual fue modificado a traves de la Resolucion Directoral Nº 225-2002-MTC/15.16 del 25 de setiembre del 2002, incrementando el material aeronautico correspondiente; Que, segun los terminos del Memorando Nº 990-2005MTC/12.AL, emitido por la Asesora Legal de la Direccion General de Aeronautica Civil; Memorando Nº 3389-2005MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en el Reglamento vigente; y las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a HELIAMERICA S.A.C., la Renovacion del Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Transporte Aereo Especial, segun el inciso b) del Articulo 155º del Reglamento de Ley de Aeronautica Civil, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del 13 de diciembre del 2005, dia siguiente al vencimiento del plazo otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 184-2001-MTC/15.16 del 4 de diciembre del 2001, modificada a traves de la Resolucion Directoral Nº 2252002-MTC/15.16 del 25 de setiembre del 2002. El presente Permiso de Operacion tiene caracter administrativo, por lo que para realizar operaciones aereas la empresa HELIAMERICA S.A.C. debera contar con el Certificado de Explotador correspondiente, asi como sus Especificaciones de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, tecnica y economica-financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial - Transporte Aereo Especial (Traslado de Personas o Cosas, segun el numeral 78.2 del Articulo 78º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil). AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Ecureuil AS350B2. - AS 350B3. - SA 315B. - MORDAZA 212. ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, HELIPUERTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - MORDAZA de MORDAZA, Chachapoyas, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA El Valor, Galilea.

Renuevan permiso de operacion de aviacion comercial a Heliamerica S.A.C. para transporte aereo especial
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 210-2005-MTC/12 MORDAZA, 21 de noviembre del 2005 Vista la solicitud de HELIAMERICA S.A.C., sobre Renovacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Transporte Aereo Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 184-2001MTC/15.16 del 4 de diciembre del 2001 se otorgo a la

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