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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G36/G37/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de diciembre de 2005 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 OSIPTEL /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64 /G63/G6F/G6E/G20/G6D/G65/G64/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G61/G64/G69/G61/G6C/G20/G79 /G65/G73/G63/G72/G69/G74/G61/G20/G65/G6E/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 077-2005-CD/OSIPTEL Lima, 15 de diciembre de 2005EXPEDIENTE Nº 00003-2005-GAF/SP MATERIA CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES VISTOS: El Memorándum Nº 411-GCC/2005 de fecha 9 de diciembre de 2005 y el Informe Nº 056-GL/2005 de fecha 9 de diciembre de 2005, referidos a la contratación de servicios de publicidad con medios de comunicaciónradial y escrita. CONSIDERANDO:Que el marco jurídico en el cual se realizan las contrataciones del Organismo Supervisor de la InversiónPrivada en Telecomunicaciones –OSIPTEL- para la adquisición de bienes o para la contratación de servicios, está determinado por el Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley establece que los servicios personalísimos se encuentran exonerados de losrespectivos procesos de selección; Que el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala expresamente que se encuentran en la clasificación de servicios personalísimos los servicios de publicidad queprestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que losdistinguen; Que el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley establece que las exoneraciones se aprueban porResolución del Titular del Pliego de la Entidad y precisa que las resoluciones o acuerdos señalados en los incisos del citado artículo requieren obligatoriamente de uninforme técnico-legal previo y que sean publicados en el Diario Oficial El Peruano; por lo que deberá procederse de conformidad con los artículos 146º y 147º delReglamento de la citada Ley; Que mediante Memorándum Nº 404-GCC/2005 de fecha 6 de diciembre de 2005, la Gerencia deComunicación Corporativa de OSIPTEL solicita la contratación de servicios de publicidad con los siguientes medios de comunicación en Lima y provincias: Medios de comunicación radial: Lima: Radio RPP (Grupo RPP S.A.C.) Radio LA INOLVIDABLE (Corporación Radial del Perú S.A.C) Radio PANAMERICANA (Grupo Panamericana S.A.)Radio MAR PLUS (Corporación Radial del Perú S.A.C) Radio 11.60 (Grupo Panamericana S.A) Radio CORAZÓN (Grupo RPP S.A.C.)Radio RITMO ROMÁNTICA (Corporación Radial del Perú S.A.C) Radio STUDIO 92 (Grupo RPP S.A.C.)Radio OXÍGENO (Grupo RPP S.A.C.) Radio PLANETA (Corporación Radial del Perú S.A.C) Radio CPN RADIO (Corporación Gestión S.A.)Provincias: Radio RPP REGIONAL – AREQUIPA (Grupo RPP S.A.C.) Radio MELODÍA – AREQUIPA (Radio Melodía S.A.) Radio RPP REGIONAL – TRUJILLO (Grupo RPP S.A.C.)Radio FM 96 – TRUJILLO (FM 96.1 Stereo Trujillo S.A.C.) Radio RPP REGIONAL – PIURA (Grupo RPP S.A.C.) Radio ANTENA 10 – PIURA (Alfa & Omega S.R.L)Radio RPP REGIONAL – CUSCO (Grupo RPP S.A.C.) Radio SANTA MÓNICA – CUSCO (Productora Musical Flawert Radio Santa Mónica E.I.R.L)Radio SALKANTAY - CUSCO (Radio Salkantay E.I.R.L.) Radio 15-50 – HUANCAYO (Peruana de Radiodifusión S.R.L.)Radio RPP REGIONAL – HUANCAYO (Grupo RPP S.A.C.) Radio HUANCAYO – HUANCAYO (Radiodifusora Huancayo S.A.) Radio LORETO – IQUITOS (Radio Loreto S.A.C.) Radio ASTORIA – IQUITOS (Radio Astoria S.A.) Medios de comunicación escrita: Lima: Diario EL COMERCIO (Empresa Editora El Comercio S.A) Diario EL TROME (Empresa Editora El Comercio S.A) Diario PERÚ 21 (Empresa Editora El Comercio S.A)Diario CORREO (Empresa Periodística Nacional S.A.) Diario AJÁ (Empresa Periodística Nacional S.A.) Diario LA REPÚBLICA (Compañía Impresora PeruanaS.A.) Diario EL BOCÓN (Empresa Periodística Nacional S.A.) Diario EL POPULAR (Compañía Impresora Peruana S.A.)Diario OJO (Empresa Periodística Nacional S.A.) Diario LA PRIMERA (Editora Noticia S.A.C.) Diario LIBERO (Compañía Impresora Peruana S.A.) Provincias: Diario CORREO – AREQUIPA (Empresa Periodística Nacional S.A.) Diario LA INDUSTRIA – TRUJILLO (Empresa Editora LaIndustria de Trujillo S.A.C.) Diario CORREO – PIURA (Empresa Periodística Nacional S.A.)Diario EL SOL – CUSCO (Ediciones y Producciones El Sol S.A.) Diario CORREO – HUANCAYO (Empresa PeriodísticaNacional S.A.) Diario LA REGIÓN – IQUITOS (Editora La Región S.A.C.) Que la Gerencia de Comunicación Corporativa de OSIPTEL sustenta la solicitud realizada en el informe Técnico remitido adjunto al Memorando Nº 404-GCC/2005 de fecha 6 de diciembre de 2005; Que la citada gerencia propone la contratación de los medios de comunicación sobre la base de un plan demedios debidamente sustentado y que ha sido elaborado con criterios objetivos, tales como la concentración geográfica de los usuarios de los servicios detelecomunicaciones, la preferencia del público objetivo por los medios masivos y los índices de audiencia y lectoría; Que de otro lado, mediante Informe Nº 056-GL/2005, la Gerencia Legal emite opinión favorable respecto de la contratación de los medios de comunicación antescitados; Que, en efecto, según lo manifestado en el citado Informe Legal los motivos expuestos precedentementepermiten concluir que el servicio requerido configura un servicio de carácter personalísimo y se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso f) del artículo 119º de lareferida Ley; Que conforme a lo dispuesto en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y el artículo 147º de su Reglamento, copia de la resolución que aprueba la exoneración y los informes que la sustentan deben serremitidos a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a