Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2005 (21/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de diciembre de 2005

En uso de las facultades conferidas en el Articulo 11º, literal i), del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2005-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2003PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios comprendidos en el Informe Nº 004-2005-CEPAD, de la Comision Especial de MORDAZA Administrativo Disciplinario constituida por Resolucion Ministerial Nº 039-2005-PRODUCE y modificada por Resoluciones Ministeriales Nº 204-2005PRODUCE y Nº 330-2005-PRODUCE, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion Ministerial a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios descrita en el articulo anterior para que proceda a efectuar las investigaciones correspondientes y emita el informe final, dentro del plazo de treinta (30) dias habiles improrrogable que senala el articulo 163º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM. Articulo 3º.- Disponer que la misma Comision Especial proceda a notificar la presente Resolucion Ministerial a los ex funcionarios procesados, de conformidad a lo establecido en los Articulos 27º, 28º y 29º del Reglamento Interno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 128-2002-PRODUCE, a efectos de que presenten sus descargos escritos y las pruebas que estimen conveniente en ejercicio de su derecho de defensa, concediendole para tal fin el plazo de cinco (05) dias habiles contado a partir del dia siguiente de la notificacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 21581 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 349-2005-PRODUCE MORDAZA, 19 de diciembre de 2005 Visto: el Informe Nº 092-2005-CPPAD/PRES del 12 de diciembre de 2005, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Produccion. CONSIDERANDO: Que, mediante el informe del visto la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Produccion da cuenta de la calificacion que ha efectuado a la documentacion remitida por la Secretaria General del Despacho Ministerial mediante Oficio Nº 1599-2004-PRODUCE/SG del 23 de diciembre 2004 sobre el Informe Nº 019-2004-02-5301 "Examen Especial de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero" emitido por la Oficina General de Auditoria Interna del Ministerio de la Produccion, recomendando al Titular del Sector la procedencia de instaurar MORDAZA administrativo disciplinario (Conclusion Nº 07); Que, en el informe de visto se senala que el servidor incurso en la Conclusion Nº 7 del mencionado informe de auditoria interna habria incurrido en responsabilidad administrativa, dado que habria incumplido las normas de la entidad que se consignan en el Manual de Organizacion y Funciones (MOF) aprobado por Resolucion Ministerial Nº 074-2003-PRODUCE, asi como en los incisos a), b) y d) del Articulo 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por

Decreto Legislativo Nº 276, y lo dispuesto en los articulos 127º y 129º de su Reglamento, lo que supondria que su conducta se encontraria tipificada en los supuestos de hecho que constituyen falta de caracter disciplinario establecidos en los literales a) y d) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, el Articulo 166º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, senala que la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de calificar las denuncias que le MORDAZA remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir MORDAZA administrativo disciplinario; Que, estando a lo recomendado por la Comision Pe r m a n e n t e de Procesos A d m i n i s t ra t i v os Disciplinarios del Ministerio de Produccion mediante documento del visto y conforme a los Articulos 150º, 151º, 153º, 168º y 173º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM y el Reglamento Interno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 128-2002-PRODUCE, y con la opinion de la Oficina de General de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 1463-2005-PRODUCE/OGAJ; En uso de las facultades conferidas en el Articulo 11º, literal i) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2005-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2003-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor comprendido en el Informe Nº 092-2005-CPPAD/PRES del 12 de diciembre de 2005, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Produccion, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion Ministerial a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Produccion para que proceda a efectuar las investigaciones correspondientes y emita el informe final, dentro del plazo de treinta (30) dias habiles improrrogable que senala el articulo 163º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM. Articulo 3º.- Disponer que la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Produccion proceda a notificar la presente Resolucion Ministerial al servidor procesado, de conformidad a lo establecido en los Articulos 27º, 28º y 29º del Reglamento Interno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 128-2002-PRODUCE, a efectos de que presente su descargo escrito y las pruebas que estime conveniente en ejercicio de sus derechos de defensa, concediendole para tal fin el plazo de cinco (5) dias habiles contado a partir del dia siguiente de la notificacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 21582

Prorrogan vigencia de regimen provisional para la extraccion comercial del calamar gigante o pota
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 352-2005-PRODUCE MORDAZA, 19 de diciembre de 2005

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