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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (21/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G36/G37/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de diciembre de 2005 SE RESUELVE : Artículo 1º.- Aprobar la NTS Nº 038-MINSA/DGSP- V.01: "Norma Técnica de Salud para Proyectos deArquitectura, Equipamiento y Mobiliario de Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención", que en documento adjunto forma parte integrante de lapresente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección Ejecutiva deServicios de Salud, se encargará de la difusión; y, el Programa Nacional de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, a través de la Dirección Ejecutiva deEquipamiento y Habilitación se encargará de supervisar el cumplimiento de la citada Norma Técnica de Salud. Artículo 3º.- Las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional son responsables del cumplimiento de la mencionada Norma Técnica de Salud, en el ámbito desus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones se encargará de la publicación de la referida NormaTécnica de Salud en la página web del Ministerio de Salud. Artículo 5º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 179-94-SA/DM que aprobó el "Programa Funcional Arquitectónico de Puesto de Salud" y, la Resolución Ministerial Nº 708-94-SA/DM que aprobó las "NormasTécnicas para la Elaboración de Proyectos Arquitectónicos de Centros de Salud". Regístrese, comuníquese y publíquese PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 21543 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20 /G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G72/G20 /G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20 /G64/G65 /G72/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G34/G35/G36/G2C/G20/G4C/G65/G79/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G2C/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G70/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G72/GF3/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 971-2005/MINSA Lima, 19 de diciembre del 2005Visto el Expediente Nº 05-553555-001, que contiene el Oficio N° 009-2005-COMISION/TMP; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28456, se promulgó la Ley del Trabajo del Profesional de la Salud Tecnólogo Médico,disponiendo en su Quinta Disposición Complementaria y Final que el Ministerio de Salud reglamentará la mencionada Ley; Que, por Resolución Ministerial Nº 197-2005/MINSA, se conformó una Comisión encargada de elaborar el proyecto de reglamento de la acotada Ley; Que, dicha Comisión ha elaborado el proyecto de reglamento de la Ley del Trabajo del Profesional de la Salud Tecnólogo Médico, el mismo que resultaconveniente poner a disposición de la opinión pública interesada, con la finalidad de recepcionar las sugerencias o recomendaciones que pudieran contribuira su perfeccionamiento; Con las visaciones del Viceministro de Salud y el Director General de la Oficina General de AsesoríaJurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio deSalud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique en el portal electrónico del Ministerio de Salud, hasta por un período de quince (15)días naturales, el proyecto de reglamento de la LeyNº 28456, Ley del Trabajo del Profesional de la Salud Tecnólogo Médico. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 21544 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 967-2005/MINSA Mediante Oficio Nº 3479-2005-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Ministerial Nº 967-2005/MINSA, publicada en nuestra edición del día 17 de diciembre de 2005. Último párrafo del CONSIDERANDO DICE: De conformidad con lo previsto en el artículo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 82º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el artículo 7º de la LeyNº 27594 literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y el inciso l) del artículo 8º de la Ley Nº 27594; DEBE DECIR: De conformidad con lo previsto en el artículo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 82º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por DecretoSupremo Nº 005-90-PCM, el artículo 7º de la Ley Nº 27594 y el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; 21527 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E /G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G61/G20/G54/G65/G6C/G65/G66/GF3/G6E/G69/G63/G61/G20/G4D/GF3/G76/G69/G6C/G65/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G6C/G65/G66/G6F/G6E/GED/G61 /G6D/GF3/G76/G69/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 942-2005-MTC/03 Lima, 14 de diciembre de 2005Visto, el Expediente Nº 943270, presentado por la empresa BELLSOUTH PERÚ S.A. (hoy TELEFÓNICAMÓVILES S.A.), sobre adecuación del contrato de concesión para la prestación del servicio público de telefonía móvil; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 439-91- TC/15.17 del 28 de junio de 1991, el Ministerio de Transportes yComunicaciones definió el área de concesión para el establecimiento de la operación y explotación del servicio público de telefonía móvil para Lima y Callao, así como labanda de frecuencia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 440-91- TC/ 15.17 del 28 de junio de 1991, se aprobó el contrato deconcesión para la prestación del servicio público de telefonía móvil a favor de la EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A.; habiéndose suscrito el 28 de junio de1991; Que, por Resolución Viceministerial Nº 859-2001- MTC/15.03 del 2 de octubre de 2001, se aprueba latransferencia de la concesión para la prestación del