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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (23/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 46

PÆg. 306948 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de diciembre de 2005 Otorgan licencia de operación a Tecnológica de Alimentos S.A. paraprocesamiento de productos hidrobio-lógicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 408-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 7 de diciembre del 2005 Visto el escrito con registros Nº 00042311, del 30 de noviembre del 2005, presentado por TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que los artículos 43º inciso d), y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca - establecen que para la autorización de instalación de establecimientosindustriales y para la operación de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requieren de la autorización y licencia correspondientes, la queconstituyen derechos que el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) otorga a nivel nacional; Que por Resolución Directoral Nº 119-2005- PRODUCE/DNEPP de fecha 3 de mayo del 2005, se otorgó a la empresa TECNOLÓGICA DE ALIMENTOSS.A. autorización para instalar una planta de congelado de productos hidrobiológicoos, con destino al consumo humano directo, a instalarse en su establecimientoindustrial pesquero ubicado a la altura del Km 14.1 de la Av. Nestor Gambeta (carretera a Ventanilla), ex Fundo Márquez, Provincia Constitucional del Callao,departamento de Lima, con la capacidad proyectada de 388,8 t/día y con una capacidad de almacenamiento de 8 000 t; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita licencia para la operación de la planta de congelado de productos hidrobiológicos, en su establecimientoindustrial citado en el considerando que antecede; Que la Dirección Nacional de Medio Ambiente mediante Constancia de Verificación Nº 017-2005-PRODUCE/DINAMA, del 21 de noviembre del 2005, señala que TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A. ha cumplido con implementar las medidas de mitigaciónpresentadas en su Estudio de Impacto Ambiental para su planta de congelado de productos hidrobiológicos; Que el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP mediante Protocolo Sanitario Nº PSL-006-05-CG-DICS, del 16 de noviembre del 2005, declara haber auditado/ inspeccionado la planta de acuerdo a los requisitos ycondiciones establecidos en la Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobada con Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; y señala que la citadaplanta, al momento de la auditoría/inspección se adecua a los requerimientos de diseño, construcción y equipamiento establecidos en la Norma Sanitaria; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante su Informe Nº 343-2005-PRODUCE/DNEPP-Dch, que sustenta la procedencia técnica de lo solicitado y señala que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitosestablecidos en el procedimiento Nº 28, del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y con laopinión legal emitida por la instancia correspondiente; De conformidad con lo establecido en los artículos 43º inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977-LeyGeneral de Pesca; los artículos 49º, 53º numeral 53.1 y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y del Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y En uso de las facultades conferidas mediante el artículo 118 del Reglamento de la Ley General de Pesca,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A., licencia de operación para quedesarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de su planta de congelado, ensu establecimiento industrial ubicado a la altura del Km 14.1 de la Av. Nestor Gambeta (carretera a Ventanilla), ex Fundo Márquez, Provincia Constitucional del Callao, con las siguientes capacidades instaladas: Congelado : 388,8 t/día.Almacenamiento de productos congelados : 8 000 t Artículo 2º.- TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A., deberá operar su planta de congelado de productoshidrobiológicos con sujeción a las normas legales reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como a las relativas a la preservación del medio ambientey las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá contar con unsistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto final; así como deberá poner en operación los equipos y/o sistemas de mitigaciónverificados por la Dirección Nacional de Medio Ambiente, según se señala en la Constancia de Verificación Nº 017-2005-PRODUCE/DINAMA del 21 de noviembredel 2005; y además cumplir los requerimientos operativos establecidos en la Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobadas por Decreto SupremoNº 040-2001-PE, sustentados en el Protocolo Sanitario Nº PSL-006-05-CG-DICS del 16 de noviembre del 2005. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo establecido en el artículo precedente será causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder, según sea el caso. Artículo 4º.- Incorporar al Anexo II, "Plantas de Procesamiento Pesquero Congelado" de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, a TECNOLÓGICADE ALIMENTOS S.A., como titular de la licencia de operación de la planta de congelado descrita en el artículo 1º de la presente resolución directoral. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, y consignarseen el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 21668 RELACIONES EXTERIORES Oficializan evento "Taller de Diagnóstico y Formulación de los Planes de Acción Nacional de Tiburones" realizado en la ciudad deLima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1397-2005-RE Lima, 19 de diciembre de 2005 VISTO:El Oficio Nº 1129-2005-PRODUCE/DVM/PE, mediante la cual el Viceministro de Pesquería, solicita laoficialización del evento "Taller de Diagnóstico y Formulación de los Planes de Acción Nacional de Tiburones", que se llevó a cabo en la ciudad de Lima, del7 al 11 de noviembre de 2005. CONSIDERANDO:Que, la ciudad de Lima ha sido sede del evento "Taller de Diagnóstico y Formulación de los Planes de AcciónNacional de Tiburones", el cual se realizó en la ciudad de Lima, del 7 al 11 de noviembre de 2005, el cual fue organizado por la Organización Latinoamericana deDesarrollo Pesquero (OLDEPESCA) y el Departamento de Pesca de la FAO;