Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2005 (23/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de diciembre de 2005

de Justicia de MORDAZA, cese por limite de edad, se le otorgue especial reconocimiento por los anos prestados al servicio de la Nacion. Articulo Segundo.- Que, el reconocimiento precitado, se MORDAZA efectivo en Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, conforme a la alta investidura que detenta el cargo de Magistrado del Poder Judicial, dandosele ademas, las MORDAZA por la labor desempenada. Articulo Tercero.- Pongase en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Oficina de Protocolo y Oficina de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAU MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21728

judiciales del area laboral de los Modulos I y II para dichos fines. Quinto: Que, la ejecucion de la presente medida conlleva a la necesidad de distribuir los expedientes de los Juzgados de Familia y Civil en forma aleatoria y equitativa entre cada perito judicial, requiriendo ello la creacion de un software que permita a los Administradores de los Juzgados de Familia y Civil competentes su distribucion bajo esos criterios, tal como lo propone la Administracion Distrital en el Informe Nº 069-2005-A-CSJLI/PJ. Sexto: Que, en tanto se elabore e instale el software de control pericial, la Administracion Distrital sugiere la implementacion de un Sistema Manual de Distribucion de expedientes en forma aleatoria y equitativa, cuyo procedimiento a seguir fue aprobado en sesion de la fecha. Septimo: Que, para que los Magistrados Civiles y de Familia en la materia indicada tomen conocimiento celere y oportunamente de la presente disposicion, el Consejo Ejecutivo Distrital, ha considerado pertinente comunicarla via correo electronico y por el Diario Oficial El Peruano, mediante su publicacion. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en sesion extraordinaria, por unanimidad: ACORDO: Articulo Primero.- DISPONER que a partir de la publicacion de la presente resolucion, los Peritos Judiciales asignados a los Juzgados de Trabajo de la sede "Javier MORDAZA Valdez", brinden apoyo a los Juzgados de Familia y Juzgados Civiles, ubicados en la indicada sede, en la elaboracion de liquidaciones de pensiones, devengados e intereses de los procesos en materia de alimentos y de los procesos de MORDAZA en materia previsional, segun corresponda la competencia del Juzgado. Articulo Segundo.- APROBAR el Sistema de Distribucion Manual de expedientes de Familia que se aplicara en tanto no se apruebe el software de distribucion aleatoria que desarrollara el Area de Desarrollo de la Presidencia, siendo el procedimiento a seguir para su materializacion el siguiente: a) Cada Administrador de Modulo de los Juzgados de Familia, abrira un Libro denominado "Registro de Distribucion Manual de Expedientes de Familia", donde registrara los expedientes provenientes de los Juzgados de Familia pendientes de elaborar la liquidacion de pensiones e intereses que van a ser remitidos a los peritos judiciales del area laboral. En el Libro mencionado, se consignara los nombres de los peritos, el numero de expediente, los cuadernos y/o acompanados adjuntos, las partes del MORDAZA, las fojas, entre otros datos principales. b) El registro y distribucion de expedientes estara a cargo de los administradores de los Modulos de Familia I y II, quienes en forma mensual y bajo responsabilidad se turnaran y asumiran la recepcion de los expedientes derivados de los diversos Juzgados de Familia, procediendo a su registro y distribucion diaria a los Peritos Judiciales adscritos a los Juzgados de Trabajo de los Modulos I y II de tal manera que el primer expediente recibido sea dirigido al primer perito judicial asignado al Modulo Laboral I, prosiguiendose en forma sucesiva con los Peritos del referido modulo, para posteriormente continuar con aquellos asignados al Modulo Laboral II, hasta completar con el total del numero de peritos asignados a los Modulos Laborales iniciandose nuevamente la secuencia de distribucion y asignacion con los demas expedientes. c) El Administrador encargado del turno de distribucion de expedientes, efectuara en forma diaria la entrega del expediente al perito judicial consignando ello en el Libro indicado, en el que se senalara la fecha de entrega y la devolucion del mismo por parte del perito, asi como debera consignar la fecha de recepcion y devolucion del expediente al Juzgado de origen. Articulo Tercero.- DISPONER que para la distribucion de los procesos civiles con liquidaciones en materia previsional a que se refiere el MORDAZA considerando, se aplique, de igual forma, el procedimiento descrito en el articulo 2º de la presente resolucion, para lo cual la Oficina

Aprueban el Sistema de Distribucion Manual de expedientes de Familia y disponen que Peritos Judiciales asignados a Juzgados de Trabajo apoyen a Juzgados de Familia y Civiles de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 313-2005-CED-CSJLI/PJ MORDAZA, 7 de diciembre del 2005 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Primero: Que, de conformidad con los numerales 10) y 19) del articulo 96º de la Ley Organica del Poder Judicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital adoptar las medidas que requiera el regimen interior del Distrito Judicial asi como adoptar las medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes, funcionen con eficiencia y oportunidad. Segundo: Que, los Jueces de Familia que conocen materia civil, solicitan que los Peritos Judiciales asignados a los Juzgados de Trabajo del Modulo Corporativo Laboral (Modulo I y II) ubicados en la sede judicial "Javier MORDAZA Valdez", continuen apoyando en la elaboracion de las liquidaciones de pensiones e intereses generados en los procesos judiciales de alimentos, como lo venian haciendo en oportunidades anteriores, en razon de no contar los Juzgados de Familia con profesionales especializados para el desarrollo de dicho procedimiento, en aras de salvaguardar los derechos de los justiciables alimentistas. Tercero: Que, si bien es MORDAZA la problematica de recursos humanos por razones de elevada carga procesal, aunada a las restricciones presupuestales que afronta la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, limita la posibilidad de asignar peritos judiciales a Juzgados de Familia para los fines descritos en el parrafo precedente, tambien lo es que debemos atencion prioritaria a la familia, conforme el articulo 4º de la Constitucion Politica del Estado; por lo que el Consejo Ejecutivo Distrital considera de imperiosa necesidad que los Juzgados de Familia cuenten con el MORDAZA de los peritos judiciales asignados a los Juzgados de Trabajo de los Modulos I y II en cuanto a la elaboracion de la liquidacion de pensiones e intereses en los procesos de alimentos. Cuarto: Que, no menos preocupante es la oportuna atencion que se les debe procurar a las liquidaciones de pensiones y sus respectivos devengados e intereses en materia previsional derivadas de los procesos de MORDAZA que se tramitan en los Juzgados civiles y cuya demora en su elaboracion afecta el derecho de los pensionistas a una justicia pronta y eficaz; por lo que de la misma manera se requiere el apoyo de los peritos

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