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PÆg. 306958 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de diciembre de 2005 de Justicia de Lima, cese por límite de edad, se le otorgue especial reconocimiento por los años prestados al servicio de la Nación. Artículo Segundo.- Que, el reconocimiento precitado, se hará efectivo en Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Lima, conforme a la alta investidura que detenta el cargo de Magistrado del PoderJudicial, dándosele además, las gracias por la labor desempeñada. Artículo Tercero.- Póngase en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Oficina de Protocolo yOficina de Administración Distrital, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLAANA PATRICIA LÁU DEZA OSCAR MENDOZA FERNÁNDEZ 21728 Aprueban el Sistema de Distribución Manual de expedientes de Familia ydisponen que Peritos Judicialesasignados a Juzgados de Trabajo apoyen a Juzgados de Familia y Civiles de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 313-2005-CED-CSJLI/PJ Lima, 7 de diciembre del 2005VISTOS Y CONSIDERANDOS: Primero: Que, de conformidad con los numerales 10) y 19) del artículo 96º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distritaladoptar las medidas que requiera el régimen interior del Distrito Judicial así como adoptar las medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicialcorrespondientes, funcionen con eficiencia y oportunidad. Segundo: Que, los Jueces de Familia que conocen materia civil, solicitan que los Peritos Judiciales asignadosa los Juzgados de Trabajo del Módulo Corporativo Laboral (Módulo I y II) ubicados en la sede judicial “Javier Alzamora Valdez”, continúen apoyando en la elaboración de lasliquidaciones de pensiones e intereses generados en los procesos judiciales de alimentos, como lo venían haciendo en oportunidades anteriores, en razón de no contar losJuzgados de Familia con profesionales especializados para el desarrollo de dicho procedimiento, en aras de salvaguardar los derechos de los justiciables alimentistas. Tercero: Que, si bien es cierto la problemática de recursos humanos por razones de elevada carga procesal, aunada a las restricciones presupuestales que afronta laCorte Superior de Justicia de Lima, limita la posibilidad de asignar peritos judiciales a Juzgados de Familia para los fines descritos en el párrafo precedente, también lo es quedebemos atención prioritaria a la familia, conforme el artículo 4º de la Constitución Política del Estado; por lo que el Consejo Ejecutivo Distrital considera de imperiosa necesidad quelos Juzgados de Familia cuenten con el auxilio de los peritos judiciales asignados a los Juzgados de Trabajo de los Módulos I y II en cuanto a la elaboración de la liquidación depensiones e intereses en los procesos de alimentos. Cuarto: Que, no menos preocupante es la oportuna atención que se les debe procurar a las liquidaciones depensiones y sus respectivos devengados e intereses en materia previsional derivadas de los procesos de amparo que se tramitan en los Juzgados civiles y cuyademora en su elaboración afecta el derecho de los pensionistas a una justicia pronta y eficaz; por lo que de la misma manera se requiere el apoyo de los peritosjudiciales del área laboral de los Módulos I y II para dichos fines. Quinto: Que, la ejecución de la presente medida conlleva a la necesidad de distribuir los expedientes delos Juzgados de Familia y Civil en forma aleatoria y equitativa entre cada perito judicial, requiriendo ello la creación de un software que permita a losAdministradores de los Juzgados de Familia y Civil competentes su distribución bajo esos criterios, tal como lo propone la Administración Distrital en el InformeNº 069-2005-A-CSJLI/PJ. Sexto: Que, en tanto se elabore e instale el software de control pericial, la Administración Distrital sugiere laimplementación de un Sistema Manual de Distribución de expedientes en forma aleatoria y equitativa, cuyo procedimiento a seguir fue aprobado en sesión de la fecha. Séptimo: Que, para que los Magistrados Civiles y de Familia en la materia indicada tomen conocimiento célere y oportunamente de la presente disposición, el ConsejoEjecutivo Distrital, ha considerado pertinente comunicarla vía correo electrónico y por el Diario Oficial El Peruano, mediante su publicación. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, ensesión extraordinaria, por unanimidad: ACORDÓ:Artículo Primero.- DISPONER que a partir de la publicación de la presente resolución, los PeritosJudiciales asignados a los Juzgados de Trabajo de la sede “Javier Alzamora Valdez”, brinden apoyo a los Juzgados de Familia y Juzgados Civiles, ubicados en laindicada sede, en la elaboración de liquidaciones de pensiones, devengados e intereses de los procesos en materia de alimentos y de los procesos de amparo enmateria previsional, según corresponda la competencia del Juzgado. Artículo Segundo.- APROBAR el Sistema de Distribución Manual de expedientes de Familia que se aplicará en tanto no se apruebe el software de distribución aleatoria que desarrollará el Área de Desarrollo de laPresidencia, siendo el procedimiento a seguir para su materialización el siguiente: a) Cada Administrador de Módulo de los Juzgados de Familia, abrirá un Libro denominado “Registro de Distribución Manual de Expedientes de Familia”, donde registrará losexpedientes provenientes de los Juzgados de Familia pendientes de elaborar la liquidación de pensiones e intereses que van a ser remitidos a los peritos judiciales delárea laboral. En el Libro mencionado, se consignará los nombres de los peritos, el número de expediente, los cuadernos y/o acompañados adjuntos, las partes delproceso, las fojas, entre otros datos principales. b) El registro y distribución de expedientes estará a cargo de los administradores de los Módulos de FamiliaI y II, quienes en forma mensual y bajo responsabilidad se turnarán y asumirán la recepción de los expedientes derivados de los diversos Juzgados de Familia,procediendo a su registro y distribución diaria a los Peritos Judiciales adscritos a los Juzgados de Trabajo de los Módulos I y II de tal manera que el primerexpediente recibido sea dirigido al primer perito judicial asignado al Módulo Laboral I, prosiguiéndose en forma sucesiva con los Peritos del referido módulo, paraposteriormente continuar con aquellos asignados al Módulo Laboral II, hasta completar con el total del número de peritos asignados a los Módulos Laborales iniciándosenuevamente la secuencia de distribución y asignación con los demás expedientes. c) El Administrador encargado del turno de distribución de expedientes, efectuará en forma diaria la entrega del expediente al perito judicial consignando ello en el Libro indicado, en el que se señalará la fecha deentrega y la devolución del mismo por parte del perito, así como deberá consignar la fecha de recepción y devolución del expediente al Juzgado de origen. Artículo Tercero.- DISPONER que para la distribución de los procesos civiles con liquidaciones en materiaprevisional a que se refiere el cuarto considerando, se aplique, de igual forma, el procedimiento descrito en el artículo 2º de la presente resolución, para lo cual la Oficina