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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (23/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 72

PÆg. 306974 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de diciembre de 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 21 de noviembre del 2005, trató el tema relacionado al Cuadropara Asignación de Personal – C.A.P. y Cuadro Nominativo de Personal – C.N.P. de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es misión delGobierno Regional organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marcode las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, el literal f) del artículo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es competencia constitucional del Gobierno Regional, dictar normas inherentes a la gestión regional; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar oderogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, resulta pertinente la implementación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción ySaneamiento aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 033-05-GRA/CR de fecha 15 de julio del 2005; Que, el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 43-2004- PCM, establece que los Cuadros para Asignación de Personal – CAP, deben ser aprobados por Ordenanza Regional, en el caso de los Gobiernos Regionales; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización yadministración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria - Ley Nº 27902, el Consejo Regional con el voto mayoritario de sus miembros aprobó la siguienteOrdenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación del Personal – C.A.P. y el Cuadro Nominativo de Personal - C.N.P. de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción ySaneamiento, Órgano Desconcentrado de Línea Sectorial del Gobierno Regional de Ayacucho, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DÉJESE sin efecto toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla.OMAR QUESADA MARTÍNEZ Presidente 21671 GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO Aprueban Plan Vial Departamental Participativo HuÆnuco 2006-2015,Región HuÆnuco ORDENANZA REGIONAL Nº 037-2005-E-CR-GRH Huánuco, 9 de diciembre del 2005.LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO POR CUANTO:Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha veintiocho de junio del dos mil cinco, el temarelacionado al Plan Vial Departamental Participativo Huánuco 2006 - 2015; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regionalde acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral ysostenible de la región, conforme lo expresan los artículos dos, cuatro y cinco de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica de GobiernosRegionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, asimismo los numerales uno, cuatro, y siete del artículo ocho de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales número veintisiete mil ochocientos sesentay siete, precisa que la gestión de los Gobiernos Regionales se rige entre otros, por los principios de participación, inclusión y equidad, señalando aún másen el artículo sesenta del mismo cuerpo legal las funciones específicas que ejercen los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad deoportunidades; Que, es función exclusiva de los Gobiernos Regionales, planificar el desarrollo integral de su regióny ejecutar programas socio económico en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo; Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regionalen proyectos de infraestructura vial, conforme lo precisan los incisos “a y d” numeral uno del artículo diez de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,concordante con lo previsto en el literal “a” del artículo cincuenta y seis de la acotada norma legal que señala que son funciones en materia de Transportes, formular,aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transporte de la región, de conformidad con las políticasnacionales y los planes sectoriales; Que, de otro lado, el Gobierno Regional Huánuco, ha suscrito el convenio de cooperaciónInterinstitucional con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones signado con el número cero cinco del dos mil cinco de fecha uno de marzo del dos milcinco, a fin de llevar a cabo la formulación del Plan Vial Departamental Participativo el cual permitirá fortalecer la capacidad de gestión regional en relación al temade viabilidad, dicho Plan constituye un instrumento básico para el proceso de acreditación y transferencias de PROVIAS Departamental, y de estaforma acceder al programa de caminos Departamentales; y siendo política de este Gobierno Regional facilitar la participación democrática yresponsable de los ciudadanos, así como llevar adelante actividades desarrolladas para fomentar la participación ciudadana en nuestro departamento; Que, el literal a) del artículo quince de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que esatribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones delGobierno Regional; Estando, a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos quince, treinta y siete, y treintay ocho de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales y estando a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesiónde Consejo Regional de la referencia; ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN VIAL DEPARTAMENTAL PARTICIPATIVO HUÁNUCO 2006 -