Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2005 (25/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NUMERO Y FECHA DE R.M. 0117 del 14/02/05 0188 del 07/03/05 0188 del 07/03/05 0270 del 08/04/05 0272 del 08/04/05 0272 del 08/04/05 0348 del 22/04/05 0380 del 10/05/05 0409 del 16/05/05 0422 del 18/05/05 0423 del 18/05/05 0424 del 18/05/05 0782 del 03/08/05 0827 del 10/08/05 0860 del 12/08/05 0910 del 31/08/05 0910 del 31/08/05 0968 del 12/09/05 0987 del 12/09/05 0987 del 12/09/05 0988 del 12/09/05

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de diciembre de 2005

SERVIDOR O FUNCIONARIO AUTORIZADO A VIAJAR Ministro Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reinel Primer Secretario MORDAZA MORDAZA MORDAZA Joo Embajador MORDAZA MORDAZA Lecaros de Cossio Primer Secretario MORDAZA MORDAZA Arciniega MORDAZA Embajadora MORDAZA MORDAZA Cupuy Ministra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Watkins Consejera MORDAZA MORDAZA Gervasi MORDAZA Embajadora MORDAZA MORDAZA Gamio de Barrenechea Ministro MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Embajador MORDAZA Azula De La MORDAZA Consejero MORDAZA MORDAZA Arciniega Luces Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Senor MORDAZA MORDAZA Munoz MC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sra. MORDAZA Pumasupa MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CPC MORDAZA MORDAZA Memenza MORDAZA CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MC MORDAZA MORDAZA Chuquihuara Chil

PERIODO DE VIAJE Del 16/02/05 al 18/02/05 Del 14/03/05 al 18/03/05 Del 14/03/05 al 18/03/05 Del 12/04/05 al 22/04/05 Del 18/04/05 al 20/04/05 Del 18/04/05 al 20/04/05 Del 26/04/05 al 29/04/05 Del 18/05/05 al 20/05/05 Del 26/05/05 al 27/05/05 Del 24/05/05 al 26/05/05 Del 22/05/05 al 31/05/05 Del 30/05/05 al 6/06/05 Del 10 /08/05 al 12/08/05 Del 11/08/05 al 12/08/05 Del 22/08/05 al 23/08/05 Del 7/09/05 al 25/09/05 Del 7/09/05 al 24/09/05 Del 19/09//05 al 26/09/05 Del 18/09/05 al 1/10/05 Del 18/09/05 al 1/10/05 Del 12/09/05 al 23/09/05

MONTO APROBADO (US$) 621.46 1225.36 1246.64 3898.94 2219.68 2219.68 657.51 410.00 506.47 2579.71 2946.20 2481.02 1,230.18 188.00 203.97 4,690.00 1,590.83 1,558.46 1,924.00 1,924.00 1,946.20

MONTO MODIFICADO (US$) 640.16 1517.8 1517.8 4067.49 2294.34 2294.34 721.31 555.26 518.97 2637.63 3281.82 2700.86 1,263.02 233.24 297.50 4,933.08 1,733.83 1,715.25 2,039.53 2,039.53 2,124.35

Articulo Segundo.- Dejar subsistente en todo lo demas las Resoluciones Ministeriales de autorizacion de viajes al exterior a que se refiere el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 21894 para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 183º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan, asimismo debe acompanarse la documentacion tendiente a verificar el cumplimiento del articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, mediante Informe Nº 908-2005-MTC/17.01.ssr MORDAZA con Informes Nºs. 948 y 1210-2005-MTC/ 17.01.ssr la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por la EMPRESA RADIO LIDER S.R.L., cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona juridica la autorizacion y permiso solicitados; senalandose ademas que debe establecerse como obligacion, a cargo de la MORDAZA mencionada persona juridica, la MORDAZA del Proyecto de Comunicacion dentro del periodo de instalacion y prueba, documento que es requerido por la Administracion a efectos de evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorizacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobada por Decreto Supremo

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizacion a Empresa Radio Lider S.R.L. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 618-2005-MTC/03 MORDAZA, 14 de diciembre del 2005 VISTO, el Expediente Nº 2002-012877 la EMPRESA RADIO LIDER S.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada, en la localidad de Punta de Bombon-La Curva-Cocachacra, en el distrito de Cocachacra, provincia de Islay, depar tamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Asimismo, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas

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