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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G37/G31/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de diciembre de 2005 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G52/G61/G64/G69/G6F /G4C/G69/G64/G65/G72/G20/G53/G2E/G52/G2E/G4C/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6E/G6F/G72/G61/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G46/G4D RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 618-2005-MTC/03 Lima, 14 de diciembre del 2005 VISTO, el Expediente Nº 2002-012877 la EMPRESA RADIO LIDER S.R.L., sobre otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada, en la localidad de Punta deBombón-La Curva-Cocachacra, en el distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de lasmodalidades, se requiere de autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19ºdel Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005- MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión establece que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicaspara establecer un servicio de radiodifusión. Asimismo, señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de permiso, el cual es la facultadque otorga el Estado a personas naturales o jurídicaspara instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar elservicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones señala que para obtener autorización para prestar elservicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicha norma sedetallan, asimismo debe acompañarse la documentación tendiente a verificar el cumplimiento del artículo 25º del Reglamento de la Ley de Radio yTelevisión; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposición Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, mediante Informe Nº 908-2005-MTC/17.01.ssr ampliado con Informes Nºs. 948 y 1210-2005-MTC/ 17.01.ssr la Dirección de Concesiones y Autorizacionesde Telecomunicaciones, señala que la solicitud presentada por la EMPRESA RADIO LIDER S.R.L., cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo queresulta procedente otorgar a la referida persona jurídica la autorización y permiso solicitados; señalándose además que debe establecerse como obligación, a cargode la antes mencionada persona jurídica, la presentación del Proyecto de Comunicación dentro del período de instalación y prueba, documento que es requerido por laAdministración a efectos de evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorización; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, la PrimeraDisposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada por Decreto SupremoNÚMERO Y SERVIDOR O FUNCIONARIO PERÍODO DE MONTO MONTO FECHA DE R.M. AUTORIZADO A VIAJAR VIAJE APROBADO (US$) MO DIFICADO (US$) 0117 del 14/02/05 Ministro Consejero Carlos Alberto Chocano Burga Del 16/02/05 al 18/02/05 621.46 640.16 0188 del 07/03/05 Embajador Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel Del 14/03/05 al 18/03/05 1225.36 1517.8 0188 del 07/03/05 Primer Secretario Luis A lberto Castro Joo Del 14/03/05 al 18/03/05 1246.64 1517.8 0270 del 08/04/05 Embajador Luis Armando Lecaros de Cossio Del 12/04/05 al 22/04/05 3898.94 4067.49 0272 del 08/04/05 Primer Secretario Arturo Javier Arciniega Calderón Del 18/04/05 al 20/04/05 2219.68 2294.34 0272 del 08/04/05 Embajadora Martha Chavarri Cupuy D el 18/04/05 al 20/04/05 2219.68 2294.34 0348 del 22/04/05 Ministra Dora M aría Salazar Vda. De Watkins Del 26/04/05 al 29/04/05 657.51 721.31 0380 del 10/05/05 Consejera Ana Cecilia Gervasi Díaz Del 18/05/05 al 20/05/05 410.00 555.26 0409 del 16/05/05 Embajadora Juana Nita Gamio de Barrenechea Del 26/05/05 al 27/05/05 506.47 518.97 0422 del 18/05/05 Ministro José Eduardo Chavarri García Del 24/05/05 al 26/05/05 2579.71 2637.63 0423 del 18/05/05 Embajador Vicente Azula De La Guerra Del 22/05/05 al 31/05/05 2946.20 3281.82 0424 del 18/05/05 Consejero Gino Edmundo Arciniega Luces Del 30/05/05 al 6/06/05 2481.02 2700.86 0782 del 03/08/05 Embajador Jorge Dante Federico Chávez Soto Del 10 /08/05 al 12/08/05 1,230.18 1,263.02 0827 del 10/08/05 Señor Ad rián Donayre Muñoz Del 11/08/05 al 12/08/05 188.00 233.24 0860 del 12/08/05 MC Guido Toro Cornejo Del 22/08/05 al 23/08/05 203.97 297.50 0910 del 31/08/05 Sra. Milagros Pumasupa Terán Del 7/09/05 al 25/09/05 4,690.00 4,933.08 0910 del 31/08/05 Sr. Wilfredo Gonzáles Segovia Del 7/09/05 al 24/09/05 1,590.83 1,733.83 0968 del 12/09/05 Embajador José Alberto Carrión Tejada Del 19/09//05 al 26/09/05 1,558.46 1,715.25 0987 del 12/09/05 CPC Di ana Alicia Memenza Sáenz Del 18/09/05 al 1/10/05 1,924.00 2,039.53 0987 del 12/09/05 CPC Javier López Manrique Del 18/09/05 al 1/10/05 1,924.00 2,039.53 0988 del 12/09/05 MC Alfredo Raúl Chuquihuara Chil Del 12/09/05 al 23/09/05 1,946.20 2,124.35 Artículo Segundo.- Dejar subsistente en todo lo demás las Resoluciones Ministeriales de autorización de viajes al exterior a que se refiere el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 21894