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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G37/G31/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de diciembre de 2005 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G69/G66/G75/G6E/G64/G69/G72/G20/G72/G65/G63/G6F/G6D/G65/G6E/G64/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 469-2005-INDECI 22 de diciembre del 2005 VISTOS: Los Memorándums Nºs. 1073 y 1113-2005-INDECI/ 7.2 de fechas 14.NOV.2005 y 22.DIC.2005, respectivamente, expedidos por la Unidad de Imagen Institucional del INDECI, el Informe Técnico Nº 054-2005-INDECI/12.0 de fecha 25.NOV.2005, emitido por la Dirección Nacional de Logística, el Memorandum Nº 714- 2005-INDECI/4.0 de fecha 08.NOV.2005, expedido porla Oficina de Planificación y Presupuesto y el Informe Legal Nº 256-2005/INDECI/5.0 de fecha 15.DIC.2005 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 19338 y sus normas ampliatorias y modificatorias, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI es elorganismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil – SINADECI, encargado de la organización de la población, coordinación, planeamientoy control de las actividades de Defensa Civil, correspondiéndole, entre otros, participar en la formulación y difusión de la Doctrina de Seguridad yDefensa Nacional en lo concerniente a Defensa Civil; Que, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM, en concordancia con el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, señala que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección, los servicios personalísimos para contratar,entre otros, con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas, dentro de los cuales se encuentran los servicios de publicidad que prestan alEstado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que losdistinguen; Que, la empresa Telefónica Publicidad e Información Perú S.A.C es la única empresa en el país que cuentacon la publicación denominada Páginas Amarillas y Páginas Blancas, con un tiraje a nivel nacional estimado de más de 1.4 millones de ejemplares que permitirádifundir las recomendaciones de seguridad en Defensa Civil, así como la línea 115, herramienta valiosa del SINADECI para atender emergencias dentro del territorionacional; Que, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado corresponde que la Dirección Nacional de Logística efectúe mediante acciones inmediatas la contratación directa del servicio dePublicación en las Páginas Amarrillas y Páginas Blancas, materia de la presente exoneración; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y los artículos 145º, 146 y 147º de suReglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084- 2004-PCM y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Jefatural Nº 001-2005-INDECI y elReglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo N° 059-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 005-2003-PCM ypor Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM y con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Dirección Nacional de Logística; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR de la realización del proceso de selección denominado Adjudicación DirectaSelectiva la contratación directa con la Empresa Telefónica del Perú S.A. para que brinde el servicio de Publicación en Páginas Blancas y Páginas Amarillas, al tratarse de servicios personalísimos, por el valorreferencial de S/. 53,959.36 (Cincuenta y tres mil novecientos cincuenta y nueve con 36/100 nuevos soles). Artículo Segundo.- DISPONER que la Dirección Nacional de Logística se encargue de realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario OficialEl Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE y en la página WEB del INDECI. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaría General, ingrese la presente Resolución en el Archivo General del INDECI y remita copia autenticada porfedatario a la Subjefatura, a la Dirección Nacional de Logística y a la Oficina de Asesoría Jurídica para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 21810 OSITRAN /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G72/G65/G6D/G69/G74/G69/G72/G20/G6F/G66/G65/G72/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G6C/G65/G6F/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61 /G22/G52/G65/G64/G20/G43/G69/G6C/G20/G50/G72/G6F/G65/G6D/G70/G6C/G65/G6F/G22/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6D/G70/G6C/G65/G6F RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 026-2005-PD-OSITRAN Lima, 21 de diciembre de 2005 VISTO: El Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, que aprueba las Disposiciones Reglamentarias de la Ley Nº 27336, referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado; y, la carta derenuncia de fecha 28 de noviembre de 2005, presentada por la señora Rosario Soto Tam. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Ley Nº 27336, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, se dispone la transmisión mediante Radio Nacional delPerú y Canal 7, de avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2º del D.S. Nº 012-2004-TR, los Organismos Públicos se encuentran obligados a remitir al Programa "Red Cil Proempleo" del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, a excepción de los puestos calificados como de confianza según la normatividadlaboral pública vigente; Que, asimismo, el referido Decreto Supremo dispone que todos los Organismos Públicos deberán designar alfuncionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, a través de una Resolución del titular de la Entidad; Que, por Resolución de Presidencia Nº 025-2004- PD-OSITRAN se designó al señor José Antonio Espinosa Saavedra como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa "Red CilProempleo", el mismo que ha cesado su vínculo laboral con la Institución, por lo cual es necesario designar un nuevo responsable; Que, por Resolución de Presidencia Nº 001-2005- PD-OSITRAN se designó a la señora Rosario Soto Tam como funcionaria responsable de remitir las ofertas deempleo de la entidad al Programa "Red Cil Proempleo", la misma que se encuentra de vacaciones desde el 19 hasta el 28 de diciembre, fecha en la cual culminará suvínculo laboral con la Institución, por lo cual es necesario designar un nuevo responsable;