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PÆg. 307551 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de diciembre de 2005 aprobó la ampliación de la modalidad de incorporación al Proceso de Promoción de Inversión Privada en losservicios de saneamiento del ámbito de SEDAMHUANCAYO S.A.C, incorporándose la posibilidad de ejecutar alguna de las modalidades previstas en el literal c) del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674,aprobándose asimismo la modificación del Plan dePromoción de la Inversión Privada a que se refiere elconsiderando precedente; Que, conforme al artículo 11º del Decreto Supremo Nº 060-96-PCM y el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo a que se refiere el considerandoprecedente debe ser ratificado por ResoluciónSuprema: Que, de igual modo, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN aprobó ratificar el encargo para la conducción del referido proceso, al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y deServicios Públicos; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de laInversión Privada - PROINVERSIÓN, conforme al cual seaprobó la ampliación de la modalidad de incorporaciónal Proceso de Promoción de la Inversión Privada de los servicios de agua potable y alcantarillado de la ciudad de Huancayo de competencia de SEDAM HUANCAYOS.A.C. Artículo 2º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la InversiónPrivada - PROINVERSIÓN, conforme al cual se aprobó lamodificación del Plan de Promoción de la Inversión Privadade los servicios de agua potable y alcantarillado de competencia de SEDAM HUANCAYO S.A.C. Artículo 3º.- Ratificar el encargo conferido al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos, para llevar adelante el proceso, deconformidad con lo dispuesto en la Resolución SupremaNº 228-2002-EF. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por elMinistro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 22050 Aprueban renovación de plazo de Carta- Convenio a celebrarse entre elMinisterio y el PNUD, para la ejecucióndel Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Pœblico creado por D.L. N” 25650 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 161-2005-EF Lima, 28 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 010-2003-EF se aprobó la modificación de la Carta - Convenio celebrado entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Programade las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD, para laejecución del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Públicocreado por el Decreto Ley Nº 25650; Que, a fin de que el Estado continúe recibiendo asistencia especializada se ha considerado por convenienterenovar el plazo de vigencia de la Carta – Convenio hasta el 31 de diciembre de 2008; De conformidad con lo dispuesto por la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar, la renovación del plazo de la Carta - Convenio a celebrarse entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Programa de las Naciones Unidaspara el Desarrollo - PNUD hasta el 31 de diciembre de2008, cuyo texto forma parte de la presente ResoluciónSuprema. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 22051 EDUCACIÓN Exoneran de proceso de selección la adquisición, configuración, instalacióny puesta en marcha de equipo decomunicaciones de nivel crítico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0761-2005-ED Lima, 22 de diciembre de 2005VISTO; el Informe emitido por la Oficina de Informática, adjunto al Memorándum Nº 1476-2005/MED-SPE-OFIN; el Informe Nº 2168-2005-ME/SG-OAJ, emitido por la Oficinade Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 1476-2005/MED-SPE- OFIN, el Jefe de la Oficina de Informática del Ministerio deEducación, comunica la necesidad de tramitar la adquisición, configuración, instalación y puesta en marcha del equipo de comunicaciones de nivel crítico -Switch de core, módulos,tarjetas y cables de comunicación asociados- con el objetode reducir en el más breve plazo el alto nivel devulnerabilidad que ha alcanzado la red como consecuenciade la sucesiva postergación del proceso de reforzamiento por razones presupuestales; manifestando además que debe considerarse el incremento significativo de ataquesde los hackers, y que de producirse un nuevo ataque a lared, por nuestras limitaciones en la plataforma, se puedeproducir un colapso de la misma; Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, señala que están exoneradas de los procesos deselección las adquisiciones y contrataciones que serealicen: “en situación de emergencia o dedesabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley”; Que, mediante el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, establece que se consideraDesabastecimiento Inminente aquella situaciónextraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones,servicios, actividades u operaciones productivas que laEntidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y el artículo 146º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescriben que la resolución o acuerdo que apruebe laexoneración del proceso de selección, requiere