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PÆg. 307536 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de diciembre de 2005 Tasa de mora: 1,0% sobre la tasa de interés. Garantías: Mandatos irrevocables de pago sobre las cuentas que tenga PANTEL en el sistemafinanciero nacional y las que posea en elfuturo, debidamente confirmadas por lasinstituciones involucradas a satisfacción del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3º.- Suscripción de documentos Autorízase al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público a suscribir todos los documentos que se deriven de las reprogramaciones que se apruebanen los artículos precedentes. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 22043 Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Aæo Fiscal2006 de los Organismos Pœblicos Des-centralizados y Empresas de los Gobier-nos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 183-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53º numeral 53.1 punto 3 literal c) de la Ley Nº 28411 - Ley General delSistema Nacional de Presupuesto, la Dirección Nacional del Presupuesto Público basado en los proyectos de presupuesto revisados, en las sustentaciones realizadas y en el resultado delas coordinaciones efectuadas con cada una de las Entidadesaprueba el Presupuesto Consolidado de los Organismos PúblicosDescentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales yGobiernos Locales, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, dentro de lo que dispone el Titulo II Capítulo VI de la precitada Ley, dichas Entidades en lo referente a laprogramación y formulación, aprobación, ejecución yevaluación presupuestaria, se sujetan, en las partes que lesea aplicable, a lo establecido en la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley de Presupuesto del Sector Público, así como a las Directivas que, para talefecto, emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, el artículo 36º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, señala que las entidades del Sector Público cuyo presupuesto no forme parte del Presupuesto General de laRepública, deben aprobar éste a más tardar el 15 dediciembre del año previo a su entrada en vigencia, por elórgano correspondiente establecido en las normas vigentes; Que, en consecuencia es necesario dictar las medidas que permitan a los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Localesregular su proceso presupuestario para el Año Fiscal 2006; De conformidad con el artículo 118º numeral 8) de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 28411 -Ley Generaldel Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 36º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 -Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobadocon Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. DECRETA : Artículo 1º.- Aprobación del Presupuesto Consolidado de Ingresos y EgresosApruébase el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2006, de los Organismos PúblicosDescentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionalesy Gobiernos Locales, ascendente a la suma de MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100NUEVOS SOLES (S/.1 542 730 741,00), conforme al detallesiguiente: (EN NUEVOS SOLES) INGRESOS Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados 1 437 532 693 12 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo 36 470 200 13 Donaciones y Transferencias 68 727 848 TOTAL INGRESOS 1 542 730 741 =========== (EN NUEVOS SOLES) EGRESOS Categorías del Gasto 5 Gastos Corrientes 1 196 249 2036 Gastos de Capital 301 759 915 7 Servicio de la Deuda 44 721 623 TOTAL EGRESOS 1 542 730 741 =========== Artículo 2º.- Desagregado del Presupuesto de Apertura El desagregado del Presupuesto aprobado en el artículo precedente, a nivel de Organismo Público Descentralizadoy Empresa del Gobierno Regional y Gobierno Local, sedetallan en los Anexos que forman parte de la presentenorma legal, de acuerdo a lo siguiente: Descripción Anexo Distribución del Ingreso de los Organismos PúblicosDescentralizados y Empresas de los GobiernosRegionales y Gobiernos LocalesPor Fuente de Financiamiento Anexo Nº I Distribución del Egreso de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los GobiernosRegionales y Gobiernos LocalesPor Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de Gasto Anexo Nº II Distribución del Egreso de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los GobiernosRegionales y Gobiernos LocalesPor Grupo Genérico del Gasto - Recursos Públicos Anexo Nº III Distribución del Egreso de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos LocalesPor Grupo Genérico de Gasto - Recursos Directamente Anexo Nº III-1Recaudados Distribución del Egreso de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos LocalesPor Grupo Genérico de Gasto -Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo Anexo Nº III-2 Distribución del Egreso de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos LocalesPor Grupo Genérico de Gasto - Donaciones y Anexo Nº III-3Transferencias Artículo 3º.- Reporte Oficial Para fines de aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura, la Dirección Nacional del Presupuesto Público remitea las Entidades el Reporte Oficial “Aprobación Institucional deApertura para el Año Fiscal 2006”, antes del inicio del añofiscal, que contiene el desagregado del Presupuesto deIngresos a nivel de Entidad, Fuente de Financiamiento y Específica del Ingreso, y de Egresos por Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Categoría del Gasto, GrupoGenérico de Gasto y Fuente de Financiamiento, resultante delproceso de formulación y programación.