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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (29/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 307539 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de diciembre de 2005 Nº 183-2005-PRODUCE/CAS 10/11/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa INVERSIONES PESQUERAS LA PARRA S.A.C. , contra la Resolución Directoral Nº 340- 2004-PRODUCE/ DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presenteresolución, quedando agotada la vía administrativa. Nº 184-2005-PRODUCE/CAS 10/11/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor HECTOR PALMA CASTRO en representación de JOSE FLORENCIO PALMA CASTRO y CLEMENTINA EFFIO HUAMANCHUMO , contra la Resolución Directoral Nº 492- 2005-PRODUCE/DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución,quedando agotada la vía administrativa. Nº 185-2005-PRODUCE/CAS 21/11/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa CORPORA- CION PESQUERA INCA S.A. , contra la Resolución Directoral Nº 240-2004- PRODUCE/ DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa. Nº 186-2005-PRODUCE/CAS 21/11/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa CORPORA- CION PESQUERA INCA S.A. , contra la Resolución Directoral Nº 256-2004- PRODUCE/ DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presenteresolución, quedando agotada la vía administrativa. Nº 187-2005-PRODUCE/CAS 21/11/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la EMPRESA PESQUERA SAN FERMIN S.A. , contra la Resolución Directoral Nº 273-2004-PRODUCE/DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, que- dando agotada la vía administrativa. Nº 188-2005-PRODUCE/CAS 21/11/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la EMPRESA PESQUERA SAN FERMIN S.A. , contra la Resolución Directoral Nº 283-2004-PRODUCE/DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, que-dando agotada la vía administrativa. Nº 189-2005-PRODUCE/CAS 21/11/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor HOMERO IGNA- CIO NUREÑA VILLANUEVA , contra la Resolución Directoral Nº 735-2005- PRODUCE/ DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presenteresolución, quedando agotada la vía administrativa. Nº 190-2005-PRODUCE/CAS 24/11/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa PACIFIC FISHING BUSINESS S.A.C. (anteriormente GRUPO DE NEGOCIOS PAITA S.A. ), contra la Resolución Directoral Nº 290-2004-PRODUCE/DINSECOVI, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía admi- nistrativa. Nº 191-2005-PRODUCE/CAS 24/11/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa COMPAÑIA PESQUERA DEL PACIFICO CENTRO S.A. , contra la Resolución Directoral Nº 323-2004- PRODUCE/DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de lapresente resolución, quedando agotada la vía administrativa. Nº 192-2005-PRODUCE/CAS 24/11/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa CORPORA- CION PESQUERA INCA S.A. , contra la Resolución Directoral Nº 254-2004-PRODUCE/ DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presenteresolución, quedando agotada la vía administrativa. Nº 193-2005-PRODUCE/CAS 24/11/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa PESQUERA DIAMANTE S.A. , contra la Resolución Directoral Nº 347-2004-PRODUCE/DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, que- dando agotada la vía administrativa. Nº 194-2005-PRODUCE/CAS 24/11/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la EMPRESA PESQUERA SAN FERMIN S.A. , contra la Resolución Directoral Nº 267-2004-PRODUDUCE/DINSECO- VI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución,quedando agotada la vía administrativa. Nº 195-2005-PRODUCE/CAS 02/12/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la EMPRESA PESQUERA SAN FERMIN S.A. , contra la Resolución Directoral Nº 269-2004-PRODUDUCE/DINSECO- VI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa. Nº 196-2005-PRODUCE/CAS 02/12/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa INVERSIONES PESQUERAS LA PARRA S.A.C. , contra la Resolución Directoral Nº 263- 2004-PRODUCE/ DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presenteresolución, quedando agotada la vía administrativa. Nº 197-2005-PRODUCE/CAS 02/12/05 Declarar INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la empresa PESCA PERU CHIMBOTE NORTE S.A. , contra la Resolución Directoral Nº 648-2005-PRODUCE/DINSE- COVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución,quedando agotada la vía administrativa. Nº 198-2005-PRODUCE/CAS 02/12/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa PESQUERA VIRGEN DEL VALLE S.A.C. , contra la Resolución Directoral Nº 064-2005-PRODUCE/DIN- SECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolu-ción. Nº 199-2005-PRODUCE/CAS 02/12/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A. , contra la Resolución Directoral Nº 057-2004-PRODUCE/DINSECO- VI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedan-do agotada la vía administrativa. Nº 200-2005-PRODUCE/CAS 02/12/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A. , contra la Resolución Directoral Nº 225-2004-PRODUCE/DINSECO- VI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedan- do agotada la vía administrativa. Nota:Las notificaciones a los interesados se efectuarán conforme a lo dispuesto por el artículo 21º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 21947