Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2005 (30/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 30 de enero de 2005

blico, establecen que cada Entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones consolidando la informacion de los procesos de adquisiciones y contrataciones a efectuarse en el ano fiscal correspondiente; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 216-2004A/MDC de fecha 16 de diciembre de 2004 y su modificatoria mediante Resolucion de Alcaldia Nº 244-2004-A/ MDC de fecha 31 de diciembre de 2004, se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos para ejercicio 2005 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; Que, la Gerencia Administrativa y la Unidad de Logistica como areas responsables de planificar los procesos de seleccion, en coordinacion con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, han procesado y consolidado los requerimientos de las areas usuarias de la Municipalidad para la elaboracion del Plan Anual en MORDAZA con el Presupuesto Institucional aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 244-2004A/MDC de fecha 31 de diciembre de 2004; Que, en este contexto en uso de las facultades que el confiere la normatividad senalada en el primer considerando que regula el procedimiento de elaboracion e informacion que debe contener el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Publico; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administracion, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, Estando a lo expuesto, y a lo establecido por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM; y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla para el Ejercicio Fiscal 2005, el mismo que adjunto forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Unidad de Logistica es la dependencia responsable de planificar los procesos de seleccion en MORDAZA con las metas institucionales propuestas y respetando el Presupuesto Institucional aprobado. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de la Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, la presente Resolucion, de conformidad con las Normas de Contrataciones y Adquisiciones del Estado vigentes. Articulo Cuarto.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el articulo primero sea puesto a disposicion del publico para ser revisado y/o adquirido en la oficina de la Unidad de Logistica, cuyo costo de reproduccion es de S/. 5.00 (Cinco y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Quinto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo establecido en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA 02071

CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, referente a los Derechos, Obligaciones y Remuneracion del senor MORDAZA, senala que el MORDAZA provincial o distrital, segun sea el caso desempena su cargo a tiempo completo y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion; Que, asimismo el precitado articulo, senala que el monto de la remuneracion mensual del MORDAZA, es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso; por lo que se estima conveniente reducir el monto de la remuneracion mensual del senor MORDAZA, fijado en el ejercicio presupuestal 2004 segun Acuerdo de Concejo Nº 001-2004-MDL en 2.90625 de 1 UIT, a 2.8181 de 1 UIT para el ejercicio fiscal 2005; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º Inc. 28) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; por MAYORIA y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- REDUCIR, para el presente Ejercicio Fiscal 2005, el monto de la remuneracion mensual del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lince, el mismo que sera equivalente a 2.8181 de la Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T). Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General y Gerencia de Administracion el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02030 ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2005-MDL Lince, 11 de enero de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, la necesidad de fijar el monto de las dietas que deberan percibir los senores Regidores de la Municipalidad Distrital de Lince, durante el Ejercicio Fiscal 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 12º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion; Que, asimismo el precitado articulo, senala que el monto de las dietas es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso; por lo que se estima conveniente reducir el monto de las dietas de los senores Regidores fijado en el ejercicio presupuestal 2004 mediante Acuerdo de Concejo

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Reducen montos de remuneracion mensual de MORDAZA y de dietas de regidores para el Ejercicio Fiscal 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2005-MDL Lince, 11 de enero de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de la fecha, la necesidad de fijar el monto de la remuneracion mensual del senor MORDAZA, durante el Ejercicio Fiscal 2005; y,

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