Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2005 (30/01/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, MORDAZA 30 de enero de 2005
N° Sociedad

NORMAS LEGALES
Codigo de Registro 0003 0272 0016 0037 0151 0042 0089 0014 0049 0025 0392 0432 0126 0249 0435 0381 0098 0041 0018 0071 0066 0161 0088

Pag. 285839

21 MORDAZA & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA 22 MORDAZA MORDAZA Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL 23 MORDAZA MORDAZA MORDAZA & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 24 MORDAZA, MORDAZA Y ASOCIADOS, CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL 25 MORDAZA MORDAZA MORDAZA CONTADORES PUBLICOS ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 26 NOLES MORDAZA & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 27 MORDAZA Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 28 MORDAZA & MORDAZA CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL 29 MORDAZA MORDAZA Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA 30 MORDAZA MORDAZA & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 31 MORDAZA RUFFNER & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 32 MORDAZA AUDITORES & ASOCIADOS S.CIVIL 33 MORDAZA Y MORDAZA CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL 34 UMAR AUDITORES ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 35 MORDAZA MORDAZA Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 36 URIOL Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 37 MORDAZA & ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL 38 MORDAZA & ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL 39 MORDAZA & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL- AUDITORES CONSULTORES 40 MORDAZA PISCOYA Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS 41 MORDAZA & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 42 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL 43 MORDAZA, MORDAZA Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL

Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoria la supervision de lo autorizado en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 02216

Autorizan a procurador impulsar acciones por presuntos delitos cometidos en la tramitacion de concesion de servicios en telefonia fija local, seguido ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 037-2005-CG MORDAZA, 28 de enero de 2005 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 03-2005-CG/ GDPC de 28.ENE.2005, los Oficios Nºs. 1212-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 10.NOV.2004, 1397-2004DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 29.DIC.2004, 04-2005DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 4.ENE.2005 y el Parte Nº 028-2004-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 29.DIC.2004, resultante de las coordinaciones efectuadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, con la Tercera Fiscalia Especializada en Delitos de Corrupcion de Funcionarios, respecto al Informe de Verificacion de Denuncias Nº 015-2004-CG/GDPC de 2.NOV.2004, efectuado en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, a traves del Oficio Nº 1531-2004-CG/DC de 19.JUL.2004

dispuso se efectue una Verificacion de Denuncia en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en torno al otorgamiento y suscripcion del contrato de concesion con la Empresa "Telecomunicaciones Hemisfericas S.A.C.", para la prestacion de servicios en telefonia fija local, en la modalidad de abonados por el plazo de 20 anos en el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, designando para el caso una Comision a efecto de practicar la citada verificacion; Que, como resultado de dicha Verificacion se emitio el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 0152004-CG/GDPC de 2.NOV.2004, en el cual se ha evidenciado la existencia de indicios razonables de comision de los delitos de Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales y Aprovechamiento Indebido del Cargo, ilicitos tipificados en los articulos 377º y 397º del Codigo Penal, respectivamente, al haberse verificado que funcionarios del referido Ministerio orientaron la tramitacion del expediente de la Empresa Telecomunicaciones Hemisfericas S.A.C., permitiendo diversas omisiones y defectos que afectan la correccion, transparencia y duracion del procedimiento llevado a cabo por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; asimismo, indicios razonables de comision de los delitos de Falsedad Generica y Falsificacion de Documentos, ilicitos tipificados en los Articulos 438º y 427º del Codigo Penal, respectivamente, al haberse verificado que es falso lo consignado en la Ficha de Datos Personales de un accionista de la referida empresa, respecto a un supuesto vinculo laboral con otra empresa de telecomunicaciones; asi como la presunta falsificacion en la firma de documentos suscritos por el representante legal de Telecomunicaciones Hemisfericas S.A.C.; Que, debido a la existencia de presuntas irregularidades que denotaban indicios razonables de comision de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fin, se solicito la participacion de la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General de la Republica, a efecto que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Parte de Vistos, en el que comunica que el Informe Nº 015-2004-CG/GDPC, fue remitido a la Tercera Fiscalia Provincial Penal Especializada en Delitos de Corrupcion de Funcionarios, la cual ha informado que los hechos consignados por la Contraloria General en el referido Informe de Verificacion de Denuncias, son objeto de un MORDAZA penal ante el MORDAZA Juzgado Penal Especial de MORDAZA, y que ha formulado una denuncia penal ampliatoria contra funcionarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por delitos contra la Administracion Publica, Corrupcion de funcionarios y otros, previstos y sancionados en el Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 015-2004-CG/GDPC de 2.NOV.2004 , asi como en la documentacion de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.