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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2005 (30/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G38/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 30 de enero de 2005 COSTOS MONTOS (S/.) % Costos Directos 16’801,814.00 83.4% Costos Indirectos 1’ 902,486.64 9.4% Costos Fijos 1’ 448,265.72 7.2% TOTAL 25’152,566.36 100.0% Que, en atención a lo expuesto en los párrafos prece- dentes, se concluye que las Ordenanzas Nº 093 y Nº 094,esta última precisada por la Ordenanza Nº 095, se encuen- tran conformes a la normatividad vigente contenida en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Texto Único Ordenadodel Código Tributario y la Ley de Tributación Municipal. Que, al evaluar la Ordenanza Nº 094, precisada por la Ordenanza Nº 095, que establece para el año 2005 elmonto de los Arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo, vigentes durante el ejercicio 2004, además de precisar que para el ejercicio 2005, los mon-tos de los arbitrios antes señalados se determinaran de acuerdo a la Ordenanza Nº 014-98 y sus modificato- rias, respectivamente; el SAT las ha encontrado ade-cuadas a la normatividad vigente establecida en el De- creto Legislativo Nº 776 y a los lineamientos estableci- dos en su Directiva Nº 001-006-00000001 del SAT. Que, en cuanto a la publicación de las normas mate- ria de ratificación, se debe señalar que la Municipalidad Distrital ha cumplido con la publicación en el Diario Ofi-cial El Peruano de las Ordenanzas Nº 093 y Nº 094 el 20 de noviembre de 2004 y la Ordenanza Nº 095 el 31 de diciembre de 2004. ACORDÓ: Artículo Único.- Ratificar las Ordenanzas Nº 093 y Nº 094, esta última precisada por la Ordenanza Nº 095,mediante las cuales la Municipalidad Distrital de La Moli- na establecen el Régimen Tributario y el monto de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públi-cos y Serenazgo, correspondientes al ejercicio 2005, a aplicarse en su jurisdicción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 02009 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 012-2005-A-MDC Cieneguilla, 25 de enero de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: El Informe Nº 002-2005-MDC/GA de la Gerencia Ad- ministrativa de fecha 20 de enero de 2005, en la cual remiten el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionespara el año 2005 de la Municipalidad Distrital de Ciene- guilla, para su respectiva aprobación: CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el artículo 25º de su Reglamento, apro-bado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y la Resolu- ción Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE de fecha 29 de di- ciembre de 2003 que aprueba la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE que regula el procedimiento de ela- boración y el contenido de los Planes Anuales de Adquisi- ciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Pú-dos de los Arbitrios Municipales los predios destinados a las delegaciones policiales y cuarteles pertenecientes a las Fuer- zas Policiales y Fuerzas Armadas; asimismo, establece que la exoneración comprende las áreas destinadas a cochera,aires, azoteas, tendales, depósitos y estacionamientos. Que, finalmente la Ordenanza Nº 093 establece en su Artículo Octavo, un beneficio especial a los ex combatien-tes de la Campaña Militar de 1941 y del Conflicto de la Zona del Alto Cenepa, los cuales gozarán de un descuento del 50% sobre el monto a pagar por los Arbitrios Municipales.Dicho beneficio alcanza a los ex combatientes propietarios de un solo inmueble, a nombre propio de la sociedad con- yugal, que esté destinado a vivienda de los mismos. Agre-ga, que se cumple con el requisito de la única propiedad cuando además de la vivienda, el ex combatiente posea otra unidad inmobiliaria constituida por la cochera. Que, los Artículos Nº 69-A y Nº 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establecen un trimestre específico para el cálculo del arbitrio, así comola publicación de la misma a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior al de su aplicación. Del mismo modo, se aprecia que si al 31 de diciembre del ejercicioanterior no se establecen los arbitrios o el nuevo régimen tributario, sólo podrá determinarse el importe de la tasa según el monto de las tasas cobradas al 1 de enero del añofiscal anterior reajustado con la variación del IPC. Que, cabe mencionar que la Ordenanza materia de ratificación ni siquiera varía los montos de los arbitriosaumentándoles la variación del IPC, por lo que se man- tienen exactamente igual respecto del año anterior. En ese sentido, cualquier modificación o precisión a las nor-mas sometidas a ratificación, debe ser evaluada en con- sideración a los principios y normas de un procedimien- to legislativo, y conforme a las disposiciones contenidasen la Ordenanza Nº 607 y sus modificatorias, introduci- das por mediante Ordenanzas Nº 648 y Nº 689. Que, es importante subrayar que, una Ordenanza que establece los montos de los arbitrios ya aprobado por una Municipalidad Distrital y ratificada por la Municipalidad Pro- vincial respectiva, se mantiene invariable para el siguien-te periodo o ejercicio fiscal, carecería de sentido elaborar un informe técnico al respecto; sin embargo, al no haber- se ratificado la Ordenanza distrital que establece el montode los arbitrios 2004, se ha requerido a la Municipalidad Distrital de La Molina la información relacionada con la estructura de sus costos e ingresos potenciales, los quehan sido evaluados dentro principios y normas legislati- vas emitidas sobre la materia, además de la disposicio- nes contenidas en la Ordenanza Nº 607 y modificatorias,además de los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 001-006-00000001-SAT, como corresponde. Que, la Municipalidad para el ejercicio 2005, aplicará las mismas tasas y criterios considerados de uso de predio y valor de predio que se establecieron con su última modifi- catoria ratificada para el ejercicio 2000. Por lo que unaevaluación técnica sobre información ya revisada genera el mismo resultado que la del año que fue ratificada, por lo que de acuerdo al informe técnico de la Ordenanza materiade ratificación, la Municipalidad Distrital incurre en los si- guientes costos anuales por cada servicio para el periodo 2005, tal como lo muestra el siguiente cuadro: RESUMEN ANUAL DE LOS INGRESOS VS. COSTOS POR SERVICIOS MUNICIPALES 2005 ORDENANZA Nº 094, PRECISADA POR LA ORDENANZA Nº 095 (En nuevos soles) SERVICIO INGRESOS COSTOS DIFERENCIA COBERTURA POTENCIALES (S/.) ( INGRESOS- (%) (S/.) COSTOS) Limpieza Pública 9,416,756.24 9,416,756.24 (-.-) 100.00 % Parques y Jardines 5,366,030.44 5,366,030.44 (-.-) 100.00 % Serenazgo 5,369,779.68 5,369,779.68 (-.-) 100.00 % COSTO TOTAL 20,152,566.36 20,152,566.36 (-.-) 100.00 % Fuente: Municipalidad Distrital de la Molina Que, se puede observar en el cuadro precedente que los ingresos anuales cubren el 100% de los costos anuales incurridos en cada servicio. Por otro lado, deacuerdo al informe técnico de la Ordenanza materia de ratificación, la Municipalidad Distrital incurre en costos anuales por cada servicio, estos costos se encuentrande acuerdo a los lineamientos de la Directiva Nº 001- 006-0000001-SAT correspondiente a la Ordenanza Nº 607, que se pueden observar en el siguiente cuadro: