Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2005 (30/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, MORDAZA 30 de enero de 2005

NORMAS LEGALES
COSTOS Costos Directos Costos Indirectos Costos Fijos TOTAL

Pag. 285847
MONTOS (S/.) 16'801,814.00 1'902,486.64 1'448,265.72 25'152,566.36 % 83.4% 9.4% 7.2% 100.0%

dos de los Arbitrios Municipales los predios destinados a las delegaciones policiales y cuarteles pertenecientes a las Fuerzas Policiales y Fuerzas Armadas; asimismo, establece que la exoneracion comprende las areas destinadas a cochera, aires, azoteas, tendales, depositos y estacionamientos. Que, finalmente la Ordenanza Nº 093 establece en su Articulo Octavo, un beneficio especial a los ex combatientes de la MORDAZA Militar de 1941 y del Conflicto de la MORDAZA del Alto Cenepa, los cuales gozaran de un descuento del 50% sobre el monto a pagar por los Arbitrios Municipales. Dicho beneficio alcanza a los ex combatientes propietarios de un solo inmueble, a nombre propio de la sociedad conyugal, que este destinado a vivienda de los mismos. Agrega, que se cumple con el requisito de la unica propiedad cuando ademas de la vivienda, el ex combatiente posea otra unidad inmobiliaria constituida por la cochera. Que, los Articulos Nº 69-A y Nº 69-B del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, establecen un trimestre especifico para el calculo del arbitrio, asi como la publicacion de la misma a mas tardar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior al de su aplicacion. Del mismo modo, se aprecia que si al 31 de diciembre del ejercicio anterior no se establecen los arbitrios o el MORDAZA regimen tributario, solo podra determinarse el importe de la tasa segun el monto de las tasas cobradas al 1 de enero del ano fiscal anterior reajustado con la variacion del IPC. Que, cabe mencionar que la Ordenanza materia de ratificacion ni siquiera varia los montos de los arbitrios aumentandoles la variacion del IPC, por lo que se mantienen exactamente igual respecto del ano anterior. En ese sentido, cualquier modificacion o precision a las normas sometidas a ratificacion, debe ser evaluada en consideracion a los principios y normas de un procedimiento legislativo, y conforme a las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 607 y sus modificatorias, introducidas por mediante Ordenanzas Nº 648 y Nº 689. Que, es importante subrayar que, una Ordenanza que establece los montos de los arbitrios ya aprobado por una Municipalidad Distrital y ratificada por la Municipalidad Provincial respectiva, se mantiene invariable para el siguiente periodo o ejercicio fiscal, careceria de sentido elaborar un informe tecnico al respecto; sin embargo, al no haberse ratificado la Ordenanza distrital que establece el monto de los arbitrios 2004, se ha requerido a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA la informacion relacionada con la estructura de sus costos e ingresos potenciales, los que han sido evaluados dentro principios y normas legislativas emitidas sobre la materia, ademas de la disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 607 y modificatorias, ademas de los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 001-006-00000001-SAT, como corresponde. Que, la Municipalidad para el ejercicio 2005, aplicara las mismas tasas y criterios considerados de uso de predio y valor de predio que se establecieron con su MORDAZA modificatoria ratificada para el ejercicio 2000. Por lo que una evaluacion tecnica sobre informacion ya revisada genera el mismo resultado que la del ano que fue ratificada, por lo que de acuerdo al informe tecnico de la Ordenanza materia de ratificacion, la Municipalidad Distrital incurre en los siguientes costos anuales por cada servicio para el periodo 2005, tal como lo muestra el siguiente cuadro:
RESUMEN ANUAL DE LOS INGRESOS VS. COSTOS POR SERVICIOS MUNICIPALES 2005 ORDENANZA Nº 094, PRECISADA POR LA ORDENANZA Nº 095 (En nuevos soles)
SERVICIO INGRESOS POTENCIALES (S/.) 9,416,756.24 5,366,030.44 5,369,779.68 COSTOS (S/.) 9,416,756.24 5,366,030.44 5,369,779.68 DIFERENCIA COBERTURA ( INGRESOS(%) COSTOS) (-.-) (-.-) (-.-) (-.-) 100.00 % 100.00 % 100.00 % 100.00 %

Que, en atencion a lo expuesto en los parrafos precedentes, se concluye que las Ordenanzas Nº 093 y Nº 094, esta MORDAZA precisada por la Ordenanza Nº 095, se encuentran conformes a la normatividad vigente contenida en la Ley Organica de Municipalidades, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y la Ley de Tributacion Municipal. Que, al evaluar la Ordenanza Nº 094, precisada por la Ordenanza Nº 095, que establece para el ano 2005 el monto de los Arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo, vigentes durante el ejercicio 2004, ademas de precisar que para el ejercicio 2005, los montos de los arbitrios MORDAZA senalados se determinaran de acuerdo a la Ordenanza Nº 014-98 y sus modificatorias, respectivamente; el SAT las ha encontrado adecuadas a la normatividad vigente establecida en el Decreto Legislativo Nº 776 y a los lineamientos establecidos en su Directiva Nº 001-006-00000001 del SAT. Que, en cuanto a la publicacion de las normas materia de ratificacion, se debe senalar que la Municipalidad Distrital ha cumplido con la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de las Ordenanzas Nº 093 y Nº 094 el 20 de noviembre de 2004 y la Ordenanza Nº 095 el 31 de diciembre de 2004. ACORDO: Articulo Unico.- Ratificar las Ordenanzas Nº 093 y Nº 094, esta MORDAZA precisada por la Ordenanza Nº 095, mediante las cuales la Municipalidad Distrital de La MORDAZA establecen el Regimen Tributario y el monto de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, correspondientes al ejercicio 2005, a aplicarse en su jurisdiccion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 02009

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el Ejercicio Fiscal 2005
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 012-2005-A-MDC Cieneguilla, 25 de enero de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: El Informe Nº 002-2005-MDC/GA de la Gerencia Administrativa de fecha 20 de enero de 2005, en la cual remiten el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2005 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, para su respectiva aprobacion: CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el articulo 25º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y la Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE de fecha 29 de diciembre de 2003 que aprueba la Directiva Nº 005-2003CONSUCODE/PRE que regula el procedimiento de elaboracion y el contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Pu-

Limpieza Publica Parques y Jardines Serenazgo COSTO TOTAL

20,152,566.36 20,152,566.36

Fuente: Municipalidad Distrital de la MORDAZA

Que, se puede observar en el cuadro precedente que los ingresos anuales cubren el 100% de los costos anuales incurridos en cada servicio. Por otro lado, de acuerdo al informe tecnico de la Ordenanza materia de ratificacion, la Municipalidad Distrital incurre en costos anuales por cada servicio, estos costos se encuentran de acuerdo a los lineamientos de la Directiva Nº 001006-0000001-SAT correspondiente a la Ordenanza Nº 607, que se pueden observar en el siguiente cuadro:

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