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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (04/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 48

PÆg. 286206 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de febrero de 2005 acto administrativo de Evaluación de las Propuestas Técnicas por tratarse de un vicio sustancial de nuli- dad; Que, resultan fundados en parte los recursos de apelación interpuestos contra el Acta de Sesión del Comité Especial Nº 10 y contra el Oficio Circular Nº 002-2005 - CPN Nº 009-2004-MTC/20 del 21 de enerode 2005, correspondientes al Concurso Público Na- cional Nº 009-2004-MTC/20 - Supervisión de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera PuentePaucartambo - Oxapampa; Que, según lo establecido por el artículo 166º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, el recurso de apelación se pre- sentará ante el Comité Especial, quien lo elevará para su correspondiente resolución al Titular del Pliego ola máxima autoridad administrativa de la Entidad, se- gún corresponda, siendo indelegable esta competen- cia; De conformidad con la Ley Nº 27444, el Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar fundados en parte los re- cursos de apelación interpuestos por los Postores Consorcio Vial Centro contra el Acta de Sesión del Comité Especial Nº 10 y Consorcio SupervisorOxapampa contra el Oficio Circular Nº 002-2005 - CPN Nº 009-2004-MTC/20 del 21 de enero de 2005, y, en consecuencia, nulo el acto de Evaluación de lasPropuestas Técnicas correspondientes al Concurso Público Nacional Nº 009-2004-MTC/20 - Supervisión de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Ca-rretera Puente Paucartambo - Oxapampa, debiendo retrotraerse el proceso hasta el acto señalado, co- rrespondiéndole al Comité Especial calificar las Pro-puestas Técnicas según lo expuesto estrictamente en las Bases Integradas, en el Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 2º.- Transcribir a los miembros del Comi- té Especial la presente resolución. Artículo 3º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días de su expedición. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolu- ción así como de los antecedentes respectivos, a la Gerencia de Auditoría Interna de PROVÍAS NACIO- NAL, a fin que se determinen las responsabilidades aque hubiera lugar. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 02481 Declaran nulo otorgamiento de la bue- na pro de concurso pœblico sobrecontratación de servicio de fotocopiado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 057-2005-MTC/10 Lima, 1 de febrero de 2005 VISTO:El recurso de apelación interpuesto por el represen- tante del Postor COPISERVICE EIRL. contra el otorga- miento de la Buena Pro del Concurso Público NacionalNº 0012-2004-MTC/10 convocado para la contratación del Servicio de Fotocopiado para la Unidad Ejecutora 001 Administración General del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones.CONSIDERANDO: Que, el 13 de enero de 2005 se efectuó el Otorgamien- to de la Buena Pro del Concurso Público Nacional Nº0012-2004-MTC/10, convocado para la contratación del Servicio de Fotocopiado para la Unidad Ejecutora 001 Administración General del MTC, resultando ganador elPostor Consorcio REPRESENTACIONES JAAM S.A. - MAQUINARIAS JAAM S.A., en adelante el Postor Gana- dor; Que, con fecha 19 de enero de 2005, COPISERVICE E.I.R.L., en adelante el Postor Impugnante, interpone recurso de apelación contra el otorgamiento de la BuenaPro del Concurso Público Nacional Nº 0012-2004-MTC/ 22, solicitando se declare la nulidad del proceso y se retrotraiga a la etapa de calificación de propuestas téc-nicas, por haber incurrido el Comité Especial en error material al otorgarle 8 puntos en el rubro Volumen de Facturación Semestral en lugar del puntaje máximo de16 puntos; Que, el Postor Impugnante fundamenta su recurso de apelación, argumentando que presentó, además delFormato Nº 06, Relación de cartera de clientes en el servicio de fotocopiado en los últimos tres años, un in- forme complementario no obligatorio, en el que por errorconsignó el volumen promedio de facturación mensual en lugar del semestral. Sostiene que el Formato Nº 06 no habría sido evaluado por el Comité Especial sino másbien el informe complementario, habiéndose eliminado en consecuencia su propuesta; Que, con Oficio Nº 005-2005-MTC/10.02 recibido el 20 de enero de 2005, se corrió traslado del recurso de apelación interpuesto por el Postor Impugnante, el mis- mo que fue absuelto por el Postor Ganador con fecha 25de enero de 2005; Que, el Informe de Evaluación del Comité Especial del Concurso Público Nº 0012-2004-MTC/10 señala queen la evaluación del Volumen Promedio de Facturación Semestral por servicios similares (Formato Nº 06) co- rrespondiente al Postor Impugnante, se le otorgó unacalificación de 8 puntos, debido a que el Comité Especial desechó las copias de los contratos Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas (DEP-MEM) por encontrarse sin fecha y CORPAC por estar con la fecha escrita a mano, según consta en el Cuadro Evaluación del Contenido del Sobre de Propuesta Técni-ca y en el Cuadro Cálculo de Facturación Semestral; Que, el numeral 13.9 de las Bases Integradas del Concurso Público Nacional Nº 0012-2004-MTC/10, dis-pone que se presentará dentro de la propuesta técnica, la Constancia de experiencia en el mercado, mediante documento donde indique el volumen de la facturaciónde los últimos tres (03) años (2002, 2003 y 2004), en relación a servicios de fotocopiado similares al servicio solicitado, según el Formato Nº 06 de las Bases, susten-tado mediante la presentación de copias de facturas, órdenes de servicio, contratos u otros documentos idó- neos, en el período comprendido en los últimos tres (03)años; Que, las Bases en el numeral 66 establecen que el puntaje total de la propuesta será el promedio ponde-rado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: PTPi = c1PTi+ c2PEi, donde: PTPi = Costo total del postor i PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del Postor PEi = Puntaje por Evaluación Económica del Pos- tor c1 = Coeficiente de ponderación para la evalua- ción técnica c2 = Coeficiente de ponderación para la evalua- ción económica; Que, el numeral 1 del Anexo 01: Factores y Criterios de Evaluación de Propuestas, señala que el rubro Volu- men Promedio de Facturación Semestral por serviciossimilares tendrá un puntaje de 8 puntos si es menor al valor referencial y 16 puntos si es mayor o igual al valor referencial; Que, en el Cuadro Evaluación del Contenido del So- bre de Propuesta Técnica correspondiente al Concurso Público Nacional Nº 0012-2004-MTC/10, se observa queel Comité Especial otorgó al Postor Impugnante en el