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PÆg. 286209 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de febrero de 2005 cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funcio- nes - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condi-ciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, pro- porcionando el ordenamiento, crecimiento, conservación,mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa einversión privada; Que, a través del oficio de Vistos, el Sr. Roberto Maldo- nado Chávez, Alcalde de la Municipalidad Distrital deSan Lorenzo, provincia de Jauja, departamento de Junín, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento la donación de maquicentros; adecuándose di-cho pedido en coordinaciones conjuntas con el citado gobierno local y los funcionarios del Ministerio a maqui- naria para confecciones e industria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 280-2004-VIVIEN- DA/VMCS/PREBAM el Jefe del Programa de Equipa- miento Básico Municipal corrió traslado del Informe Téc-nico Nº 041-2004-VIVIENDA/VMCS/PREBAM en el cual se precisó que la entidad solicitante, cuenta con infraes- tructura adecuada para recibir e instalar la maquinariasolicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipa-miento Básico Municipal - PREBAM y actuando de con- formidad con lo dispuesto en la Directiva para el Proce- dimiento Administrativo respecto de los actos de dispo-sición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos, aprobada vía la Resolución deSecretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas deta- lladas en el Anexo que forma parte integrante de la pre-sente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1que forma parte integrante de la presente Resolución a favor de la Municipalidad Distrital de San Lorenzo, pro- vincia de Jauja, departamento de Junín, con la finalidadde implementar el Centro Educativo Estatal de Menores Integrado Militarizado Policía Nacional del Perú CAP "Ali- pio Ponce Vásquez"; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria para las confecciones e industria del cuero descrita en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución, valo-rizada en S/. 21 478.57 (Veintiún Mil Cuatrocientos Setenta y Ocho con 57/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Distrital de San Lorenzo, provincia de Jauja, departamentode Junín, con la finalidad de implementar el Centro Educativo Estatal de Menores Integrado Militarizado Policía Nacional del Perú CAP "Alipio Ponce Vásquez". Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Municipal será responsable de velar por que se cumpla con la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los térmi-nos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 02407 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 030-2005-VIVIENDA Lima, 1 de febrero de 2005Vistos; la carta del Asentamiento Humano Micaela Bastidas, distrito de San Juan de Lurigancho, provinciay departamento de Lima; el Informe Técnico Nº 047- 2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR y el Memorán- dum Nº 111-2004-VIVIENDA/CGP del Comité de Ges- tión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirió maquinaria para la industria del calzado, con- fección y tejido, procedentes de la República PopularChina con la finalidad de equipar a pequeños y microempresarios; siendo dicha norma modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cualse autorizó destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidadeseducativas del país, así mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agregó al contenido del De- creto de Urgencia Nº 023-97 una disposición queseñaló que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transferir en ca- lidad de donación a los centros educativos estatalesy a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitación o de promoción social sin fines de lu- cro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgáni- ca que modifica la organización y función de los Mi- nisterios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560,Ley del Poder Ejecutivo, determinándose el número de Ministerios, entre los cuales se constituyó el Mi- nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, se des- activó el Ministerio de la Presidencia, quedando ex-tinguido para todos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento, según corresponda, asu- mía las competencias, funciones, atribuciones, losderechos y obligaciones del Viceministerio de Infra- estructura, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control, defensajudicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es un organismo público integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organiza- ción y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento deOrganización y Funciones aprobado por Decreto Su- premo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como mi- sión mejorar las condiciones de vida de la poblaciónfacilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcionando el ordenamien- to, crecimiento, conservación, mantenimiento y pro-tección de los centros de población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las organi- zaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inver-sión privada; Que, a través de la carta de Vistos, el Sr. Deme- trio Bravo Rojas, secretario general del Asentamien-to Humano Micaela Bastidas, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, soli- citó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-miento la donación de maquinaria para la industria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 315-2004/VIVIEN- DA-VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipa- miento Básico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº 047-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, en el cual se precisó que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM y actuan-do de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposición de bienes muebles no patrimo-niales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento para ser transferidos, apro- bada vía la Resolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución;