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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (04/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 286192 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de febrero de 2005 Chorrillos - Lima, conmutándose la pena de 6 años 8 meses de pena privativa de libertad por la de 3 años, la misma que vencerá el 6 de noviembre del 2006. Artículo Segundo.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 02620 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 035-2005-JUS Lima, 3 de febrero de 2005 Vista la solicitud presentada por ROSA ILUVINA FLO- RES SEBASTIÁN, interna del Establecimiento Peniten- ciario de Procesados de Chimbote, condenada a 18 añosde pena privativa de libertad, así como el informe de la Comisión de Conmutación de la Pena; CONSIDERANDO: Que, mediante informe de la Comisión de Conmuta- ción de la Pena, de fecha 21 de enero del 2005, se propone por unanimidad conceder la gracia solicitada por Rosa Iluvina Flores Sebastián; Que, de conformidad con el inciso 21 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, es atribución del Presidente de la República, conmutar penas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder la gracia de conmuta- ción de la pena a ROSA ILUVINA FLORES SEBASTIÁN, quien se encuentra recluida en el Establecimiento Peni-tenciario de Procesados de Chimbote, conmutándose la pena de 18 años de pena privativa de libertad por la de 10 años, la misma que vencerá el 16 de julio del 2006. Artículo Segundo.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 02621 Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de lacomisión de delitos contra la fe pœblicay contra la administración pœblica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 065-2005-JUS Lima, 1 de febrero de 2005 Visto el Oficio Nº 155-2005-JUS-PPMJ, de fecha 10 de enero de 2005, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándums Nºs. 268-04-GPJN- IR14º, 282-2004-ZRIX-Sede Lima-RPJN-19, 294-2004- ZRIX-GPJ/SRE09, 081-04-SUNARP-Z.R. NºIX/GPJN-IRN4, se da cuenta a la Gerencia de Personas Jurídicas y Naturales de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, de la presentación de documentos supuestamente falsifica-dos, ingresados mediante las solicitudes de inscripción de los Títulos Nºs. 355338, 316148, 322572, 102520 del año 2004; asimismo a través del Memorándum Nº 09-2004-GPJN-IRE-03, de la presentación de un documentoexpedido por funcionario que ha sido cesado en el car- go, ingresado mediante solicitud de inscripción del Título Nº 3801 del año 2004; Que, mediante el Informe Nº 090-2004-SUNARP-Z.R.Nº IX/OL, de fecha 2 de diciembre de 2004, la Jefatura de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima remitió los respectivos antecedentes de los referidos Títulos conindicios de comisión de delito, para que se expida la Resolu- ción Ministerial que autorice a la Procuraduría Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia ainiciar las acciones penales contra las personas que resul- ten responsables por la presunta comisión de los delitos contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Do-cumentos, y delito contra la Administración Pública en la modalidad de Usurpación de Funciones previstos y pena- dos en los artículos 427º y 361º del Código Penal; Que, existen indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos contra la Fe Pública y la Adminis- tración Pública, por lo que corresponde autorizar al Procura-dor Público, para que en representación y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales co- rrespondientes; Que, de acuerdo con el principio de celeridad, resulta necesario acumular los expedientes, en tanto guardan rela- ción entre sí; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judi- cial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales que correspon-dan contra los que resulten responsables, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, parasu conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 02476 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 066-2005-JUS Lima, 1 de febrero de 2005 Visto el Oficio Nº 141-2005-JUS-PPMJ, de fecha 10 de enero de 2005, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Informes Nºs. 584-2004-GBM-RPV-IR5, 103, 105, 106, 109-2004-SUNARP-ZRIX/RPV-SEC.9, 143- 2004-GBM-RPV/IR7/EZCH, 508-2004-GBM-RPV-IR5-TMR,94-SUNARP-GBM/RPV-IR02-Título 116464, 24-2004-SU- NARP-ZONA IX LIMA/GBM/IN2-RPV/IR2/Ipp, y Memorando Nº 169-2004-GBM-RPV-IR-SEC12, se da cuenta a la Ge-rencia de Bienes Muebles del Registro de Propiedad Vehicu- lar de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, de la presentación de documentos supuestamente falsificados, ingresadosmediante las solicitudes de inscripción de los Títulos Nºs. 77651, 168493, 184628, 187741, 187813, 168851, 200918, 181286, 47988 y 198738 del año 2004; Que, mediante el Informe Nº 083-2004-SUNARP- Z.R.Nº IX/OL, de fecha 22 de noviembre de 2004, la Jefatura de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX -Sede Lima remitió los respectivos antecedentes de los referidos Títulos con indicios de comisión de delito, para que se expida la Resolución Ministerial que autorice a laProcuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia iniciar las acciones penales contra las personas que resulten responsables por lapresunta comisión del delito contra la Fe Pública en la