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PÆg. 286237 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de febrero de 2005 Afectación de los servicios esenciales que pres- ta la Entidad Que, la prestación del servicio de limpieza y manteni- miento se encuentra íntimamente asociada con los ser- vicios que presta la entidad a los usuarios del sistema registral al crear las condiciones adecuadas para suprestación y, además, porque contribuye a mantener los niveles de higiene y salubridad necesarios para el buen funcionamiento del área registral y las áreas de soporteadministrativo de la entidad, así como para los adminis- trados que requieren de la prestación de los servicios que brinda la Zona Registral Nº IX - Sede Lima y la SedeCentral de la SUNARP. En efecto, teniendo en conside- ración el volumen elevado de usuarios que frecuentan de manera diaria las oficinas registrales, resultaimprescindible la prestación del servicio de limpieza de todos los ambientes de las oficinas registrales y admi- nistrativas de la Zona Registral Nº IX y de la Sede Cen-tral a fin de prevenir cualquier brote de enfermedades o epidemias que pondrían en riesgo la salud de los traba- jadores y de los usuarios por cuanto no existiría perso-nal que se encargue de tales labores, más aún si se tiene en cuenta que en los presentes meses se incre- menta el nivel de la temperatura por encontrarnos en laestación de verano, lo cual hace indispensable la pres- tación oportuna del servicio de limpieza. De igual forma, resulta importante contar con el servicio de manteni-miento en la medida que los mismos se encuentran rela- cionados con el buen funcionamiento de los servicios básicos como son: agua, desagüe y electricidad sin loscuales no sería posible prestar una adecuada atención a los usuarios del Registro, más aún si se tiene en cuen- ta que los servicios que se brindan se encuentran total-mente informatizados y requieren del soporte eléctrico respectivo; Tipificación conjunta de los presupuestos nor- mativos que sustentan la causal de exoneración. Que, teniendo en cuenta los considerandos precedentes, en el presente caso se cumplen los dos presupuestos para la declaración de desabastecimientoinminente: 1) La ausencia extraordinaria e imprevisible de un servicio; en este caso, la contratación del servicio de limpieza y mantenimiento; y, 2) Dicha ausencia com-promete directa e inmediatamente los servicios esen- ciales que brinda la institución, en este caso, la condicio- nes mínimas de salubridad e higiene que debe conser-var toda institución que recibe la afluencia de un volu- men importante de usuarios, quienes solicitan, entre otros, los servicios de publicidad e inscripción registral,así como otro tipo de procedimientos administrativos, más aún si se tiene en cuenta que en los meses de verano la temperatura se incrementa y la prestación delservicio de limpieza resulta imprescindible; en tal virtud, resulta procedente la contratación del servicio de limpie- za y mantenimiento, por el tiempo que sea necesario deacuerdo a lo requerido por la Zona Registral Nº IX - Sede Lima y por la Sede Central, del modo más expeditivo posible y conforme a la normatividad sobre contrata-ciones y adquisiciones públicas; Que, de acuerdo a los Informes Técnico Legal Nº 03- 2005-SUNARP-Z.R. Nº IX-OL-GAF y Nº 04-2005-SU-NARP-Z.R., la contratación de bienes que pretende rea- lizar la referida Zona Registral está prevista en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la ZonaRegistral Nº IX-Sede Lima. De igual manera, en el Infor- me Técnico Nº 024-2005-SUNARP/GA-ADM, se encuen- tra establecido que la contratación del servicio de limpie-za está comprendido en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Sede Central; Que, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la Sede Central de la SUNARP, mediante Oficios Nº 034- 2005-SUNARP/GPD de fecha 21 de enero de 2005 y Nº 062-2005-SUNARP/GPD de fecha 2 de febrero de2005, informa que existen recursos presupuestales para la contratación del servicio requerido por la Zona Regis- tral Nº IX y la Sede Central; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y su Reglamento, y el Estatuto de la SUNARP aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en situación de desabas- tecimiento inminente la contratación del servicio de limpie-za y mantenimiento para la Zona Registral Nº IX - Sede Lima y para la Sede Central, por un plazo máximo de sesenta (60) días, a partir de la publicación de la presen-te resolución, tiempo estimado para la conclusión del Proceso de Selección correspondiente (Adjudicación Directa Pública). Artículo Segundo.- Exonerar de los procesos de selección previstos en los respectivos Planes Anuales de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima y de la SedeCentral, las contrataciones del servicio de limpieza y mantenimiento por el plazo de 60 días, hasta por un monto de referencia máximo de S/. 200,000.00 (Dos-cientos Mil y 00/100 Nuevos Soles) para la Zona Re- gistral Nº IX - Sede Lima, y S/. 12,000.00 (Doce Mil y 00/100 Nuevos Soles) para la Sede Central, con cargoa la Fuente de Financiamiento de Recursos Directa- mente Recaudados. Artículo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima y a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Sede Central, respectivamente, para contratar los ser-vicios requeridos mediante acción inmediata, conforme a lo previsto en el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado porD.S. Nº 083-2004-PCM. Artículo Cuarto.- Disponer que, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 21º y 47º del TUO de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, la Gerencia General realice las acciones pertinentes a fin de determinar si existióresponsabilidad en los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta originó la presencia o causal del desabastecimiento. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas de la Sede Central de la SUNARP, haga de conocimiento de la Contraloría General de laRepública, la presente resolución y los informes que la sustentan, dentro del plazo de diez días calendario a su aprobación según lo dispone el artículo 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CARDENAS KRENZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos (e) 02558 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Designan Ejecutor Coactivo y Auxilia- res Coactivos del SAT SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00000677 Lima, 19 de enero de 2005CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del artículo 2º del Edicto Nº 225 establece que corresponde al Servicio de Administra- ción Tributaria, SAT, de la Municipalidad Metropolitanade Lima, realizar la ejecución coactiva para el cobro de deudas tributarias, considerando todas aquellas derivadas de obligaciones tributarias municipales, asícomo el cobro de multas y otros ingresos de Derecho Público;