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PÆg. 286568 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de febrero de 2005 RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la prepublicación, en el Diario Oficial El Peruano, del “Proyecto de Contrato Tipo deAcceso a la Infraestructura Portuaria para Brindar elServicio de Practicaje”, el mismo que forma parte inte- grante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Otorgar un plazo de quince (15) días, con- tados a partir de la prepublicación a que se refiere elartículo precedente, para que los legítimos interesadosremitan por escrito a la Av. Bolivia Nº 144 Piso 19 Lima 1, o por medio electrónico a info@ositran.gob.pe, sus co- mentarios o sugerencias, los que serán analizados porOSITRAN. Artículo 3º.- Autorizar la publicación del proyecto a que se refiere el Artículo 1º, en la página Web de OSTRAN ( www.ositran.gob.pe). Comuníquese, publíquese y archívese.ALEJANDO CHANG CHIANG Presidente PREPUBLICACIÓN ACUERDO DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 589-159-05-CD-OSITRAN LIMA, ENERO DE 2005 PROYECTO DE CONTRATO TIPO DE ACCESO A LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA PARA BRINDAR EL SERVICIO DE PRACTICAJE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. Antecedentes y Justificación El 1 de enero de 2002 entró en vigencia el Reglamen- to Marco de Acceso a la Infraestructura de Transpor-te de Uso Público (REMA), aprobado por ResoluciónNº 034-2001-CD/OSITRAN y modificado por la Re-solución Nº 014-2003-CD/OSITRAN. Mediante esta norma se establecieron las reglas y los procedimien- tos aplicables al derecho de acceso a las facilidadesesenciales. La finalidad del REMA es generar el bienestar de los usuarios finales por la vía de una mayor competen- cia en los servicios esenciales o por la utilización de mecanismos de mercado mediante los cuales se ob-tenga resultados cercanos a una situación competiti-va. Los servicios esenciales son aquellos que sonnecesarios para completar la cadena logística deltransporte de carga y de pasajeros (en una relación origen-destino) y que requieren utilizar infraestructu- ra que controla la Entidad Prestadora y que calificacomo Facilidad Esencial 1. Existe un conjunto de servicios esenciales que pre- sentan características particulares, entre otras: un importante y creciente número de usuarios interme- dios, un alto volumen de operaciones, regularidad enla prestación o características operativas comunesen su prestación. Bajo estas condiciones, es nece-sario facilitar el acceso a la infraestructura mediantecontratos tipo de acceso, lo que permitirá reducir los costos de negociación entre la Entidad Prestadora y los usuarios intermedios, asimismo, reducir los cos-tos de transacción y los costos de supervisión porparte de OSITRAN en el servicio de practicaje, entreotros. Transcurridos 3 años de vigencia del REMA, el acce- so a la infraestructura revela que ha sido necesariodictar mandatos de acceso para cautelar el acceso alas facilidades esenciales. Asimismo, se han regis-trado observaciones a las bases y a los contratos de acceso, la identificación comportamientos estra-tégicos derivados de la capacidad de negociaciónde las partes, entre otras actuaciones, lo que es indi-cativo de la presencia de una relación asimétricaentre las partes, lo que hace necesario introducir mecanismos que faciliten el acceso, los mismos que se encuentran previstos por el REMA.Dicho mecanismo se refiere a la conveniencia decontar con Contratos Tipo de Acceso para los servi-cios esenciales antes señalados tiene por objeto re-ducir eventuales dilaciones relacionadas con la ne- gociación u otros comportamientos estratégicos, con- centrándose en los aspectos centrales del Contratode Acceso, tales como el plazo y el cargo de acceso.Asimismo, los Contratos Tipo de Acceso uniformizanlos requisitos, obligaciones y derechos de las partes,como también, se cautela la aplicación del principio de no-discriminación establecido por el REMA. En suma, se facilita el acceso y reduce eventuales con-troversias entre las partes, y por consiguiente, redu-ce los costos de supervisión de los Contratos deAcceso; la aprobación de Contratos Tipo de Accesoestá previsto en el Artículo 42º del REMA. Dichos Contratos buscan impulsar una mejor aplicación de marco normativo del Acceso. Bajo estas condiciones, y siendo de vital importancia lograr una mayor eficiencia en los mercados de ser-vicios esenciales, es preciso introducir mecanismos que permitan mejorar las condiciones de acceso a las facilidades esenciales. La estrategia para implementar los Contratos Tipo de Acceso por parte de OSITRAN es por etapas. Setoma como base las obligaciones y derechos esta- blecidos por los mandatos de acceso, las observa- ciones a los proyectos de Contratos de Acceso pre-sentados por la Entidad Prestadora ante OSITRAN ylos comentarios de partes a los proyectos de man-datos de acceso. La elaboración del Contratos Tipode Acceso se inicia con el servicios de practicaje. En una segunda etapa se pondrá a consulta los Contra- tos tipo para otros servicios esenciales. De conformidad con el Principio de Transparencia establecido por el Reglamento General de OSITRAN,aprobado por D.S. Nº 010-2001-PCM, las decisiones normativas y/o regulatorias serán publicadas antes de su entrada en vigencia para recibir comentarios ysugerencias de los interesados. 2. Características del Contrato Tipo de Acceso El Contrato Tipo de Acceso establece entre otros los siguientes aspectos §Descripción del servicio esencial que provee el Usuario Intermedio. §Descripción de las facilidades esenciales que se- rán materia de utilización por parte del Usuario Intermedio. §Los requisitos establecidos para acceder a las facilidades esenciales. §El cargo de acceso, su modificación, forma de pago y aplicación de descuentos, de ser el caso. §Vigencia del Contrato Tipo de Acceso. 1El REMA define como Facilidad Esencial a aquella instalación o infraestruc- tura de transporte de uso público o parte de ella, que cumple con las siguientes condiciones:a) Es exclusiva o predominantemente provista por un único o un limitado número de proveedores, y su utilización es indispensable para la presta- ción de los servicios esenciales. b) No es factible de ser sustituida técnica o económicamente para proveer un servicio esencial.PREPUBLICACIÓN