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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (09/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 39

PÆg. 286557 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de febrero de 2005 encuentra su participación conjuntamente con empre- sas exportadoras peruanas, en Ferias Especializadas Internacionales, como es el caso de la feria BIOFACH 2005; Que, el Informe Técnico S/N de fecha de recepción 17 de enero del 2005, emitido por la Gerencia de Agro y Agroindustrias, señala que para la participación de PROMPEX en la Feria Internacional BIOFACH 2005, por constituir uno de los eventos internacionales más gran- des e importantes del mundo, donde se exhiben una gran muestra de productos orgánicos, se requiere la contratación de una empresa especializada en brindar los servicios de diseño, montaje y desarmado de stand, que otorgue una presencia de calidad, proyectando una imagen acorde con la oferta exportable peruana, que sea sobria, moderna y de diseños ingeniosos, dirigida a atraer a compradores y visitantes de la referida feria; Que, el referido Informe Técnico, recomienda a la empresa THE ART OF EXHIBITING, por ser una de empresa de capital alemán aprobada por distintas orga- nizaciones feriales, para prestar dicho servicio, además de prestar un servicio especializado en el montaje de los stands, lo cual garantiza una construcción sólida para la exhibición de la oferta exportable peruana, que por pri- mera vez participará en un área de 90 m2; Que, otra de las características que hace especial a la empresa seleccionada por el área técnica, son sus diseños ingeniosos que permiten una mejor exhibición de la oferta exportable, como espacios adecuados para poder mantener un mayor número de citas de negocios en forma simultánea. Otro elemento es que esta empre- sa cuenta con un sistema de iluminación que utiliza Back light en la zona de frisos a manera de resaltar los nom- bres de las empresas participantes, lo que permite des- tacar nuestra participación en el evento; Que, la empresa THE ART OF EXHIBITING a diferen- cia de otras empresas operadoras, pone a disposición de PROMPEX el personar en días previos a la inaugura- ción y durante la feria, a manera de poder realizar los cambios que se estimen convenientes, en la ubicación de repisas, estanterías, permitiendo una oportuna flexibili- dad en sus diseños y constante servicio a los stands que forman parte de la exhibición peruana en BIOFACH 2005; Que, las características especiales que se señalan en los considerandos precedentes, hacen que se pueda considerar dicha contratación como un servicio persona- lísimo conforme lo dispone el literal f) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, motivo por el cual resulta fundamental para la presencia de PROMPEX en dicho evento, a fin de cumplir con los objetivos de su Ley de creación; Que, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, ha absuelto una consulta formulada por PROMPEX, referente a la contratación de servicios conexos para la participación de la institución en Ferias Internacionales con el objetivo de promover las exporta- ciones, a través de la Opinión Nº 040-2004(GTN), seña- lando que cuando se han producido los supuestos de exoneración o de declaración de desierto en los artícu- los 19º y 32º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, determinándose la necesidad de efectuar procesos de menor cuantía a través de acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorización expresa del Titular del Pliego o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, y surja, la necesidad de contratar con un extranjero no domiciliado en el Perú, la contratación respectiva podrá regirse por la ley de su cumplimiento, según las condiciones ofrecidas por el proveedor o de acuerdo a los procedimientos usados por el comercio internacional, no siendo de aplicación lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 148º de Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM; Que, el valor referencial total para la contratación de los servicios de diseño, montaje y desarmado de stand, del pabellón peruano, asciende a EUROS 14,094.00. Que, el Informe Legal Nº 007-2005-PROMPEX/OAL, indica que resulta procedente la emisión de una Resolu- ción de Dirección Ejecutiva por medio de la cual se de-clare exonerada del proceso de selección correspon- diente, toda vez que el informe del área técnica ha eva- luado de manera objetiva el sustento de la causal de exoneración del proceso de adquisición prevista en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por tra- tarse de la contratación de un servicio personalísimo; Que, lo expuesto en dichos informes justifican técni- ca y legalmente la exoneración señalada de conformi- dad con lo establecido en el artículo 146º del menciona- do Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2003- MINCETUR de fecha 25 de junio del 2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio del mismo año, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, cuyo artículo 16º establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, Titular de la entidad y del Pliego Presupuestario; Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2004- MINCETUR de fecha 7 de enero del 2004 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de enero del mismo año, se designó al señor Roberto Vásquez de Velasco de la Puente, como Director Ejecutivo de PROMPEX; Que el numeral 6. referido a la exoneración de los procesos de selección del acápite VI. de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Re- solución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, establece en los incisos 6.3 y 6.4, que la resolución que apruebe la exoneración deberá precisar la causal en la que se sus- tenta, ya sea que se trate de los previstos por el artículo 19º o de la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Esta- do, debiendo la parte considerativa del instrumento que aprueba la exoneración, sustentarse en el informe técni- co - legal que deberán emitir las áreas técnicas y de asesoría jurídica de la entidad, la que deberá contener la justificación técnica y legal de la adquisición o contrata- ción y la necesidad de la exoneración y contemplará criterios de economía, tales como costos y oportunidad; Que el inciso 6.5 del numeral 6. de la Directiva seña- lada en el considerando precedente, establece que la parte resolutiva del instrumento que aprueba la exone- ración del proceso de selección, deberá precisar el tipo y la descripción básica de los bienes, servicios u obras materia de la exoneración, el valor referencial, la fuente de financiamiento, la cantidad o el tiempo que se requie- re adquirir o contratar mediante exoneración, así como determinar la dependencia u órgano encargado de rea- lizar la adquisición o contratación exonerada; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dis- pone que las exoneraciones previstas en el artículo 19º de la norma en mención se aprobarán mediante Resolu- ción del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 145º, 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 084-2004-PCM, los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el artículo 16º y el numeral 15) del artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPEX, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección correspondiente (Adjudicación Directa Selectiva), para la contratación del servicio de diseño, montaje y desar- mado de stand, para la Feria Internacional BIOFACH 2005, con la empresa THE ART OF EXHIBITING, hasta por la suma de EUROS 14,094.00, cuya Fuente de Financiamiento será con Recursos Ordinarios y/o Di- rectamente Recaudados, por tratarse de servicios per- sonalísimos. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Admi- nistración y Finanzas a llevar a cabo las acciones co- rrespondientes a fin de realizar la contratación de los servicios a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, por el período comprendido del 22 al 28 de febrero del 2005, mediante acciones inmediatas, de con-