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PÆg. 287489 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, mediante la Ley Nº 28382 se amplía hasta CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SO- LES (S/. 50 000 000,00) el monto de la Línea de Crédi- to Extraordinaria Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nación al Instituto Nacional de De- fensa Civil - INDECI al amparo del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092- 96. Que, el numeral 3.3 de la Ley antes indicada, esta- blece que las incorporaciones presupuestales de re- cursos de la citada línea de Crédito serán aprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público y previa opinión de la Dirección Nacional del Presu- puesto Público. Que, de igual manera el primer párrafo de la Décima Quinta Disposición Final de la Ley Nº 28411 Ley Gene- ral del Sistema Nacional de Presupuesto autoriza al Ejecutivo para que mediante Decreto Supremo refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas a pro- puesta de la Dirección General de Programación Multi- anual del Sector Público, incorpore, cuando sea nece- sario, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, los recursos en la Fuente de Financiamiento “Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno” provenientes del Crédito extraordi- nario permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nación al amparo de la segunda disposición Com- plementaria del Decreto Legislativo Nº 442 y sus modi- ficatorias , a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI; Que, es necesario atender con suma urgencia si- tuaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar los efectos contraproducentes tanto en la población como en la economía nacional, incorpo- rando para el efecto parte de los citados recursos por la suma de CATORCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SO- LES (S/. 14 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, de acuerdo a lo propuesto por la Direc- ción General del Programa Multianual del Sector Públi- co, en cumplimiento de la Resolución Ministerial Nº 066- 2005-EF/15, que aprueba la Directiva Nº 003-2005-EF/ 68.01-Directiva que establece criterios y procedimien- tos para la incorporación de los recursos a que se refie- re la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto de la Línea de Crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDE- CI; Que, la Comisión Multisectorial de Prevención y Aten- ción de Desastres creada por Decreto Supremo Nº 081- 2002-PCM ha evaluado y priorizado la ejecución de ac- ciones a cargo de diversos pliegos presupuestarios para afrontar eficaz y eficientemente las tareas que en éstas circunstancias les compete; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto de la Línea de Crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI, Décimo Quinta Disposición Final de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1º.- Autoriza Crédito Suplementario Incorpórase vía Crédito Suplementario en el Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, hasta por la suma de CATORCE MILLONES Y 00/100 NUE- VOS SOLES (S/.14 000 000,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS ( En Nuevos Soles ) FUENTE DE : 11 RECURSOS POR OPERACIONES FINANCIAMIENTO OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO 4.00 FINANCIAMIENTO 14 000 000,00 4.1.0 OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO 14 000 000,00 4.1.1 OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO4.1.1.001 Operaciones Oficiales de Crédito Interno- Banco de la Nación 14 000 000,00 ------------------- TOTAL DE INGRESOS 14 000 000,00 =========== EGRESOSSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI- Instituto Nacional de Defensa Civil FUNCIÓN 07 : Defensa y Seguridad Nacional PROGRAMA 024 : Defensa Contra Siniestros SUBPROGRAMA 0066 : Defensa Civil ACTIVIDAD 00164 : Coordinación del Sistema Nacional de Defensa Civil FUENTE DE FINANCIAMIENTO 11 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 6 GASTOS DE CAPIT AL 7 Otros Gastos de Capital 14 000 000,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 14 000 000,00 =========== Artículo2º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi- caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Artículo 3º.-Notas de Modificación La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondien- tes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la pre- sente norma, las mismas que serán aprobadas median- te resolución del Titular del Pliego, debiendo presentar, copia de la Resolución, dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema nacional de Presupuesto. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecio- cho días del mes de febrero del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 03918 EDUCACIÓN Aprueban Reglamento de los ComitØs de Gestión Presupuestaria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0124-2005-ED Lima, 18 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 26º, 36º y 43º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentraliza- ción, así como los artículos 79º y 80º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, corresponde al Ministerio de Educación liderar la gestión para conseguir el incremen-