TEXTO PAGINA: 40
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G35/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de febrero de 2005 pacidades institucionales locales, por lo que es uno de los principios rectores de la Política Institucional de la Municipalidad Provincial de Oyón; Que, en el contexto mencionado, ha sido debatido el Informe señalado, concluyéndose en opinión favorable del Concejo Municipal en el sentido de autorizar el viaje del señor Hugo Pérez Cueva, Alcalde Provincial y del señorLucas Julián Meléndrez Ugarte, a las ciudades de Gua- najuato, México y Sao Paulo, Brasil, respectivamente; En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artí- culos 9º y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Muni- cipalidades, y con el voto unánime el Concejo Municipal; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR FORMAL Y OFI- CIALMENTE al señor Hugo Filar Pérez Cueva, Alcalde Provincial de Oyón y al Regidor, señor Lucas Julián Me- léndrez Ugarte a viajar, en representación de la Munici-palidad Provincial de Oyón, al exterior del país, autori- zándose los gastos correspondientes, de conformidad con el siguiente detalle: 1.- Señor Hugo Filar Pérez Cueva, Alcalde Provin- cial. Red 6 - Medio Ambiente: Guanajuato - México, del 20 al 25 de febrero del 2005: Pasajes : US$ 593.00 Tarifa Corpac : US$ 28.00 Impuesto México : US$ 22.00 Viáticos : US$ 250.00 Los gastos por los conceptos de Pasajes e Impues- tos serán reembolsados por la organización de la Red 6 - Medio Ambiente. 2.- Señor Lucas Julián Meléndrez Ugarte, Regidor Provincial. Red 10 - Lucha contra la Pobreza: Sao Paulo - Bra- sil, del 22 al 25 de febrero del 2005: Pasajes : US$ 568.25 Tarifa Corpac : US$ 28.00 Viáticos : US$ 200.00 Artículo Segundo.- AFECTAR los gastos de los via- jes señalados a la Actividad: Conducción y Orientación Superior. Artículo Tercero.- ENCARGAR el Despacho de Al- caldía al Señor Tino Alfonso Vallejo Azañero, Teniente Alcalde de la Municipalidad Provincial de Oyón, duranteel período que comprende el viaje del Alcalde Provincial. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría Gene- ral, disponer la publicación del presente Acuerdo en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.HUGO PÉREZ CUEVA Alcalde 03940 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JULCAMARCA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G73/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 /G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/GED/G73/G69/G6D/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65 /G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G72/G74/G61/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G63/G61/G70/G61/G63/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2005-MDJ/CM VISTO: El Informe Técnico Legal Nº 001-2005-MDJ/CM, sobre factibilidad de contratación directa e inmediatapara servicio de Desarrollo de las Actividades de Forta- lecimientos de Capacidades de los proyectos “Ges- tión Concertada del agua en cuatro distritos de Anga- raes Sur" y “Fortalecimientos de Capacidades deGestión de Pequeños Sistemas de Riego en Angaraes Sur”; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de Autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 27972, en concordancia con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27880 - Ley de Reforma Cons-titucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descen- tralización; Que, el artículo 3º del D.S. Nº 083-2004-PCM, Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que cualquier pro- ceso de adquisiciones y contrataciones se rige, entreotros por los principios de moralidad, libre competen- cia, economía y vigencia tecnológica teniendo como finalidad garantizar que las entidades obtengan servi-cios y obras de calidad requerida, en forma oportuna y a precios o costos adecuados; Que el artículo 145º del D.S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que cuando exis- ta la necesidad de proveerse de servicios profesio-nales, artísticos, científicos o teológicos procede la exoneración por Servicios Personalísimos para con- tratar con personas naturales o jurídicas notarial-mente especializadas, cuando para dicha contrata- ción se haya tenido en cuenta y como requisito esen- cial sus características inherentes particulares oespeciales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio. La evaluación de las caracte- rísticas o habilidades deberá ser objetiva y se efec-tuará en función de la naturaleza de las prestaciones del cargo. Que el literal h) del artículo 19º del D.S. Nº 083- 2004-PCM establece que están exonerados de los procesos de Licitación Pública, concurso público a Adjudicación directa, las adquisiciones y contratacio-nes que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento. Que el literal c) del artículo 20º del D.S. Nº 083- 2004-PCM, establece que las contrataciones por ser- vicios personalísimos se aprueba por Acuerdo de Con- cejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales; Que en mérito al convenio de Cooperación interinsti- tucional entre el Gobierno Regional de Huancavelica y la Municipalidad Distrital de Julcamarca, provincia de An-garaes-Huancavelica Nº 085-2004 - Gobierno Regional - Huancavelica, suscrito el 26 de noviembre del año 2004. Puesta a consideración del Pleno en sesión extraordi- naria de fecha martes 8 de febrero del año dos mil cinco el CONCEJO MUNICIPAL, mediante voto de cinco regi-dores a favor; ACUERDA: Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección, para la suscripción del Contrato de Ser-vicios Personalísimos para el Desarrollo de las Activi- dades de Fortalecimientos de Capacidades de los Pro- yectos “Gestión Concertada del Agua en cuatro distri-tos de Angaraes Sur" y “Fortalecimientos de Capaci- dades de Gestión de Pequeños Sistemas de Riego en Angaraes Sur”. Segundo.- TRANSCRIBIR el presente Acuerdo a los órganos estructurados de la Municipalidad Distrital, con- forme a Ley para su conocimiento y fines pertinentes. Dado en el Concejo Municipal, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil cinco. REYNALDO LAURA HUARCAYA Alcalde 03645