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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (20/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G35/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº RJE.06.010, emitido por la Coordinación de Tecnología de Comunicación,Participación e Información del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, se comunica la aceptación de la asistencia al Curso Elementos Teórico-Prácticospara el Manejo de Cuencas, del funcionario a que se contrae la presente Resolución, evento que se realiza- rá en Cuernavaca, desde el 28 de febrero al 11 demarzo de 2005, en el marco del Proyecto "Gestión Integrada de los Recursos de Cuencas Hídricas"; Que, es necesario conferir la autorización co- rrespondiente, en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27619 y su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y nor-matividad conexa; y, De conformidad con lo establecido en las Leyes Nºs. 27619, 27867, 27902, Decreto Legislativo Nº276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 005-90-PCM, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, y en uso de las atribuciones conferidas me-diante Acuerdo Regional Nº 006-2005-CR/AREQUI- PA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al funcionario JAI- ME LUIS HUERTA ASTORGA, identificado con DNI Nº 29345556, Director de Programa Sectorial II, Categoría F-4, Administrador Técnico del Distrito deRiego Chili, de la Dirección Regional de Agricultura, del Gobierno Regional de Arequipa, para que viaje en Comisión de Servicio a los Estados Unidos Mexica-nos, desde el 27 de febrero al 12 de marzo de 2005, a efecto de cumplir los fines especificados en la par- te considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DETERMINAR que el Gobier- no Regional de Arequipa, no asumirá pago alguno por concepto de viáticos y tasas, dejándose expresaconstancia que la presente Resolución no da dere- cho a ningún tipo de exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomina-ción. Dada en la Sede Regional del Gobierno Regional de Arequipa, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil cinco. Regístrese y comuníquese. JESÚS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente Regional (e) 03914 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G44/GED/G61/G20/G43/GED/G76/G69/G63/G6F/G20/G4C/G61/G62/G6F/G72/G61/G62/G6C/G65/G20/G65/G6C/G20/G31/G31 /G64/G65/G20/G66/G65/G62/G72/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G64/G61/G20/G61/GF1/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/GE1/G6D/G62/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2005-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, la unidad del pueblo de Cajamarca, el arrojo de sus defensores y el ejemplo viril de Casanova,Villanueva y Egúsquiza, hicieron posible la creación Po-lítica del departamento de Cajamarca, según Decreto del 11 de febrero de 1855, por el cual el Presidente del Perú Gran Mariscal Ramón Castilla y Marquesado, con- firmó la decisión heroica del pueblo, encabezado por laJunta Departamental que surgió del fragor de la Revolu- ción del 3 de enero de 1854 y que forjó el destino Político de Cajamarca. - Que, al celebrarse 150 años de tan glorioso acontecimiento, el Gobierno Regional de Cajamarca jun- to a la sociedad civil y a las Instituciones Tutelares deldepartamento, recuerdan con admiración los actos de la gesta heroica, que le dio a Cajamarca el sitial que le corresponde en el contexto de los departamentos delPerú y se UNE con júbilo a todos los programas celebra- torios del SESQUICENTENARIO. - Que, estando a lo acordado por el Pleno del Conse- jo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Extraordinaria de fecha 10 de febrero del año 2005; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Ba-ses de Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aproba-do por Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR/RC, el Ple- no aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- DECLARAR DIA CÍVICO LABORABLE, EL ONCE (11) DE FEBRERO DE CADA AÑO, en el ámbito de la Región Cajamarca a partir del 2005, año en el que se conmemora el SESQUICENTENARIODE LA CREACIÓN POLÍTICA de nuestro departamen- to. Segundo.- DISPONER la asistencia general y obliga- toria de AUTORID ADES, FUNCIONARIOS y SERVI- DORES del Sector Público, a los ACTOS CONMEMORA- TIVOS DE LA CREACIÓN POLÍTICA DEL DEPARTA-MENTO DE CAJAMARCA, EN EL SESQUICENTENA- RIO y en los AÑOS SUBSIGUIENTES, conforme a los Programas Especiales aprobados por las AutoridadesCompetentes. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los diez días del mes de febrero del año dos mil cinco. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 03952 /G50/G72/G69/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G68/G6F/G6D/G65/G6E/G61/G6A/G65/G20/G61/G6C /G53/G65/G73/G71/G75/G69/G63/G65/G6E/G74/G65/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G6F/G6C/GED/G2D/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 006-2005-GR.CAJ-CR Cajamarca, 10 de febrero de 2005 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamar- ca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 10 de febrero de año 2005; con el voto unánime del Pleno; dispensa del Dictamen correspondiente; y, CONSIDERANDO: - Que, el 11 de febrero del año 2005 se conmemora el Sesquicentenario de la elevación de Cajamarca a lacategoría política de departamento mediante Decreto del 11 de febrero de 1855, que el Mariscal Ramón Cas- tilla, después de su triunfo definitivo de La Palma promul-gó creando el nuevo departamento con las provincias de Cajamarca, Cajabamba, Chota y Jaén, hecho históri- co que fue confirmado por Ley del 30 de setiembre de1862. - Que, tan memorable efemérides sólo alcanzará el valor y el significado histórico encarnado en la Revo-lución del 3 de enero de 1854, cuando las instituciones y