Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (26/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 48

PÆg. 288026 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de febrero de 2005 por disposición de la Gerencia de Procesos, al tratarse de trámites irregulares; Que, los hechos antes descritos constituyen indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, previs-to y sancionado en el artículo 428º del Código Penal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídi- ca, resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil contra LUIS VICTORIANO RÍOS PÉREZ, LIZ ALEJANDRA ESTEVES GALLEGOS, GE- RARDO ALLCCA NÚÑEZ o ABELARDO ALCACUSNINUSGA, JOSÉ BENICES PORTOCARRERO QUIN- TANA o MANUEL AGUILAR MELÉNDEZ, FELIX EDMUN- DO CASTILLO MÁRMOL o FÉLIX HIGA AGÜERO,RAÚL CORTEZ POLANCO o JEFRY CORTEZ CLAU- SEN, JOHNNY CELESTINO SÁNCHEZ URBANO, PER- CY EUSTAQUIO BECERRA ESCOBAR, NICK GENA-RO ROBLES BLANCO, JORGE HUMBERTO CAN CAS- TRO o JORGE HUMBERTO CAM CASTRO, MARÍA OTILIA CORRALES VIDARTE, LUIS ALBERTO HOL-GUÍN VARGAS; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re-presentación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra LUIS VICTO- RIANO RÍOS PÉREZ, LIZ ALEJANDRA ESTEVES GA-LLEGOS, GERARDO ALLCCA NÚÑEZ o ABELARDO ALCACUSNI NUSGA, JOSÉ BENICES PORTOCA- RRERO QUINTANA o MANUEL AGUILAR MELÉNDEZ,FELIX EDMUNDO CASTILLO MÁRMOL o FÉLIX HIGA AGÜERO, RAÚL CORTEZ POLANCO o JEFRY COR- TEZ CLAUSEN, JOHNNY CELESTINO SÁNCHEZ UR-BANO, PERCY EUSTAQUIO BECERRA ESCOBAR, NICK GENARO ROBLES BLANCO, JORGE HUMBER- TO CAN CASTRO o JORGE HUMBERTO CAM CAS-TRO, MARÍA OTILIA CORRALES VIDARTE, LUIS AL- BERTO HOLGUÍN VARGAS, por presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, enagravio del Estado y del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 04301 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 298-2005-JEF/RENIEC Lima, 15 de febrero de 2005 Visto, el Oficio Nº 12388-2004/GP/SGDAC/HYC RE- NIEC y el Informe Nº 091-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 26 deenero del 2005. CONSIDERANDO:Que, las Gerencias de Operaciones y Procesos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en supermanente labor fiscalizadora, así como del proceso de depuración inherente al procedimiento administrati- vo, ha detectado que los ciudadanos no identificadosque registran foto, firma e impresión digital en los Formula-rios de Identidad Nº 04330984, 08505958, 15457867, 12064734, 08819144 y 11902733, quienes dicen llamar-se MANUELA TELLO ANAYA DE CANCHO, ROGER MARTINEZ RAMÍREZ, EDELMIRA ALVARADO HER- NÁNDEZ, RAIDA FELICITAS ROJAS ORTEGA, ELVIAJOSEFINA VASQUEZ MIÑANO DE GARCIA y JOSE LUIS TORO VASQUEZ respectivamente, los mismos que, en atención al principio de veracidad para el procedi-miento registral, solicitaron ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, trámites de rectificación y/o duplicado, utilizando para tal fin sustentos que no lespertenecen con la intención de usurpar la identidad de terceros, haciendo introducir de esta forma datos falsos en el Sistema del Archivo Nacional de Identificación, cuyaorganización y mantenimiento es encargada al RENIEC; Que, si bien se ha procedido administrativamente, esto es, la exclusión del registro de las inscripcionesque fueron materia de suplantación, en salvaguarda del derecho a la identidad de los ciudadanos afectados y en estricto cumplimiento del artículo 67º incisos 7 y 9 delDecreto Ley Nº 14207 y de la Ley Nº 26497, los hechos antes descritos constituyen indicio razonable de la co- misión de presunto delito Contra la Fe Pública en lasmodalidades de Falsedad Ideológica y Genérica, previs- tos y sancionados en los artículos 428º y 438º respectiva- mente, del Código Penal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en atención al considerando precedente, re- sulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargode los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, para que interponga las accio- nes legales que correspondan en defensa de los intere-ses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra los ciudadanos que registran foto, firma e impresión digital en los Formularios de IdentidadNºs. 04330984, 08505958, 15457867, 12064734, 08819144, 11902733 y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re- presentación de los intereses del Estado interponga lasacciones legales que correspondan, contra los ciudada- nos no identificados que registran foto, firma e impresión digital en los Formularios de Identidad Nºs. 04330984,08505958, 15457867, 12064734, 08819144 y 11902733, quienes dicen llamarse MANUELA TELLO ANAYA DE CANCHO, ROGER MARTINEZ RAMÍREZ, EDELMIRAALVARADO HERNÁNDEZ, RAIDA FELICITAS ROJAS ORTEGA, ELVIA JOSEFINA VASQUEZ MIÑANO DE GARCIA y JOSE LUIS TORO VASQUEZ respectivamen-te; y los que resulten responsables, por la comisión de presunto delito Contra la Fe Pública en las modalidades de Falsedad Ideológica y Genérica; en agravio del Esta-do y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 04302 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 299-2005-JEF/RENIEC Lima, 15 de febrero de 2005 Visto, los Informes Nº 491-2003-ADRIA/DP/GP/RE- NIEC, Nº 271-2003-ADRIA/DP/GP,y el Informe Nº 128 - 2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Aseso-ría Jurídica, de fecha 3 de febrero de 2005;