TEXTO PAGINA: 59
PÆg. 288037 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de febrero de 2005 - Sitio Cerro Muchulle - (UTM 9'114,600 - 776,405), ubicado en el distrito de Motil, provincia de Otuzco, de-partamento de La Libertad. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura La Libertad, la elaboración del Expe- diente Técnico (Plano, Ficha Técnica y Memoria Des- criptiva) de los Sitios Arqueológicos mencionados en elArtículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, ca- minos, carreteras, canales denuncios mineros o agro-pecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afec- tar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos decla- rados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contarcon la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspon-dientes, COFOPRI, autoridades políticas, civiles y su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 04329 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 102/INC Lima, 4 de febrero de 2005 VISTO, El Acuerdo Nº 343, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 20 de fecha de 15 julio del 2004; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organis- mo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsa- ble de la promoción y desarrollo de las manifestacionesculturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación. Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; encarga al Instituto Nacional de Cultura la función deregistrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 343 de fecha 15 de julio de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio- nal de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacióna los Sitios Arqueológicos “Aunquinjirca”, “Jarminga” y “Auquinjija o Cerro Agoy”, ubicados en la localidad de Tayapampa, distrito de San Luis, provincia de C.F. Fitz-carrald, departamento de Ancash. Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Di- rección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico,Dirección de Arqueología y de la Oficina de Asuntos Jurídicos. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decre- to Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamen- to de Organización y Funciones del Instituto Nacional deCultura. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los Sitios Arqueológicos “Aunquinjirca”, “Jarmin-ga” y “Auquinjija o Cerro Agoy”, ubicados en la localidad de Tayapampa, distrito de San Luis, provincia de C.F. Fitzcarrald, departamento de Ancash. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura Ancash, la elaboración del Expe- diente Técnico (Plano, Ficha Técnica y Memoria Descrip-tiva) de los Sitios Arqueológicos mencionados en el Artí- culo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pu- diese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueo-lógicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspon- dientes, COFOPRI, autoridades políticas, civiles y supublicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 04330 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 134/INC Lima, 10 de febrero de 2005 VISTO, El Acuerdo Nº 0687, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 38 defecha 16 de diciembre del 2004; CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organis- mo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno; responsa- ble de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación,conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación. Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de laNación; Que, mediante Acuerdo Nº 0687 de fecha 16 de di- ciembre de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Ar-queología recomienda a la Dirección Nacional del Insti- tuto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nación los sitios arqueológico ubicados en el distritode San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, depar- tamento de Lima, que a continuación se indican: - “Sitio GNL 01” (UTM WGS 84: 372,000 E - 8'544,850 N). - “Sitio GNL 02” (UTM WGS 84: 368,700 E - 8'543,020 N). - “Sitio GNL 03” (UTM WGS 84: 366,645 E - 8'541,220 N). - “Sitio GNL 04” (UTM WGS 84: 364,600 E - 8'540,300 N). Y aprobar los expedientes técnicos (Ficha Técnica, Memoria Descriptiva y Plano) de las áreas intangibles de los Sitios Arqueológicos precitados, de acuerdo a losplanos siguientes: - Plano Nº PU-01: Plano de Delimitación del Sitio GNL 01, con un área intangible de 7,099.m2 y 551.03 ml. de perímetro. Escala 1:1,000 de NOV.2004. - Plano Nº PU-02: Plano de Delimitación del Sitio GNL 02, con un área intangible de 220,252 m2 y 1,097.97 ml. de perímetro. Escala 1:2,000 de NOV.2004. - Plano Nº PU-03: Plano de Delimitación del Sitio GNL 03, con un área intangible de 980 m2 y 126.43 ml. de perímetro. Escala 1:250 del NOV.2004. - Plano Nº PU-04: Plano de Delimitación del Sitio GNL 04, con un área intangible de 75,196 m2 y 1,150.78 ml. de perímetro. Escala 1:2,000 del NOV.2004. Con la visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc- ción de Arqueología, y de la Oficina de Asuntos Jurídi-cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decre-to Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamen-