Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2005 (26/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, sabado 26 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES
Anexo Nº 1
CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD

Pag. 288033

ENTIDAD: FONDO HIPOTECARIO DE PROMOCION DE LA VIVIENDA SECTOR: VIVIENDA CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
CLASIFICACION FP 1 EC SP-DS SP-EJ 10
TOTAL GENERAL

SP-ES 68

SP-AP 19

RE

98

RESUMEN CUANTITATIVO DEL CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL ENTIDAD: FONDO HIPOTECARIO DE PROMOCION DE LA VIVIENDA SECTOR: VIVIENDA CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
UNIDADES ORGANICAS SECRETARIA EJECUTIVA GERENCIA DE ADMINISTRACION Y PRESUPUESTO GERENCIA DE DESARROLLO GERENCIA DE INVERSIONES GERENCIA DE OPERACIONES GERENCIA DE PROMOCION OFICINA DE ASESORIA JURIDICA OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL TOTAL TOTAL OCUPADOS TOTAL PREVISTOS TOTAL GENERAL FP 1 EC SP-DS CLASIFICACION SP-EJ 4 1 1 1 1 1 1 1 11 TOTAL SP-ES 18 6 8 12 18 4 2 68 SP-AP 4 6 4 4 1 19 RE 9 25 7 13 13 23 5 4 99

1 98 1 99

0

0

0

04377

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran monumentos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion a diversos bienes ubicados en los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 071/INC MORDAZA, 28 de enero de 2005 Visto el Oficio Nº 971-2004-DRC/HCO e Informe Nº 055-2004-INC/DPHCR-SDCH-DLS de la Subdireccion de Centros Historicos de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano; CONSIDERANDO Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad al articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonio y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 224-2004-INC-SDR-EAB la Subdireccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano evaluo la propuesta de declaracion de Monumento; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 05 de fecha 10 de setiembre de 2004, cuyo tenor es como sigue: Considerando: 1. Que, el Templo de Jacas Grande, data del

Siglo XVII, ubicado frente a la Plaza Mayor del poblado de Jacas Grande, posee nave unica, la portada principal rehundida presenta vano rectangular, destaca la MORDAZA exenta con base de MORDAZA y campanario de dos cuerpos con fenestraciones a ambos lados. En su interior se aprecia pintura en sus paramentos, decorados en el MORDAZA raso y arco triunfal. El retablo del altar mayor de estilo neoclasico de un cuerpo y tres calles ocupa la totalidad del MORDAZA testero. 2. Que, el Templo de Punchao- MORDAZA, es representativo de la arquitectura rural religiosa del Siglo XVII, posee nave unica, presenta pintura mural en todos los paramentos del interior y en la portada de pies cubriendo totalmente el arco triunfal, la boveda del presbiterio y el MORDAZA raso del sotocoro. Destaca el retablo del altar mayor de estilo manierista con sagrario barroco del Siglo XVIII y dos retablos barrocos, policromos ubicados a ambos lados de la nave y un pulpito octogonal. 3. Que, el Templo de Andas, data del Siglo XVII, es representativo de la arquitectura regional del barroco mestizo, importante por su emplazamiento acondicionado en la topografia elevada del lugar, ubicado en forma longitudinal a la Plaza Mayor del poblado. El Templo de nave unica, de planta gotica isabelina, posee MORDAZA alto en forma de U en el MORDAZA de pies, bautisterio y sacristia en el lado de la epistola. Destaca la pintura mural de sus paramentos y decorados de la falsa boveda y arco triunfal de medio punto sobre pilastras de piedra. La fachada principal presenta una portada sobresaliente con arco cobijo y tres hornacinas en la parte superior. 4. Que, en la actualidad del antiguo Templo de San MORDAZA de Chavin de Pariarca, solo se conserva parte de presbiterio constituido por la totalidad del MORDAZA testero y fragmentos de los muros laterales, manteniendose in situ el retablo del altar mayor de inicio del Siglo XIX, de estilo neoclasico con elementos barrocos. Que, la MORDAZA exenta del campanario de tres cuerpos constituye un hito visual y el componente MORDAZA mas destacado del poblado. 5. Que, los citados Templos ubicados en el departamento de MORDAZA son representativos de la arquitectura religiosa del Siglo XVII, poseen valor historico arquitectonico, urbanistico, artistico y de memoria; por tanto ameritan velar por su preservacion. 6. Que, el Templo de la Virgen del MORDAZA de Sacsamar-

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