Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2005 (26/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de febrero de 2005

cion; encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 501 de fecha 22 de setiembre de 2003, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes Sitios Arqueologicos: - "Cerro Calavera I y II", ubicado en el distrito de Cerro MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima. - "Complejo MORDAZA MORDAZA II" (Sitio 050), "Complejo MORDAZA MORDAZA III" (Sitio 049ª, b y c), "Complejo MORDAZA MORDAZA 1" (Sitios 047 b,c,d,e), ubicados en el distrito de San MORDAZA de Canete, provincia de Canete, departamento de Lima. - "Huacones", ubicado en el distrito de San MORDAZA de Canete, provincia de Canete, departamento de Lima. Con la visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia y de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes sitios arqueologicos: - Cerro Calavera I y II, ubicado en el distrito de Cerro MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima. - Complejo MORDAZA MORDAZA II (Sitio 050), Complejo MORDAZA MORDAZA III (Sitio 049ª, b y c), Complejo MORDAZA MORDAZA 1 (Sitios 047 b,c,d,e), ubicados en el distrito de San MORDAZA de Canete, provincia de Canete, departamento de Lima. - Huacones, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Canete, provincia de Canete, departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Arqueologia de la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico del Instituto Nacional de Cultura la elaboracion del Expediente Tecnico (Plano, Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva) de los sitios arqueologicos mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 04327 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 100/INC MORDAZA, 4 de febrero de 2005 VISTO, el Acuerdo Nº 301, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 17 de fecha de 24 de junio del 2004; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con

personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 301 de fecha 24 de junio de 2004, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes sitios arqueologicos: - Sitio Complejo MORDAZA (UTM 9'107,814 - 730,792), ubicado en el distrito de Laredo, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. - Sitio El Mirador (UTM 9'107,665 - 734,978), ubicado en el Caserio Cerro MORDAZA, distrito de Laredo, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. - Sitio Siete Vueltas, (UTM 9'113,876 - 748,559), ubicado en el distrito de Poroto, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. - Sitio Pagash - (UTM 9'112,700 - 753,300), ubicado en el Caserio Pagash, distrito de Hazme, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. - Sitio Ushcos 1 - (UTM 9'116,878 - 762,866), ubicado en el distrito de Salpo, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. - Sitio Ushcos 2 - (UTM 9'117,150 - 763,378), ubicado en el distrito de Salpo, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. - Sitio Chanchacap - (UTM 9'116,183 - 767,369), ubicado en el distrito de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. - Sitio Loma MORDAZA - (UTM 9'114,976 - 773,954), ubicado en el distrito de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. - Sitio Cerro Muchulle - (UTM 9'114,600 - 776,405), ubicado en el distrito de Motil, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia y de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a a los siguientes sitios arqueologicos: - Sitio Complejo MORDAZA (UTM 9'107,814 - 730,792), ubicado en el distrito de Laredo, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. - Sitio El Mirador (UTM 9'107,665 - 734,978), ubicado en el Caserio Cerro MORDAZA, distrito de Laredo, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. - Sitio Siete Vueltas, (UTM 9'113,876 - 748,559), ubicado en el distrito de Poroto, provincia de MORDAZA, departamento de la Libertad. - Sitio Pagash - (UTM 9'112,700 - 753,300), ubicado en el Caserio Pagash, distrito de Hazme, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. - Sitio Ushcos 1 - (UTM 9'116,878 - 762,866), ubicado en el distrito de Salpo, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. - Sitio Ushcos 2 - (UTM 9'117,150 - 763,378), ubicado en el distrito de Salpo, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. - Sitio Chanchacap - (UTM 9'116,183 - 767,369), ubicado en el distrito de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. - Sitio Loma MORDAZA - (UTM 9'114,976 - 773,954), ubicado en el distrito de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad.

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