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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (26/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 71

PÆg. 288049 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de febrero de 2005 se encuentra anexo y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regio- nal tendrá vigencia al día siguiente de su aprobación por el Consejo Regional del Cusco. Cusco, 20 de febrero de 2005. CARLOS RICARDO CUARESMA SÁNCHEZ Presidente 04318 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Modifican artículo de la Ordenanza N” 012-2003-CR/GRL ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2005-CR/GRL Iquitos, 9 de febrero del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lore- to, de conformidad con lo previsto en el artículo 192º parágrafo sétimo de la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867;y, CONSIDERANDO:Que, artículo 192º parágrafo sétimo de la Constitu- ción Política del Estado y el artículo 9º inciso g) de la LeyOrgánica de Gobiernos Regionales establecen que los Gobiernos Regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia deagricultura, pesquería, industria, agroindustria, comer- cio, turismo, energía, minería. Comunicaciones, educa- ción, salud y medio ambiente, conforme a ley; Que, el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica yadministrativa; Que, el artículo 9º incisos e) y g) establecen la facul- tad constitucional de los Gobiernos Regionales parapromover el desarrollo socioeconómico regional y eje- cutar los planes y programas correspondientes y tam- bién promover actividades y servicios en diversas ma-terias; Que, el artículo 38º de la acotada Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las OrdenanzasRegionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, en Sesión Ordinaria de Consejo de fecha 9 de febrero del 2005, se aprobó por Unanimidad, la siguien-te: ORDENANZA REGIONAL QUE ADICIONA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO TERCERO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2003-CR/GRL Artículo Único.- ADICIÓNESE al artículo 3º de la Ordenanza Regional Nº 012-2003-CR/GRL, el siguientepárrafo final, por lo que quedara redactado de la siguien- te manera: Artículo Tercero.- El Consejo Regional de Semillas estará conformado por: 1. El Gerente Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Loreto o el representante que designe, quien la Presidirá.2. Un representante de la Dirección Regional de Agricultura quien actuara como secretario. 3. El Jefe Regional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. 4. El Director Regional del INIA.5. Un Representante del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP. 6. Un Representante de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana - UNAP. 7. Un representante de los productores de semilla. Los miembros del Consejo deberán ser preferente- mente profesionales calificados con experiencia en el manejo de recursos Amazónicos y agricultura tropicalen el área de semillas y germoplasma. Asimismo, si los miembros del Consejo ya instala- dos, deciden contar con el aporte de representantes deinstituciones públicas o privadas que coadyuven al for- talecimiento del Consejo, pueden solicitar su presencia ante el Consejo con carácter consultivo y de asesora-miento. POR TANTO:De conformidad con el Artículo 38º de la Ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por laLey N° 27902, concordante con el inciso o) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, se ordena la publicación ycumplimiento. Promúlguese y publíquese.ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 04380 Aprueban Plan de Trabajo del Presu- puesto Participativo 2006 ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2005-CR/GRL Iquitos, 10 de febrero del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lore- to, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27783,Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y Decreto Su-premo Nº 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento res- pectivo, Resolución Directoral Nº 006-2005-EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01 “Ins-tructivo para el Presupuesto Participativo año fiscal 2006; y, CONSIDERANDO: Que, es primordial involucrar y comprometer a la sociedad civil y al sector privado en las acciones a de- sarrollarse para el cumplimiento de los objetivos estraté-gicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto a los derechos y las obligaciones que los ciudadanos tienen, como contribuyentes y comoactores en el funcionamiento del Estado y en el desarro- llo sostenible de la región; Que, lo expuesto en el anterior acápite tienen como base fundamental; la articulación del Presupuesto Participativo con el Plan de Desarrollo Concertado, Plan Estratégico Institucional y Presupuesto Institucional; Que, es necesario que se de la articulación interjuris- diccional entre los niveles de Gobierno para lo cual es importante determinar previa concertación los aportespara el financiamiento compartido para asegurar la sos- tenibilidad, preparación o ejecución de acciones de im-