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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G30/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 27 de febrero de 2005 tivos de nivel inicial, primario, secundario y superior no universitario, orientados a potenciar la formación para el desarrollo de sus habitantes. Que, en concordancia con lo antes indicado, la Geren- cia Regional de Desarrollo Social, ha remitido al Consejo Regional, el Proyecto denominado: "Provecto Educativo Regional Tacna-(2005-2013)", a efecto de Aprobar suviabilidad y posterior implementación, en beneficio de la Comunidad Educativa de la Región. Que, dicho Proyecto, es el resultado de un trabajo concertado y consensuado entre los actores y/o agen- tes educativos (profesores, alumnos y padres de fami- lia) de todas las provincias de la región; para ello se hanrealizado, diez (10) Audiencias-Talleres a nivel regional, en las que han participado representantes del Gobierno Regional, Consejo Regional, Dirección Regional de Edu-cación; Consejo Regional de Educación, representan- tes de Instituciones Públicas, Privadas y la sociedad civil en su conjunto, quienes han contribuido a superfeccionamiento. Que, el referido Proyecto Educativo, sienta las bases para obtener una educación eficiente, pertinente, creati-va, inclusiva, participativa y competitiva, a mediano y largo plazo, tomando como referencia criterios huma- nistas, científicos, tecnológicos y productivos; ratifican-do además, que la educación es el eje fundamental de desarrollo sostenible para la Región. Que, el proceso de descentralización Educativa, como Política Nacional, implica democratizar y moderni- zar la educación en nuestro país. Esta implícita reforma educativa, no es ajena a los intereses de la región Tac-na. Por ello, se requiere adecuar el modelo educativo regional, a los estándares que exige el mercado mundial en materia educativa. Sin embargo, alcanzar el desarro-llo educativo integral, es sin duda, un desafío para las actuales autoridades; esto supone, asumir compromi- sos y corresponsabilidades y, sólo así, se obtendrá laEducación moderna que merecen las futuras genera- ciones en nuestra región. No obstante, la solución a la problemática educativa regional, no debe ser obligaciónúnica y exclusivamente del Gobierno Regional o de la Dirección Regional de Educación, debe ser obligación de todos los actores de la sociedad en su conjunto. Que, el Art. 15º, literal q) de la Ley Nº 27867 (Ley Orgánica de Gobiernos Regionales) y sus modificato- rias, estipula que es atribución del Consejo Regional,aprobar el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas (...). Que, el Consejo Regional como Órgano Normativo, está facultado para dictar Ordenanzas Regionales, a fin de normar asuntos de Carácter General dentro de su jurisdicción (Art. 13º, 37º-a, Art. 38º de la Ley Nº 27867 -LOGR-). Que, en atención a las consideraciones expuestas, con las atribuciones conferidas en la Constitución Políti-ca del Estado; la Ley de Bases de la Descentralización; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, el Reglamen- to Interno; el Consejo Regional del Gobierno Regional deTacna, Aprueba la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- Aprobar el "Proyecto Educativo Regional-Tacna 2005-2013". Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia Ge- neral Regional, en coordinación con la Gerencia Regio- nal de Desarrollo Social y la Dirección Regional de Edu-cación, adopten las medidas del caso, a fin de imple- mentar en toda la jurisdicción regional, los criterios con- tenidos en el proyecto aprobado, en concordancia conlas disposiciones legales de la materia. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Regional de Administración, la publicación de la presente en el DiarioOficial El Peruano. Asimismo, remítase copias a la Ofici- na de Soporte Informático, para su difusión en el Portal Electrónico, de conformidad con lo dispuesto en el Art.42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, a los ocho días del mes de enero del año dos mil cinco.JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se registre, publique, cumpla y archive. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los once días del mes de enero del año dos mil cinco. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Gobierno Regional de Tacna 04363 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G65/G72/G63/G69/G62/G69/G2D /G72/GE1/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 002-2005-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 8 de enero del 2005 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tac- na, en su Sesión Ordinaria de fecha 8 de enero del año en curso, con la aprobación unánime de sus miembros y, de conformidad con lo previsto en los artículos 197ºy 198º de la Constitución Política del Estado, modifica- da por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, Título IV, sobre Descentralización -Ley Nº 27680-; la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, sus modificatorias Leyes Nºs. 27902, 28013 y 28161; elReglamento Interno; y demás normas complementa- rias; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el monto de la Dieta que percibirán los Consejeros Regionales por asisten- cia efectiva al período mensual de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias, debiendo cobrarse por una sola vezen dicho período mensual. En ese sentido, se fija como monto de Dieta para el presente Ejercicio Fiscal (Anual), el correspondiente al Ejercicio Fiscal 2004, conforme seha expuesto en la parte considerativa. Artículo Segundo.- REMITIR copias del presente, a la Gerencia General Regional, Oficina Regional deAdministración y a la Gerencia Regional de Presupues- to, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del pre- sente. Asimismo, remítase copias a la Oficina de Sopor- te Informático del Gobierno Regional, para su difusión enel Portal Electrónico, conforme lo dispone el Art. 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se registre, publique, cumpla y archive.JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente Regional 04361 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G74/G61/G2D /G64/G6F/G20/G6F/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G2D/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002 La Molina, 25 de febrero de 2005