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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2005 (01/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 38

PÆg. 295702 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de julio de 2005 abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 880.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,el Inspector mencionado en el artículo 1º de la pre- sente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje,deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, descri-biendo las acciones realizadas y los resultados ob- tenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de im- puestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11725 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 417-2005 MTC/02 Lima, 28 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios pú- blicos, en concordancia con sus normas reglamen- tarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las auto-rizaciones de viajes que no irroguen gastos al Esta- do; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispo- ne que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refie-ren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fis- cal 2005, prohibición que no es aplicable a los secto-res Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Tu- rismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cu-yos casos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Pe-ruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Ci-vil es ejercida por la Dirección General de Aeronáuti- ca Civil como dependencia especializada del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chi-cago sobre Aviación Civil y poder mantener la califi- cación de Categoría - I otorgada al Perú por la Orga- nización de Aviación Civil Internacional, debe mante-ner un programa anual de vigilancia sobre la seguri- dad operacional a través de la ejecución de inspec- ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país,basado en las disposiciones establecidas en el cita- do Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Helimercosur S.A., con Carta MSOP005-05, del 18 de junio de 2005, en el marco del Procedimiento Nº 12 de la sección correspon-diente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Inspección Técnica a Bases y Estaciones de Ope- raciones para Establecimiento o Actualización de Especificaciones de Operación), establecido en elTexto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, apro- bado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, soli-cita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec- tuar la inspección técnica de la estación de la empre- sa Helimercosur S.A., en la ciudad de Santa Cruz,durante los días 2 y 3 de julio de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 17665 y 17666, la solicitante ha cum-plido con el pago del derecho de tramitación corres- pondiente al Procedimiento a que se refiere el consi- derando anterior, ante la Dirección de Tesorería delMinisterio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo via- je de inspección, están íntegramente cubiertos por laempresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuer- to; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Or- den de Inspección Nº 1220-2005-MTC/12.04-SDO de-signando al inspector Gustavo Yábar Buckingham, para realizar la inspección técnica de la estación de la empresa Helimercosur S.A., en la ciudad de SantaCruz, República de Bolivia, durante los días 1 al 4 de julio de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y suReglamento, pueda realizar la inspección técnica a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1220-2005- MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Gustavo Yábar Buckingham, Inspector de la Dirección Gene- ral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Santa Cruz, Repú-blica de Bolivia, durante los días 1 al 4 de julio de 2005, para los fines a que se contrae la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Helimercosur S.A. a travésde los Recibos de Acotación Nºs. 17665 y 17666, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo lasasignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 800.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la pre- sente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje,deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, descri-biendo las acciones realizadas y los resultados ob- tenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de im- puestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11726