Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2005 (01/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2005

Que, mediante Escritura de Donacion de fecha 26 de agosto de 2004, legalizado por la Seccion Consular de la Embajada de Peru en Helsinki, se observa que Britt-Marie Lundberg en representacion de Alands Fredsforening-Emmaus y Emmaus Westervik, ha efectuado una donacion a favor de la Fundacion Cuna Nazareth; Que, los bienes donados consisten en trescientos ochentinueve (389) fardos de ropa usada, ochentitres (83) bultos conteniendo zapatos usados, con un valor estimado de US$ 2,000 (Dos Mil y 00/100 Dolares Americanos), con un peso MORDAZA de 10,000 kilos, que seran destinados para uso de los ninos de las cunas: MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, asi como tambien a los padres de familia, organizaciones populares e instituciones populares de bien social, entre otras que soliciten de acuerdo a sus necesidades; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la Inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer parrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores aprobar la donacion efectuada por BrittMarie Lundberg en representacion de Alands Fredsforening-Emmaus y Emmaus Westervik, a favor de la Fundacion Cuna Nazareth; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por Britt-Marie Lundberg en representacion de Alands Fredsforening-Emmaus y Emmaus Westervik, a favor de La Fundacion Cuna Nazareth; a que se refiere el MORDAZA considerando de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 11757 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0606-2005-RE MORDAZA, 30 de junio de 2005 Visto, el Expediente Nº 6855-2005, presentado por ROTARY CLUB LA MORDAZA VIEJA, mediante el cual solicitan la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de Vosh/Florida Inc. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI),

y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, ROTARY CLUB LA MORDAZA VIEJA, se encuentra inscrito en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donacion de fecha 26 de octubre de 2004, legalizado por el Consulado General de Peru en Miami, se observa que Vosh/Florida Inc,. ha efectuado una donacion a la ROTARY CLUB LA MORDAZA VIEJA; Que, los bienes donados consisten en un bulto conteniendo, monturas de lentes para uso oftalmologico, con un valor FOB US$ 12,000.00 (Doce Mil y 00/100 Dolares americanos) con un peso MORDAZA de 340 kilos, que seran destinados para las personas de bajos ingresos que estan en necesidad de lentes correctivos para su vision; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la Inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer parrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por Vosh/ MORDAZA Inc. a favor de ROTARY CLUB LA MORDAZA VIEJA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por Vosh/Florida, a favor de ROTARY CLUB LA MORDAZA VIEJA; a que se refiere el MORDAZA considerando de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 11758 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0607-2005-RE MORDAZA, 30 de junio de 2005 Visto el Expediente Nº 6854-2005, presentado por ROTARY CLUB LA MORDAZA VIEJA, mediante el cual solicitan la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de Vosh/Florida Inc. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI),

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