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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2005 (01/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 295699 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de julio de 2005 cual solicitan la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Volunteers for Inter- American Development Assistance (VIDA) y AmeriCa-res. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, nose encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entida- des e Instituciones Extranjeras de Cooperación Téc-nica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) na- cionales e Instituciones Privadas sin fines de lucroreceptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruanade Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la Asociación Vida Perú, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de con-formidad con la Directiva de procedimientos de acep- tación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes delexterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93- PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 25 de noviembre de 2002, legalizado por el Consulado General de Perú en San Francisco, se observa que Volunteers for Inter-American Development Assistan-ce (VIDA) y AmeriCares, ha efectuado una donación a la Asociación Vida Perú; Que, los bienes donados consisten en dos mil setentinueve bultos conteniendo productos farmacéu- ticos, material médico y provisiones de apoyo, envia- dos en un contenedor de 40', con un valor FOB US$3,500.00 (Tres Mil Quinientos y 00/100 dólares ameri- canos) con un peso bruto de 10,769.00 kilos, serán destinados a la Asociación Vida Perú, para la atenciónde personas de escasos recursos económicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, lafacultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectua- das a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a quese refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor Volunteers for Inter-American Development As- sistance (VIDA) y AmeriCares a favor de la Asocia- ción VIDA PERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Su-prema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Im- puesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selec-tivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Volunteers for Inter-American Develop- ment Assistance (VIDA) y AmeriCares, a favor de laAsociación Vida Perú; a que se refiere el cuarto consi- derando de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tribu- taria - SUNAT y al interesado, para los efectos a quese contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, den- tro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 11763RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0612-2005-RE Lima, 30 de junio de 2005Visto el Expediente Nº 3329-2005, presentado por La Fundación Oftalmológica de Norte Piura, medianteel cual solicita la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de WEM-Wirtschaftsstelle Evangelischer Missions- gesellschaften Gmbh. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por DecretoSupremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entida-des e Instituciones Extranjeras de Cooperación Téc- nica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) na-cionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritasen el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sectorcorrespondiente; Que, La Fundación Oftalmológica de Norte Piura, se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donacionesde carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Interna- cional - APCI, de conformidad con la Directiva deprocedimientos de aceptación y aprobación, interna- miento de donaciones de carácter asistencial o educa- cional provenientes del exterior, aprobada por Decre-to Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 2 de junio de 2003, legalizado por el Consulado General del Perú en Hamburgo, se observa que WEM- Wirts-chaftsstelle Evangelischer Missionsgesellschaften Gmbh, ha donado a La Fundación Oftalmológica de Norte Piura; Que, los bienes donados consisten en un bulto conteniendo material y equipo médico oftalmológico, con un valor FOB estimado 838.11 (Ochocientos Treintiocho once/100 Euros), con un peso bruto de5.510 kilos, que serán destinados a las personas de bajos recursos económicos en el departamento de Piura; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectua-das a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor WEM-Wirtschaftsstelle Evangelischer Missions- gesellschaften Gmbh a favor de La Fundación Oftal- mológica de Norte Piura; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Su- prema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Im- puesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selecti- vo al Consumo (ISC) correspondiente a la donaciónefectuada por WEM-Wirtschaftsstelle Evangelischer Missionsgesellschaften Gmbh a favor de La Funda- ción Oftalmológica de Norte Piura; a que se refiere elcuarto considerando de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, ala Superintendencia Nacional de Administración Tribu- taria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que